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Jueves, 28 marzo 2024
CORONAVIRUS
12 de abril de 2020

Extensión hasta el 26 de abril del servicio para la atención de asuntos urgentes en el Poder Judicial 

En sintonía con el Gobierno Nacional, la Suprema Corte de Justicia resolvió prorrogar hasta esa fecha el servicio con guardias mínimas y atención de asuntos urgentes en todo el ámbito del Poder Judicial provincial.

Extensión hasta el 26 de abril del servicio para la atención de asuntos urgentes en el Poder Judicial  - La Tecla

Con motivo del Decreto N° 355/20 del Poder Ejecutivo Nacional dirigido a evitar la expansión de la enfermedad COVID-19 (Coronavirus), la Suprema Corte de Justicia resolvió prorrogar hasta el 26 de abril el servicio con guardias mínimas y atención de asuntos urgentes en todo el ámbito del Poder Judicial provincial. 

Asimismo, a través de la Resolución N° 18/20 SPL firmada por el presidente del Tribunal, Eduardo de Lázzari, se ratificó la disposición para que -más allá de los asuntos urgentes- los magistrados programen sus tareas para dictar las providencias, resoluciones interlocutorias y definitivas que se encuentren pendientes, incluidas las órdenes de transferencias bancarias.

En la decisión del día de la fecha se refuerzan las pautas para la prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo en domicilio. En tal sentido, se establece que los magistrados, funcionarios y agentes de todos los órganos jurisdiccionales, estén o no de turno, que sean o no dispensados de concurrir a su lugar de trabajo (en razón de las medidas preventivas dictadas en razón de edad o por integrar grupos de riesgo), deberán en la medida de lo posible prestar servicios desde su domicilio. 

 Para ello, cada titular -de no haberlo efectuado hasta el momento- deberá requerir los permisos correspondientes a la Subsecretaría de Tecnología Informática de la Suprema Corte de Justicia, conforme los instructivos oportunamente publicados. Sus actos gozarán de plena validez.

Otras medidas dispuestas 

- Se restablece el servicio de los Juzgados Correccionales debiendo, en adelante, cubrir los turnos dispuestos para el corriente año.

- Se dispone que las audiencias de cuya suspensión o postergación pudiera desprenderse un grave perjuicio (por ejemplo, las que correspondieren a procesos con personas privadas de la libertad), podrán celebrarse teniendo en consideración la utilización de las herramientas tecnológicas disponibles.

- Se asignan nuevos equipos de telefonía móvil a los magistrados del Fuero de Familia, en orden al servicio que se encuentran prestando en causas sobre Violencia Familiar y de Género.

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