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FONDOS PÚBLICOS
28 de noviembre de 2020

Mas detalles sobre los convenios entre ACARA, Justicia y municipios

La cartera judicial envió información solicitada por La Tecla, en referencia a la caja que maneja la entidad de concesionarias de automóviles, la ratificación del último documento por parte de la actual ministra Marcela Losardo y las cifras sobre cuántos puestos de trabajo están financiados por el “ente colaborador”.

Mas detalles sobre los convenios entre ACARA, Justicia y municipios - La Tecla

El Ministerio de Justicia de la Nación brindó detalles sobre los convenios que mantiene con la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República (ACARA), la cual sobre los fondos de infracciones de tránsito y trámites de radicación de vehículos en la provincia de Buenos Aires.

ACARA contrajo una serie de “convenios de complementación de servicios” firmados entre municipios y la Dirección Nacional de los Registros Oficiales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Nación.

Los convenios establecen que la entidad nacional designa a los Registros de la Propiedad Automotor de los distritos como “agentes de percepción”, autorizados “a percibir las multas por infracciones de tránsito cometidas” y del “Impuesto y/o Tasa de Radicación de los Automotores (patentes) y de motovehículos” en su respectiva jurisdicción.

En su carácter de “ente colaborador”, ACARA tiene a su cargo la confección de una “Solicitud Tipo” y de un “formulario” con los que los usuarios deberán cancelar, con la primera, “la deuda por multas derivadas de infracciones de tránsito” y con el segundos, “peticionar y cancelar la liquidación” por la tasa de radicación de vehículos.


Convenio marco

La Tecla recibió de la cartera judicial la copia del convenio marco 1797 de 2012, que establece una tabla de costos de los distintos formularios. Dicho documento fue firmado por el entonces ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, y el presidente de ACARA, Abel Bomrad, y el secretario General Rubén Beato, actualmente titular de la entidad.

Los acuerdos celebrados entre ACARA y los municipios se rigen a través de ese convenio marco 1797/12. 

En el inciso décimo del documento, las sumas que obtenga el ente cooperador de “la venta de formularios, solicitudes tipo y demás elementos y servicios registrales y las que sean donadas y legadas, mas sus intereses, se integrará un Fondo de Cooperación Técnica y Financiera denominado Ente Cooperador MJyDH- Automotor Ley N° 23.283 y N° 23.412”.

Con las sumas del Fondo de Cooperación Técnica y Financiera se cubrirán los “costos directos producidos por el suministro de elementos y servicios”; los “gastos e inversiones que demanden las prestaciones que constituyen el objeto de la cooperación técnica y financiera, tanto en forma directa como indirecta”; y  los “honorarios al “Ente cooperador” por administrar esos montos”

Esos honorarios que percibirá ACARA representan un “3, 5 por ciento de los ingresos anuales obtenidos, una vez deducidas las sumas insumidas por la cobertura de los costos directos producidos por el suministro de los elementos y servicios registrales requeridos por el Ministerio”. Esto está señalado en la cláusula 12da.

Finalmente, en la cláusula 15ta, las partes acuerdan la “conformación de un Consejo de Administración del Fondo de Cooperación Técnica y Financiera”, integrado por tres personas designadas por el Ente Cooperador, con la conformidad del Ministerio.


Municipios

Cabe recordar que, como se señaló en los convenios firmados por los municipios, de la venta de las “solicitudes tipo” para la cancelación de infracciones de tránsito, el 70 por ciento restante va a la DNRPA, de los cuales un 40 está destinado al “cumplimiento y operatividad” del convenio, previo acuerdo con la Municipalidad.

Por otra parte, surge un Fondo Especial Integrado administrado también por la entidad de las concesionarias y que incluye un aporte de la Municipalidad por el “15 por ciento” de las “multas por infracciones de tránsito perciban los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor”. ACARA está autorizada a “retener” esta suma.

A la entidad se le retribuye “con una suma equivalente al 30 por ciento de los ingresos del Fondo Especial Complementario”, mientras que el 70 restante va para la Dirección, de los cuales también destina un cuarenta a la marcha del convenio.

En el caso de las tasas de radicación, las sumas del Fondo de Cooperación Técnica “serán depositadas en una cuenta especial”. De ahí se deducen  los” costos de suministro y honorarios” por la administración realizada de este dinero por parte de ACARA, estipulados en el convenio marco 1797/12. El resto va a la DNRPA, que debe destinar un 50 por ciento a la “operatividad” del convenio.

Finalmente, ACARA administrará un “Fondo especial” destinado a la DNRPA, integrado por un “aporte que la Municipalidad realizará mensualmente” de un “uno por ciento de la recaudación bruta -monto de los impuestos efectivamente cobrados- que se perciba a través de los Encargados de los Registros Seccionales”.

La Cámara de concesionarios tiene a su cargo la administración de la base de datos de las multas municipales y la conexión on line de los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor.

En la provincia de Buenos Aires, ACARA firmó convenios con los municipios de Marcos Paz, San Nicolás, Bolívar, Hipólito Yrigoyen, Arrecifes y Berazategui en 2018; General Pueyrredón en 2014 y Tigre en 2005.

Las municipalidades ponen recursos humanos y una “base de datos de multas por infracciones” de tránsito que registre, que podrá ser consultada on line por los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor. 


Ratificación y puestos de trabajo

Por otra parte, el convenio marco 1797/2012 debe ser ratificado cada 24 meses por el Ministerio, a su vez que se tienen que actualizar los valores de los costos de los formularios. 

En este caso, se consignó que la actual titular de Justicia y Derechos Humanos, Marcela Losardo, ratificó el expediente a través la resolución 2020-51 APN-MJ, con fecha del 27 de febrero del 2020. 

También, la cartera especificó que ACARA, en su calidad de ente colaborador, “tiene contratadas 2841 personas por Ley de Contrato de Trabajo y 2 personas por Locación de Servicios, para prestar servicios en distintas Unidades Organizativas del Ministerio”

Los contratos financiados por ACARA en el Ministerio están regidos bajo las leyes nacionales 23.283 y 23.412 de 1985 y 1986, respectivamente. La primera establece que el ministerio de Justicia “podrá celebrar convenios con entidades públicas o privadas que tengan por objeto la cooperación técnica y financiera de éstas con la DNRPA, previa autorización del Poder Ejecutivo”.

En septiembre, La Tecla había solicitado información por el área de Prensa del Ministerio y la Dirección de Asuntos Registrales. Esta última aseguró haberla elevado a sus niveles superiores, a la espera de una respuesta. 

Un mes después, luego de insistir con el pedido tras la publicación de la primera nota, explicaron que el pedido se debía realizar a través de las vías formales de Información Pública de la cartera de Justicia; la cual respondió la semana pasada con la información que se consigna.



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