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Argentina
5 de enero de 2022
BOLETÍN OFICIAL

Actualizan los montos de los adicionales para los efectivos de la policía bonaerense

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires confirmó que habrá una suba en el valor por hora a partir de enero. Cómo quedará la escala.

Actualizan los montos de los adicionales para los efectivos de la policía bonaerense
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El Ministerio de Seguridad dio luz verde para actualizar el monto por hora de los adicionales que perciben los efectivos de la policía bonaerense. De esta manera, los nuevos valores comenzarán a regir a partir de enero. 

A través de la resolución 2206, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires y con la firma del ministro de Seguridad Sergio Berni, se estableció "determinar, a partir del 1 de enero de 2022, los montos por hora de servicio correspondiente a los distintos servicios de Policía Adicional".


Cómo queda la escala del valor los adicionales 
  • Servicio de Categoría 1: Pesos Trescientos Sesenta y Tres con 66/100 ($363,66). A solicitud del requirente del servicio, el monto podrá incrementarse en hasta un cincuenta por ciento (50%) ante dificultades de cobertura del mismo por nivel de peligrosidad, riesgo u otros factores debidamente justificados.
  • Servicio de Categoría 2: Pesos Quinientos Cuarenta y Cinco con 49/100 ($545,49).
  • Servicio de Categoría 3: Pesos Quinientos Cuarenta y Cinco con 49/100 ($545,49). A solicitud del requirente del servicio, el monto podrá incrementarse en hasta un veinticinco por ciento (25%) ante dificultades de cobertura del mismo por nivel de peligrosidad, riesgo u otros factores debidamente justificados.
  • Servicio de Categoría 4: Pesos Trescientos Sesenta y Tres con 66/100 ($363,66).
  • Servicio de Categoría 5: Pesos Quinientos Cuarenta y Cinco con 49/100 ($545,49).

Entre los fundamentos de la medida, se explicó que "hasta tanto se dicte la nueva reglamentación de la Ley N° 13.942 deviene pertinente, en el marco de la emergencia declarada en materia de seguridad pública mediante la Ley Nº 14.806 y sus modificatorias, prorrogada por el atículo 88 de la Ley Nº 15.310, el dictado del acto administrativo que disponga la actualización de los montos correspondientes a dichos servicios, conforme las necesidades de la fuerza y del personal policial que tiene a su cargo el efectivo cumplimiento de las tareas encomendadas".

Además, se resaltó que "resulta necesario prever la posibilidad de incrementar los montos de los servicios correspondientes a las Categorías 1 y 3, ante dificultades de cobertura de los mismos por factores tales como nivel de peligrosidad, riesgo u otros factores que justifique el requirente".

 

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