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Viernes, 31 enero 2025
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31 de enero de 2025
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Provincia sale al mercado y oficializa la primera emisión de Letras del Tesoro

Mediante la resolución Nº 21 del Ministerio de Economía, el Gobierno dio luz verde al primer tramo del “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2025”. A cuánto asciende el monto y cuáles son los detalles 

Provincia sale al mercado y oficializa la primera emisión de Letras del Tesoro
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Mediante la resolución Nº 21 del Ministerio de Economía, el Gobierno dio luz verde al primer tramo del “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2025” tras del Tesoro correspondientes al Primer Tramo del “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2025”, los que se considerarán en cada uno de los instrumentos a emitir por la Tesorería General de la Provincia de acuerdo al tipo de instrumento que se trate, por hasta un monto total conjunto de VN $10.000.000.000 a ser licitado en una o varias Letras nuevas y/o en la ampliación de especies existentes.

Según destaca los considerandos de la resolución “el artículo 76 de la Ley Nº 13.767 prevé la emisión de Letras del Tesoro con el fin de cubrir deficiencias estacionales de caja, por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General, facultando a la Tesorería General de la Provincia para la emisión de estos instrumentos”. 

Asimismo, se puntualizó que el artículo 33 de la Ley N° 15.394 - prorrogada para el Ejercicio 2025 en los términos del Decreto Nº 3.681/24 - fijó en la suma de pesos cuarenta y cinco mil millones ($45.000.000.000) o su equivalente en otras monedas, el monto máximo para autorizar a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro. 

También se deja en claro que en la presente oportunidad se propicia emitir Letras del Tesoro en uno o varios instrumentos, a integrarse en pesos y/o especies, con vencimientos en el Ejercicio Financiero 2025, no superando en ningún caso el plazo de 365 días.

Igualmente establece que la Tesorería General de la Provincia, previa autorización del Ministerio de Economía, podrá solicitar la negociación y cotización de dichas Letras y disponer de su liquidación y registro, como así también, con la intervención previa de dicho Ministerio, podrá celebrar acuerdos y/o contratos que resulten necesarios para la implementación y seguimiento de las operaciones de crédito a corto plazo. 
 

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