10 de abril de 2026
POR EXPLOTACIÓN LABORAL
La Corte bonaerense le dio la razón a Kicillof por multas a Rappi y Pedidos Ya
El máximo tribunal provincial ratificó las sanciones impuestas a ambas plataformas cuando Mara Ruiz Malec era ministra de Trabajo.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires le dio la razón al gobierno de Axel Kicillof por las multas impuestas a las empresas de plataformas Rappi y Pedidos Ya por explotación laboral a los repartidores.
En sendos fallos, el máximo tribunal bonaerense validó las sanciones que la Provincia dispuso contra las compañías Rappi Argentina SAS y Repartos Ya SA (propietarias de las marcas mencionadas arriba) tras verificar infracciones laborales en inspecciones realizadas en 2021 y 2022, cuando Mara Ruiz Malec era ministra de Trabajo bonaerense. (Hoy la cartera está en manos de Walter Correa.)
La Corte rechazó las apelaciones interpuestas por las plataformas y consideró que, en ambos casos, tanto el trámite administrativo como las actas de inspección fueron válidos.
En el caso de Pedidos Ya, la empresa negó tener relación alguna con ocho personas que fueron identificadas durante las inspecciones de la cartera laboral, y negó que no podía haber presunción de relación laboral. La Corte rechazó el planteo porque no se trataba de algo que el juzgado inferior (el Tribunal del Trabajo 2 de La Plata) no hubiera tenido en cuenta, sino meramente un desacuerdo por parte de la empresa sobre la valoración realizada.
El Ministerio de Trabajo provincial celebró hoy los fallos de la Suprema Corte en un comunicado oficial en el que expresa su “beneplácito”.
“Estos pronunciamientos representan un fuerte respaldo al poder de policía del Ministerio y a su facultad de interpretar normas jurídicas –en este caso, sobre la existencia de una relación laboral– en momentos en que las autonomías provinciales son cuestionadas de modo flagrante por el gobierno nacional, a través de la reciente reforma laboral”, expresó la cartera que conduce Correa.
“Las sentencias del máximo tribunal bonaerense demuestran que en nuestra provincia aún rigen los artículos 14 bis y 121 de la Constitución Nacional y el artículo 39 de nuestra Constitución Provincial”, manifestó el Ministerio.