La Provincia oficializó ley de beneficios previsionales para veteranos de Malvinas
Se trata de cambios que aprobó la Legislatura bonaerense a la Ley 15.386, que amplía el acceso al beneficio previsional para oficiales y suboficiales combatientes. La reforma también contempla una compensación para quienes hoy cobran anticipos jubilatorios o haberes provisorios.

La provincia de Buenos Aires dio un nuevo paso en materia de reconocimiento a los veteranos de la Guerra de Malvinas. Con la sanción de la Ley 15.617, la Legislatura modificó el Régimen Previsional Especial establecido por la Ley 15.386, con el objetivo de ampliar el universo de beneficiarios y corregir situaciones que habían quedado sin respuesta desde su implementación.
La principal modificación alcanza a los requisitos para acceder al régimen especial. A partir de la nueva normativa, podrán optar por este beneficio los oficiales y suboficiales combatientes de Malvinas que integren la planta permanente, transitoria o temporaria del Estado bonaerense, así como también quienes se desempeñen bajo modalidad de contratación, siempre que tengan 55 años de edad, acrediten 20 años de servicios en uno o más regímenes jubilatorios y cuenten con al menos ocho años de aportes efectivos al Instituto de Previsión Social (IPS).
La ley también incorpora de manera expresa a quienes prestan servicios en la Policía de la provincia de Buenos Aires y en el Servicio Penitenciario Bonaerense, siempre que reúnan las condiciones previstas por la normativa.
Otro de los cambios establece que podrán acceder al beneficio aquellos exintegrantes de las Fuerzas Armadas que se encuentren retirados o hayan recibido la baja voluntaria u obligatoria, siempre que esa desvinculación no haya sido consecuencia de una destitución, de una declaración de rebeldía o de condenas que impliquen la pérdida del estado militar. En todos los casos, la fuerza a la que perteneció el solicitante deberá certificar las causales del retiro o la baja.
La reforma también endurece las condiciones de exclusión del régimen previsional especial. No podrán acceder quienes hayan sido condenados por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, delitos de lesa humanidad, actos de sedición o acciones contra el orden constitucional. Además, si alguna de esas situaciones se produjera después de obtener el beneficio, el mismo quedará automáticamente sin efecto. La acreditación de estos requisitos también deberá ser emitida por la fuerza correspondiente.
Como disposición transitoria, la nueva ley establece un mecanismo de aplicación compensatoria para los veteranos que actualmente perciben el beneficio bajo la modalidad de anticipo jubilatorio o mediante haberes provisorios otorgados por el IPS. De esta manera, la actualización alcanzará también a quienes ya se encuentran dentro del régimen, evitando diferencias entre los beneficiarios.
La Ley 15.617 fue sancionada por la Legislatura bonaerense el 13 de julio y quedó registrada oficialmente este 30 de julio a raíz de un proyecto presentado por el senador provincial del peronismo, Adrián Santarelli. De este modo, se consolidó una modificación que busca ampliar el alcance del régimen previsional especial para los combatientes de Malvinas y adecuarlo a las distintas situaciones laborales que hoy atraviesan los veteranos.