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Viernes, 2 octubre 2026
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JUDICIALES

La Provincia apeló la cautelar que frenó los aumentos de luz

Junto a las distribuidoras eléctricas, el gobierno bonaerense recurrió la iniciativa presentada por la Defensoría del Pueblo.

La Provincia apeló la cautelar que frenó los aumentos de luz
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El Gobierno bonaerense de Axel Kicillof apeló el fallo que había suspendido los aumentos de las tarifas eléctricas y ordenado retrotraer los componentes provinciales al cuadro tarifario anterior. Las distribuidoras EDEN, EDEA, EDES y EDELAP también recurrieron la resolución y advirtieron por las consecuencias económicas y operativas de la medida.

Los recursos fueron presentados ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca, a cargo de Agustín López Coppola. El magistrado concedió las apelaciones y ahora será la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata la que deberá resolver.

El conflicto se originó a partir de una presentación realizada por la Defensoría del Pueblo bonaerense, conducida por Guido Lorenzino, contra los incrementos de entre 1,5% y 3,5% que comenzaron a aplicarse desde julio a partir de la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura.

La Justicia había hecho lugar al planteo y ordenado retrotraer los valores, además de disponer la devolución de los montos cobrados en función de los aumentos. Uno de los argumentos centrales del fallo fue la ausencia de audiencias públicas para discutir las actualizaciones tarifarias.

En ese sentido, el fallo cuestionó que desde hace una década no se realicen este tipo de instancias y consideró que justificar aumentos sucesivos mediante una "tarifa de transición" durante un período indefinido podía afectar el derecho de los usuarios a acceder a información y participar del proceso.

Posteriormente, y luego de un pedido de aclaratoria de la Defensoría, la medida también alcanzó a las cooperativas eléctricas que se encuentran bajo jurisdicción provincial y municipal.

El argumento de la Provincia

La Fiscalía de Estado bonaerense centró buena parte de su apelación en cuestionar que la Justicia haya considerado necesaria la realización de una audiencia pública para cada actualización tarifaria.

La administración de Kicillof sostiene que el fallo habría confundido dos esquemas diferentes: la Revisión Tarifaria Integral (RTI) y la denominada Etapa de Transición Tarifaria.

Según la postura oficial, la RTI fue establecida originalmente para el período 2017-2022 y contemplaba una fórmula de actualización vinculada a los costos propios de distribución. Sin embargo, la emergencia económica, sanitaria y energética modificó ese escenario y dejó en suspenso aquel mecanismo.

A partir de 2021 comenzó a regir un esquema transitorio destinado a preservar la sustentabilidad del servicio. Ese régimen fue posteriormente prorrogado y actualmente tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2027.

Por eso, la Provincia argumenta que los incrementos cuestionados no constituyen una nueva revisión integral de las tarifas, sino actualizaciones dentro de un mecanismo excepcional que continúa vigente.

Desde la administración bonaerense entienden, además, que los contratos de concesión y la normativa que estableció la etapa transitoria habilitan esas modificaciones sin necesidad de convocar una audiencia pública cada vez que se actualizan los valores.

La Fiscalía también cuestionó que el fallo haya recurrido como antecedentes a los casos "CEPIS", de la Corte Suprema de la Nación, y "Negrelli", de la Suprema Corte bonaerense. Según la interpretación provincial, esas decisiones no pueden aplicarse automáticamente porque el régimen actual cuenta con una normativa específica que contempla la transición tarifaria.

Las distribuidoras advierten por un "cuadro híbrido"

Las empresas EDEN, EDEA, EDES y EDELAP presentaron sus propios recursos y pusieron el foco en las dificultades que, según sostienen, genera la aplicación de la cautelar.

Las distribuidoras plantean que no tienen la facultad de elaborar unilateralmente un nuevo cuadro tarifario y que deben aplicar aquellos que sean aprobados formalmente por el Ministerio de Infraestructura, con intervención del OCEBA.

En ese marco, cuestionaron la orden judicial de volver a los valores anteriores para los componentes provinciales mientras continúan vigentes los precios nacionales correspondientes a energía, potencia y transporte.

Para las empresas, esa combinación genera un esquema tarifario que no fue aprobado por la autoridad competente y que resulta complejo de implementar en la facturación.

También señalaron que la Resolución 585/2026 posteriormente fue reemplazada por la Resolución 682/2026. Por eso, plantearon que la cautelar podría terminar afectando una disposición posterior que no habría sido específicamente cuestionada en la demanda original.
 

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