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Miércoles, 4 noviembre 2026
Argentina
REGIMEN TARIFARIO

Puerto La Plata endurece los cobros: barcos inactivos pagarán hasta diez veces más

El Consorcio de Gestión del Puerto La Plata estableció un nuevo esquema tarifario para embarcaciones que permanezcan más de 90 días sin actividad comercial. Los cargos comenzarán en el triple de la tarifa vigente y podrán escalar progresivamente hasta diez veces su valor. También habrá sanciones económicas por incumplir órdenes de traslado.

Puerto La Plata endurece los cobros: barcos inactivos pagarán hasta diez veces más
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El Puerto La Plata puso en marcha un nuevo mecanismo de recaudación que apunta directamente a las embarcaciones que permanecen amarradas sin desarrollar operaciones comerciales. A través de la Resolución Conjunta N° 56-E-PLP-DIREC-2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial bonaerense, el Consorcio de Gestión estableció un régimen de tarifas agravadas que puede llevar el costo por uso de puerto hasta diez veces por encima de los valores previstos en el cuadro tarifario vigente.

La medida alcanza a toda embarcación que ocupe un muelle u otra posición dentro de la jurisdicción portuaria y permanezca más de 90 días corridos sin realizar operaciones comerciales, siempre que esa situación no responda a razones operativas debidamente justificadas. La declaración de inactividad quedará en manos de la Gerencia de Operaciones, que determinará en cada caso la fecha de ingreso al nuevo régimen.

Pero el punto central de la resolución está en la escala de cobros. Una vez declarada la situación de inactividad, los responsables de las embarcaciones deberán abonar, durante los primeros 30 días, un importe equivalente a tres veces el valor tarifario correspondiente. El cálculo tomará como referencia los ítems 2.1 o 2.2 del cuadro vigente, según se trate de embarcaciones que realicen o no intercambio de mercaderías.

El esquema no termina allí. Cumplido ese primer período mensual, el Consorcio podrá incrementar el multiplicador en una unidad por cada nuevo tramo de 30 días, hasta alcanzar un máximo de diez veces la tarifa original. En otras palabras, cuanto más tiempo permanezca una embarcación inactiva, mayor será el costo por ocupar un espacio portuario.

La nueva modalidad busca, según los fundamentos de la resolución, evitar que barcos sin actividad comercial ocupen espacios que podrían destinarse a otras operaciones. El organismo sostiene que esas permanencias prolongadas afectan la disponibilidad de infraestructura y el funcionamiento normal del puerto.

Más cargos por incumplir órdenes

La resolución también incorpora un mecanismo de penalización económica para las embarcaciones que se muevan de sus sitios asignados sin autorización escrita o que desobedezcan instrucciones de traslado impartidas por la Gerencia de Operaciones.

En estos casos, el Consorcio utilizará como referencia el valor de un trimestre del Certificado Trimestral Optativo. El incumplimiento tendrá un cargo equivalente a una vez ese importe. Si la desobediencia a una orden de traslado se prolonga hasta tres días, la referencia subirá a dos veces el valor trimestral. Cuando supere ese plazo, el cargo podrá graduarse entre más de dos y hasta diez veces el mismo parámetro.

La autoridad portuaria también se reserva la facultad de exigir el traslado de embarcaciones inactivas hacia espacios ubicados fuera de las instalaciones cuando exista demanda de otros buques y no haya disponibilidad suficiente de sitios de atraque.

Un régimen diferencial para embarcaciones habituales

Por otra parte, la normativa crea una categoría denominada "Embarcaciones de Cabotaje de Uso Frecuente", que comprende remolcadores, proveedores de servicios y otras embarcaciones con asiento y actividad regular dentro del puerto.

Sus responsables podrán solicitar la incorporación a un Certificado Trimestral Optativo, previsto en el cuadro tarifario. La modalidad contempla períodos trimestrales completos, no fraccionables, y podrá renovarse sucesivamente, salvo que el Consorcio disponga lo contrario por razones objetivas de servicio.

La resolución lleva las firmas de la presidenta del Consorcio, Susana Haydee González, y de los directores Alejandro Sández, Pablo Azcárate, Martín Ezequiel Fernández, Alejandro José Cachile, Guillermo Crivos, María Laura Brolese D'Adamo y Mercedes La Gioiosa, además de Mariano Gendra Gigena.

Con este cambio, el Puerto La Plata introduce una nueva herramienta para cobrar por la ocupación prolongada de sus instalaciones y penalizar incumplimientos operativos. El impacto económico dependerá de las tarifas de referencia y del tiempo que cada embarcación permanezca bajo el régimen de inactividad.

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