13 de agosto de 2019
ELECCIONES 2019
Por error en el conteo, Kicillof perdió tres puntos en el provisorio: supera el 52%
Los resultados se difundieron considerando los votos en blanco, de acuerdo a la ley nacional. Sin embargo, la legislación bonaerense indica que se debe hacer sobre los votos positivos. Qué dijo el Gobierno.
De acuerdo a la legislación bonaerense, el porcentaje que obtengan los postulantes en las PASO debe hacerse a partir de los votos positivos. Sin embargo, cuando se difundieron los resultados, se lo hizo con el esquema nacional que incluye los votos en blanco. El error le restó a Axel Kicillof tres puntos y se ubicaría, de este modo, por encima de los 52 puntos.
¿Qué dice la legislación bonaerense? "Para poder participar en la elección general, los partidos políticos, agrupaciones municipales, federaciones y alianzas transitorias electorales, deberán obtener como mínimo el uno y medio por ciento (1,5%) de los votos positivos válidamente emitidos, aún en el caso de lista única", se afirma en el artículo 10 de la ley provincial 14086 de Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias en la Provincia.
La diferencia con la ley nacional 26.571 es la palabra positivo. Allí el 1,5% se calcula sobre los votos válidamente emitidos. El voto en blanco es un voto válido pero no positivo, no está dirigido a una fuerza política.
Kicillof obtuvo 4.615.052 votos sobre un total de 9.430.636 votos, que representan el 98,57% de las mesas escrutadas. Sin votos en blanco, el porcentaje se eleva a 52,53% de los votos válidos positivos, tres puntos de diferencia con respecto al 49,34% informado.
"Es un desacierto más", afirmó Jorge Landau, el histórico apoderado del Partido Justicialista de la Nación a Crónica TV. Landau estuvo a cargo de diferentes presentaciones ante la Justicia federal sobre el escrutinio provisorio en las semanas previas. Había entonces un temor a una posible manipulación de los resultados que se informaran ese día.
No solo perdió votos Kicillof, también lo hicieron el resto de los candidatos. Bajo esta modalidad, María Eugenia Vidal también sumó dos puntos y llegaría al 34%.
"Es una tergiversación de la información. Si fue un error voluntario o involuntario, no me corresponde a mi decirlo. Lo determinará la doctora María Servini", afirmó Landau. El apoderado hizo mención así a las medidas tomadas por la jueza federal para que veedores judicales informáticas supervisaran el escrutinio provisorio en manos de la cuestionada firma Smartmatic, en un operativo desplegado por el Ministerio del Interior.
Fuentes de la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires señalaron a este medio que el conteo tampoco incorpora los votos de los extranjeros, un volumen que luego se tomará en cuenta en el escrutinio definitivo a cargo de la Justicia Nacional Electoral.
Los nuevos porcentajes
Axel Kicillof - (Frente de Todos): 52,53% (Se había informado 49,34%)
María Eugenia Vidal - Juntos por el Cambio: 34,67% (Se había informado 34,56%)
Eduardo Bucca (Consenso Federal): 6,20% (Se había informado 5,82%)
Christian Castillo - (FIT): 3,46% (Se había informado 3,25%)
Gustavo Álvarez - Frente Nos - 1,78 (Se había informado 1,68)
La respuesta oficial
Desde el Gobierno explicaron a La Tecla.info que el conteo de los porcentajes se realizó considerando los votos en blanco, en línea con el esquema nacional, para permitir que los resultados de las diferentes provincias "tienen que ser comparables entre sí".
En este sentido, desde el Gobierno, sostienen que sí se hubiera tomado la particularidad de la ley bonaerense, no se "podría comparar la diferencia entre Juntos y Todos en una provincia con otra". Remarcan que se debe tomar "un mismo criterio".
En el Gobierno precisan que no se trata de un criterio para definir quién gana a gobernador o intendente, "sino para saber si pasas o no el 1,5%. Es por es que nosotros no hicimos esa disquisición porque si no estaríamos comparando peras con manzanas entre las distintas jurisdicciones", remarcando.
La ley nacional 26.571
El artículo 45 de la ley nacional 26.571 de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral es la base legal para el conteo a nivel nacional.
"Sólo podrán participar en las elecciones generales las agrupaciones políticas que para la elección de senadores, diputados de la Nación y parlamentarios del Mercosur por distritos regionales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hayan obtenido como mínimo un total de votos, considerando los de todas sus listas internas, igual o superior al uno y medio por ciento (1,5 %) de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate para la respectiva categoría. Para la categoría de presidente y vicepresidente y parlamentarios del Mercosur por distrito nacional, se entenderá el uno y medio por ciento (1,5 %) de los votos válidamente emitidos en todo el territorio nacional".