25 de octubre de 2019
PRECAUCION
¿Qué se puede hacer y qué no en veda electoral?
Rige a partir de las 8 de hoy y hasta tres horas finalizada la elección del domingo. Las redes sociales escapan a las regulaciones.
A partir de las 8 de la mañana de este viernes comenzó a regir la veda electoral en todo el país, de cara a los comicios generales que tendrán lugar el próximo domingo.
De acuerdo con lo dispuesto por el Código Nacional Electoral quedan prohibidos los actos públicos de tipo proselitista, además de la publicación o difusión de encuestas y sondeos electorales, hasta tres horas después del cierre del acto electoral, que se llevará a cabo de 8 a 18.
El día de las elecciones estará prohibida la realización de espectáculos masivos, al igual que la venta de bebidas alcohólicas, desde las cero hora del domingo hasta tres horas después de finalizada la jornada de comocios.
Según la normativa, también queda vedado "ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos”.
También está prohibido “la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada”.
A raíz de las prohibiciones, las redes sociales se convierten en territorio fértil para saltarse las restricciones, habida cuenta de los vacíos legales que se observan en cuanto a su regulación.