23 de abril de 2020
RESOLUCION
Provincia restringió la capacidad del transporte fluvial
Tal como adelantó el gobernador bonaerense el pasado lunes, se fortalecieron las restricciones para controlar el cumplimiento del aislamiento social y preventivo por la pandemia de coronavirus.
El gobierno bonaerense estableció hoy que las empresas de transporte fluvial de pasajeros que operen en el Delta, deberán restringir la capacidad establecida para cada embarcación por la Prefectura Naval Argentina. La medida dispone que no se podrá superar el 60% de ocupación de los asientos, para evitar aglomeración de personas en el marco de la pandemia de coronavirus.
A través de la resolución 31 de la Subsecretaría de Transporte, publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, se dispuso que esa limitación debe observarse "al momento del inicio, en el trayecto y finalización de cada viaje, mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio".
A la vez se determinó que las empresas prestatarias de servicios de transporte fluvial de pasajeros de jurisdicción provincial "deberán disponer la distribución de los pasajeros a bordo de cada embarcación, en forma espaciada, manteniendo siempre el distanciamiento social".
Entre los fundamentos de la resolución se recuerda que "las medidas de aislamiento han permitido temporariamente contener la epidemia, por la aparición paulatina de casos y de menor tiempo de evolución, registrándose una disminución en la velocidad de propagación y evitando que se verificara la saturación del sistema de salud, tal como sucedió en otros lugares del mundo".
Se recordó que "el virus Covid-19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía de contagio es de persona a persona, que su rápida propagación supone un riesgo para la salud pública y exige en consecuencia una respuesta inmediata y coordinada para contener la enfermedad e interrumpir su propagación y contagio".
Así, se planteó que "resulta necesario establecer restricciones en la utilización del transporte fluvial de pasajeros, limitando la capacidad de transporte de las embarcaciones afectadas al servicio y la distribución física espaciada de los usuarios de tales servicios, todo ello con la finalidad de reducir el contagio de la enfermedad".