Apps
Viernes, 22 noviembre 2024
Argentina
5 de mayo de 2020

Revés de la Suprema Corte: se suspende el fallo de Casación sobre los arrestos domiciliarios

El Máximo Tribuna de Justicia bonaerense declaró hoy admisible el recurso de queja presentado por el fiscal Carlos Altuve y suspendió provisionalmente las medidas dispuestas por el Tribunal de Casación Penal que habilitaban la prisión domiciliaria para presos que integran el grupo de riesgo de contraer coronavirus.

Revés de la Suprema Corte: se suspende el fallo de Casación sobre los arrestos domiciliarios
Compartir

La Suprema Corte de Justicia bonaerense declaró hoy admisible el recurso de queja presentado por el fiscal Carlos Altuve y suspendió provisionalmente las medidas dispuestas por el Tribunal de Casación Penal que habilitaban la prisión domiciliaria para presos que integran el grupo de riesgo de contraer coronavirus.

De esta manera, el máximo tribunal provincial  dispuso la suspensión de las medidas establecidas por el Tribunal de Casación Penal en su fallo del 8 de abril pasado. En este sentido, ordenó la secuencia del trámite a seguir previo a dictar la sentencia de fondo. 

En la resolución se dispuso declarar procedente la queja deducida por el fiscal ante el Tribunal de Casación Penal y conceder el recurso de inaplicabilidad de los artículos. Asimismo, la Suprema Corte declaró que la resolución suspende los efectos de la decisión del Tribunal de Casación Penal impugnada. 

En la resolución, firmada digitalmente por los doctores Daniel Fernando Soria, Luis Esteban Genoud, Eduardo Julio Pettigiani, Hilda Kogan, Sergio Gabriel Torres y Eduardo Néstor de Lázzari se estableció el requerimiento por oficio al Tribunal de Casación Penal para la inmediata remisión del expediente a fin de ser entregado a la Secretaría Penal de la Suprema Corte de Justicia.

Al respecto, la Suprema Corte de Justicia resolvió abrir el recurso por “gravedad institucional”, con el alcance que al concepto le ha acuñado la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN); como así también para abordar las infracciones procesales denunciadas por el Fiscal Altuve planteadas como causales de “arbitrariedad” de la sentencia dictada por el Tribunal de Casación Penal, también con el alcance que tiene la expresión según la CSJN.

Corresponde destacar que el objeto de la  resolución es solo al efecto de permitir el análisis de dichas cuestiones, las cuales serán resueltas en la sentencia. También se destacó, que  la Suprema Corte de Justicia provincial dispuso la abreviación de los plazos para el dictado de la decisión de mérito. 

OTRAS NOTAS

DATOS ECONÓMICOS

La actividad económica cayó 3,3% interanual en septiembre

El Indec reveló los datos del estimador mensual de actividad económica (EMAE) y registró además una caída de -0,3% respecto a agosto en la medición desestacionalizada.

Copyright 2024
La Tecla
Redacción

Todos los derechos reservados
Serga.NET