Argentina
Miércoles, 24 abril 2024
TEMPORADA 2021
21 de noviembre de 2020

La Provincia pidió a los municipios bonaerenses no exigir testeos para veranear

El Gobierno decidió, además, que la aplicación Cuidar Verano no será obligatoria. En cambio, quienes viajen a destinos del territorio provincial deberán obtener un certificado habilitante de circulación, disponible en internet.

La Provincia pidió a los municipios bonaerenses no exigir testeos para veranear - La Tecla



A pocos días del inicio oficial de la temporada estival, el Gobierno bonaerense pidió a los municipios "no exigir estudios por laboratorio (testeos) de personas sin síntomas de la
enfermedad para permitir el traslado o el ingreso de las personas a los sitios de
destino".

En la "“Guía de Recomendaciones y Buenas Prácticas Turísticas” para el cumplimiento de las normas sanitarias impuestas por Provincia y Nación, se explica que "el uso de testeos en personas asintomáticas tiende a producir un resultado no concluyente, la toma de conductas inadecuadas y mal uso del recurso".

La mencionada guía contiene lineamientos preventivos tanto para municipios como para el sector privado y la población en general, a fin de cumplir estrictamente los protocolos para evitar los contagios de coronavirus.

Además, las autoridades bonaerenses confirmaron oficialmente que la aplicación "Cuidar Verano" no será obligatoria para aquellos turistas que decidan pasar sus vacaciones en la Provincia durante la temporada 2020/21, cuyo comienzo está previsto para el próximo 1 de diciembre.

Sin embargo, el Ejecutivo dispuso que será obligatorio el “Certificado Único Habilitante de Circulación para aquellas personas que quieran vacacionar en territorio bonaerense, según la Resolución 110 publicada hoy en el Boletín Oficial provincial.

El certificado deberá tramitarse con una antelación no menor a los cinco días corridos a la fecha de viaje en el sitio web https://www.argentina.gob.ar/circular, y cada municipio deberá validar las solicitudes de quienes tengan como destino turístico su distrito, en un plazo máximo de 48 horas desde la fecha del pedido.

Por otra parte, se obliga a los municipios en los cuales se permita el desarrollo del turismo en el marco de la pandemia de coronavirus, a que informen a Jefatura de Gabinete y al Ministerio de Producción Ciencia e Innovación Tecnológica esa autorización, mediante nota suscripta por el intendente.


 

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