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Argentina
3 de diciembre de 2020

La Corte Suprema falló a favor de los vecinos de Pilar contra dos centrales térmicas

El máximo tribunal de justicia anuló las sentencias de una Cámara Federal, que revocó medidas cautelares para detener la construcción y actividad de dos plantas de generación de energía. Una de ellas fue clausurada por contaminación sonora. 

La Corte Suprema falló a favor de los vecinos de Pilar contra dos centrales térmicas
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La Corte Suprema de la Nación anuló fallos de una Cámara Federal contra medidas cautelares presentadas por vecinos del distrito de Pilar, que buscaban detener la construcción y actividad de dos centrales térmicas de generación eléctrica.

Se trata de las usinas Matheu I y Matheu II, cuya contaminación había sido denunciada por la Asociación Civil Juvevir y un grupo de vecinos contra Araucaria Energy SA y APR Energy SRL.

Los demandantes pidieron el “cese en forma inmediata de las obras de construcción o la actividad de generación eléctrica” o que se modificara la localización de las usinas termoeléctricas y que se cumpla con la totalidad de la normativa ambiental vigente, debido al ruido que generaban por sobre los parámetros reglamentarios.

También habían pedido la suspensión de las construcciones y “operación y/o ensayos de prueba y/o acopio de combustible”, y que se prohíba a las demandadas el uso del recurso hídrico subterráneo y el vertido de efluentes líquidos” hasta que obtenga la pertinente autorización administrativa del ADA (Autoridad del Agua)”.

El juzgado federal de Campana concedió las medidas cautelares, que fueron luego revocadas por la Cámara Federal de San Martín, que consideró que no existía controversia o 'caso' judicial, y la causa se remitió a la Corte en función de un recurso de queja presentado por los demandantes.

Los fallos de la Corte coincidieron y se remitieron al dictamen de la Procuración General de la Nación que consideró que la resolución de la Cámara de San Martín "era arbitraria", pues "no consideró el riesgo irreversible al ambiente que podría ocasionar la realización de la obra y la ejecución del proyecto”.

La Procuración también señaló que al denegar las medidas se omitió considerar que el análisis de los proyectos se realizó en forma individual, sin contemplar el efecto acumulativo que tendrá sobre el medio ambiente la operación simultánea de ambas centrales térmicas.

Las sentencias de la Corte fueron firmadas hoy tras una reunión virtual, por los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.

Cabe recordar que a mediados de agosto, el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable (OPDS) y el municipio de Pilar clausuraron a la termoeléctrica Araucaria debido a que las turbinas generaban un elevado ruido, por encima de los estipulado por el organismos provincial.

La determinación se tomó luego de reiterados reclamos por parte de los vecinos sobre las molestias que genera la empresa controlada por el empresario José Luis Manzano y fondo buitre Gramercy, que conduce el argentino Gustavo Ferraro. 

La clausura se concretó luego de una serie de operativos de inspección realizados por autoridades municipales y provinciales, que se multiplicaron a partir de las denuncias por los ruidos molestos emitidos por las centrales térmicas. Se supo que la central no cuentan aún, a pesar de tantos años, con certificado de aptitud ambiental ni los permisos habilitantes por parte de la comuna.

Esta usina es un proyecto que desde su comienzo tuvo un marcado rechazo, y contó con una aprobación municipal del ex intendente Nicolás Ducoté. Durante su gestión hubo un cambio de zonificación que autorizó la instalación de la empresa. Ahora, los habitantes del los barrios lindantes pretenden que se trasladen las plantas a áreas industriales correspondientes a la categoría de las centrales termoeléctricas.
 

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