La Tecla
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También que se permita la intervención de la víctima, si considera oportuno, oponerse ante cualquier medida liberatoria. En otro orden, que se respete el derecho a la intimidad de la damnificada para evitar la revictimización.
Además, se incorpora la creación del Registro provincial de abogados de la víctima en el ámbito del Colegio de Abogados bonaerense, que establece una serie de requisitos a los letrados para integrarlo, como por ejemplo, la aprobación de un curso especializado en materia de género, derechos humanos y garantías de las víctimas.
En otro de los puntos acordados los senadores incluyeron que al particular damnificado se le deberán notificar las resoluciones que pueda impugnar y aquellas vistas o traslados que se dispongan expresamente.
"A partir de esta ley la víctima contará con asistencia jurídica, representación en el proceso y protección personal en todas las etapas procesales. Quiero agradecer, una vez más, a las asociaciones, víctimas y familiares por ayudarnos en cada etapa de este proyecto, por brindarnos sus valiosos testimonios los cuales escuchamos con mucho respeto y atención, donde evaluamos y trabajamos en cada sugerencia para sacar esta Ley", había explicado en su momento uno de los creadores de la legislación, el radical Blanco.