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Argentina
9 de abril de 2021
TRANSPARENCIA

La Corte provincial publicará todas las sentencias definitivas en internet

En una primera etapa será con una frecuencia semanal. El organismo considera que la difusión de las mismas "constituye una expresión del principio republicano de publicidad de los órganos de gobierno", a través de las herramientas tecnológicas disponibles.

La Corte provincial publicará todas las sentencias definitivas en internet
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La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso implementar la publicación de todas las sentencias definitivas dictadas por los órganos jurisdiccionales en el sitio web oficial scba.gov.ar.

El organismo aseguró que la decisión está sustentada en que "su difusión constituye una expresión del principio republicano de publicidad de los actos de gobierno, para cuya realización las herramientas tecnológicas disponibles permiten brindar a la ciudadanía un acceso rápido y directo, a través del Acuerdo Nº 4011".

"Con frecuencia semanal, en una primera etapa se organizará la publicidad de la totalidad de las sentencias definitivas de la Suprema Corte de Justicia, estableciendo que su implementación se concrete en un plazo de 60 días corridos. En una siguiente etapa, en un plazo de 120 días corridos la Subsecretaría de Tecnología Informática elaborará y comunicará el programa de implementación del sistema para los restantes tribunales de alzada y dentro de los 180 días corridos, hará lo propio con los órganos de primera instancia", sostiene la Corte en un comunicado.

El máximo órgano de justicia provincial explicó que "a tal fin, se recopilarán los trámites correspondientes en los sistemas de gestión judicial que se encuentren firmados y en estado público, para su consulta de acceso abierto a través de una búsqueda por organismo y fecha del pronunciamiento. Los órganos jurisdiccionales velarán por el resguardo de los derechos personalísimos, previniendo la publicación de los datos sensibles contenidos en las sentencias y de cualquier otra información cuya divulgación resulte restringida (art. 164, CPCC)".

"A su vez, las partes, dentro del plazo de quince (15) días desde su notificación, podrán indicar al organismo jurisdiccional aquellos datos obrantes en las actuaciones que estimen merecen ser suprimidos, anonimizados o disociados. Sin perjuicio de ello, cualquier interesado podrá ejercer el derecho de supresión de datos por disociación, canalizando el reclamo ante la Dirección de Comunicación y Prensa de la Suprema Corte", añadió.

En la resolución se expresa que esta medida afianza el amplio acceso a la información judicial, con el fin de promover la transparencia en la Administración de Justicia y de exponer las decisiones que sus tribunales adoptan al escrutinio de la comunidad.
 

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