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Argentina
29 de abril de 2021
CLASES PRESENCIALES

Se complica el frente judicial: el Procurador General en contra del DNU de Fernández

Eduardo Casal, que ocupa el cargo de manera interina, emitió opinión no vinculante sobre el decreto del Presidente que suspendió por quince días la cursada en las aulas en el Área Metropolitana de Buenos Aires, en un escrito enviado a la Corte Suprema de la Nación. El funcionario dictaminó en contra de la constitucionalidad de la norma, afirmando que la fundamentación tomarla fue insuficiente.

Se complica el frente judicial: el Procurador General  en contra del DNU de Fernández
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El procurador General interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó hoy en contra de la constitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) a través del cual el presidente Alberto Fernández dispuso el cese de las clases presenciales por un período de 15 días en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), informaron fuentes judiciales.

El dictamen, que es de carácter no vinculante, fue entregado a la Corte Suprema de justicia, que quedó en condiciones de decidir sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en contra de las medidas adoptadas por el Gobierno nacional.

“Considero que los argumentos expuestos en la norma impugnada no alcanzan para fundar un estado de necesidad que permita legitimar la suspensión de la concurrencia a los establecimientos educativos en todos sus niveles”, sostuvo Casal en su presentación de 49 páginas, según publicó el portal Infobae.

Si bien Casal reconoció que "el Gobierno nacional tiene las facultades sobre la salud en todo el país y para tomar medidas de emergencia en casos excepcionales, como lo es una pandemia, pero que deben estar fundamentadas, lo que a su criterio en este caso no ocurre".

Luego, afirmó que “no ha sido debidamente acreditado que el dictado de clases presenciales haya sido la causa del agravamiento de la situación sanitaria", en referencia a las "afirmaciones genéricas acerca de la necesidad de reducir la circulación de personas y el uso del transporte público, sin precisar adecuadamente la supuesta relación directa e inmediata entre las actividades de educación presencial y el crecimiento exponencial de casos en la región”.

Sobre el final, el Procurado habló del “paradigma del federalismo concertado que debe primar en las relaciones interjurisdiccionales, especialmente si se presentan desacuerdos razonables o fricciones que la realidad impone y que no siempre se pueden evitar cuando coexisten dos gobiernos que actúan directamente sobre el mismo pueblo”.

“Estas consideraciones adquieren especial relevancia frente al contexto epidemiológico actual, cuando es público y notorio que, en los últimos días, la situación se ha agravado debido a la propia dinámica y cambiantes características de la situación de la epidemia”, concluyó.

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