La Tecla
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Vía La Tecla Mar del Plata
El Senado aprobó por unanimidad y convirtió en ley el proyecto para pequeños contribuyentes que impulsó el oficialismo. En este sentido, el fisco estableció la nueva fecha de recategorización.
Con la sanción definitiva se concretó sin cambios lo que veníamos adelantando sobre el programa de “Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes”. Por este medio, se establece una serie de modificaciones y beneficios para monotributistas, uno de los más importantes es que se concreta la anulación del ajuste retroactivo de las cuotas a enero del 2021, por lo cual hasta la cuota de junio los importes a ingresar son los que estaban vigentes en diciembre de 2020. Asimismo, se actualizaron hasta un 35% los importes máximos de ingresos brutos establecidos para cada categoría y quedó definida la moratoria de 60 cuotas para todas las deudas devengadas al 30 de junio de 2021, con condonación de multas e intereses.
Luego de quedar definidos los nuevos parámetros con la sanción de la ley, la AFIP comunicó que la recategorización semestral estará habilitada del 28 de julio al 17 de agosto. Las nuevas categorías serán las que estén vigentes entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
Por otra parte, es importante destacar que la cuota del mes de julio tiene su vencimiento el próximo martes 20 y no fue incluida en las reformas de la nueva ley, por lo cual, si no hay ninguna prórroga urgente, se debe ingresar en el vencimiento previsto y con los valores que figuran en la web de AFIP.
Para cerrar, informamos que se trasladó al 27 de agosto el pago de la obligación mensual correspondiente a dicho mes. Recordemos que también el mes próximo es el vencimiento de la cuota de junio que fue prorrogado al 5 de agosto. En el caso de los pequeños contribuyentes que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático, la operación también efectuará en las nuevas fechas establecidas.