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29 de agosto de 2021
RESTRICCIONES

Cómo será la vuelta a la presencialidad de la administración pública en septiembre

Sostenidos en el avance del plan de vacunación y el descenso de casos de coronavirus desde hace 13 semanas, el Gobierno nacional impulsa a partir del próximo miércoles 1 de septiembre, el regreso a la presencialidad de los empleados públicos. Cuál es la situación actual en territorio bonaerense.

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Los avances registrados en el plan de vacunación y el descenso sostenido de casos de coronavirus desde hace 13 semanas constituyen los pilares de la decisión del Gobierno nacional del regreso, a partir del próximo miércoles 1 de setiembre, de los empleados públicos a sus puestos, a lo que se suma la mayor presencialidad en las escuelas de todo el país y el anuncio de la prueba piloto del retorno, aunque aún acotado, de los espectadores a los partidos de fútbol.

De acuerdo a las cifras actualizadas este sábado por el Monitor Público de Vacunación, un total de 46.821.494 de dosis fueron distribuidas en todo el país y 41.408.689 ya aplicadas, de las cuales 27.703.975 corresponden a primeras dosis y 13.704.714 a segundas.

El sector público nacional en su conjunto tiene unos 900.000 empleados, que incluye a las fuerzas armadas y de seguridad, aunque cabe destacar que ese personal siempre se mantuvo de manera presencial.

La concurrencia y el trabajo remoto se alternará semanalmente, en función de los días que defina cada autoridad en cada repartición, y se prevé un límite, ya que las tareas a distancia no podrán ser superiores al 50% de la jornada habitual dispuesta o hasta 20 horas semanales.

En tanto que aquellos trabajadores que no quieran recibir la vacuna contra el Covid, ya que la inmunización no es obligatoria, deberán firmar una declaración jurada, y trabajarán en lugares determinados de los edificios para evitar que generen un mayor riesgo de contagio para el resto. 

Cuál es la situación actual de los empleados públicos bonaerenses

En la provincia de Buenos Aires, donde más de 5 millones de bonaerenses ya cuentan con las dos dosis, el gobernador Axel Kicillof siguió los mismos pasos y dispuso que los empleados de esa administración que hubieran recibido al menos una dosis están en condiciones de ser convocados a realizar tareas presenciales, pasadas tres semanas desde el momento de la inmunización.

Cómo será la vuelta a la presencialidad de la administración pública en septiembre

A su vez, a partir del miércoles 1 de septiembre, se intensificará la presencialidad en las aulas de todo el país, luego de que el Consejo Federal de Educación aprobara esta semana cambios en los protocolos sanitarios que se encuentran vigentes.


Trabajadores del Poder Judicial también vuelven a la presencialidad 

La Corte Suprema de Justicia determinó que desde el 1 de septiembre los tribunales federales y nacionales deberán volver a la actividad presencial en sintonía con la decisión que ya había tomado el Ministerio Público Fiscal.

Los convocados serán todos los magistrados, funcionarios y empleados, incluso los mayores de 60 años, que ya hayan recibido al menos una dosis de alguna vacuna contra el coronavirus con excepción de las mujeres embarazadas y quienes son de riesgo.

Cómo será la vuelta a la presencialidad de la administración pública en septiembre

La decisión fue rubricada por los magistrados Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti y sostiene que “todo el personal deberá adoptar las medidas de prevención e higiene en el ámbito de trabajo”.

Cabe recordar que el Procurador interino, Eduardo Casal, también había firmado una resolución para volver gradualmente a la presencialidad en todas las fiscalías del país y en las dependencias del Ministerio Público Fiscal.

En ese plano, el Estado Nacional resolvió que, desde el lunes 23 de agosto se volviera de manera escalonada a la presencialidad en las dependencias de la administración pública.

En cuanto a la decisión de la Corte Suprema, los jueces sostuvieron que “en las actuales condiciones corresponde adoptar las medidas pertinentes a fin de que la prestación del servicio de justicia pueda efectuarse de un modo más eficiente”.

“Con ese objetivo el Tribunal advierte que resulta necesario contemplar los efectos de la vacunación contra el COVID-19, respecto de la convocatoria a prestar actividad presencial de aquellos agentes que no padezcan enfermedades”, expresaron los magistrados.

A la vez, los jueces detallaron que “los mayores de 60 años que tengan al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas podrán ser convocados a prestar servicios en forma presencial una vez transcurridos 14 días de la inoculación”.

En este sentido, los ministros subrayaron que los responsables de cada superintendencia deberán adoptar “las acciones tendientes a adecuar la actuación de los tribunales a las particulares circunstancias de su circunscripción territorial”.

“Las funciones y tareas que se incorporen deberán llevarse a cabo siempre en base a la situación epidemiológica de cada jurisdicción o localidad y mediante el adecuado resguardo de la salud del personal del Poder Judicial de la Nación”, indicó la medida.

En cuanto a los trabajadores que quedan exceptuados, se precisó que se concedió “una licencia excepcional con goce de haberes y de carácter voluntario para todos aquellos mayores de 60 años o que padecieran enfermedades o mujeres embarazadas”.

Judiciales bonaerenses

El 8 de agosto se formalizó la Resolución Nº 1133/21 de la Corte de Justicia de la Provincia incluye a aquellos agentes y funcionarios del Poder Judicial que, “habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optaron por no inscribirse o que, una vez inscriptos, no asistieron a su turno de vacunación por razones de índole personal”.

Los empleados que no sean llamados a trabajar de manera presencial “deberán prestar servicios de forma remota”, se aclaró.

Cómo será la vuelta a la presencialidad de la administración pública en septiembre

En la Resolución, el máximo tribunal bonaerense anunció que “hasta el 1º de octubre” de este año se mantendrán “las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz de acuerdo al estado de situación existente a la fecha”, pero que se incorporarán “a los esquemas de organización del trabajo en orden a la prestación de tareas presenciales al personal que encuadre en los términos y condiciones dispuestos por los artículos 3 bis y ter del Decreto provincial Nº 203/20 (según Decreto Nº 521/21)”.

Quiénes podrán ser convocados

El decreto habilita en la Provincia la posibilidad de convocar para prestar tareas presenciales de los agentes estatales que:

– No perteneciendo a grupo de riesgo alguno, hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19 autorizadas para su uso en el país;

– Perteneciendo a grupos de riesgo por cualquier factor, hubiesen completado el esquema de vacunación de cualquiera de las vacunas autorizadas, en ambos casos, transcurridos veintiún días corridos desde la inoculación;

– Habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optaron por no inscribirse o que, una vez inscriptos, no asistieron a su turno de vacunación por razones de índole personal.

En la medida del máximo tribunal bonaerense se estableció que, en cualquier caso, “deberán respetarse estrictamente” las pautas adoptadas para el servicio judicial en el contexto de la pandemia, así como cumplirse todos los protocolos sanitarios vigentes de prevención, detección y seguimiento de los casos sospechosos o confirmados de Covid.

Quiénes continúan dispensados

En la Resolución publicada ayer, la Corte dispuso que también “podrá excluirse de prestar servicios de manera presencial al personal que tiene a cargo hijos de hasta trece años de edad”, pero únicamente durante “los días que eventualmente los menores no concurran al colegio con motivo de las restricciones sanitarias”, debiendo en este caso trabajar de manera remota.

Finalmente, se recordó a los encargados de Superintendencia que “el acceso a los edificios se limita a las personas que hayan sido citadas, sean parte en los procesos o deban cumplir trámites procesales o administrativos”.

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