La Tecla
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Las personas contagiadas o aisladas por presentar síntomas o haber sido contacto estrecho de pacientes con coronavirus están eximidas de votar en las próximas elecciones del 12 de septiembre, de acuerdo con disposiciones de los juzgados electorales de cada jurisdicción.
En el caso de la provincia de Buenos Aires, el juez electoral Alejo Ramos Padilla, señaló en declaraciones a la agencia Telam que "todos los contagiados con Covid tienen prohibición de circular de acuerdo al DNU 494/2021, vigente hasta el 1° de octubre de 2021, lo que les impide ir a votar".
En la misma linea, la jueza federal con competencia electoral en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, María Servini, subrayó que quienes se encuentren en esas condiciones el día de la elección "no tienen que ir a votar".
"El protocolo que se aplicará en cada escuela fue consultado con el ministerio de Salud de la Ciudad. Las personas que contrajeron Covid, son contacto estrecho o tienen síntomas deben permanecer aisladas y está justificado que no emitan su voto", remarcó a esta agencia Servini, titular del juzgado federal 1 con competencia electoral en la CABA.
El DNU 494 de este año, que rige hasta dentro de un mes y por lo tanto estará vigente el día de las PASO -12 de septiembre-, establece en el inciso "g" del artículo 3, que "en ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de 'caso confirmado', 'caso sospechoso', o 'contacto estrecho' de COVID-19, conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, prorrogado en los términos del Decreto N° 167/21, sus modificatorios y normas complementarias".
Por la mañana, en declaraciones a la radio Urbana FM, el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral, Sebastián Schimmel, había dicho que las personas "que estén transitando la enfermedad de coronavirus o tengan que hacer el aislamiento por ser contacto estrecho o por haber presentado síntomas, no podrán votar con normalidad en su mesa, pero sí podrán hacerlo bajo un protocolo específico y muy riguroso, ya que nadie está privado de su derecho a votar".
En cualquier caso, el protocolo que se aplica en cada jurisdicción es potestad de los 24 jueces federales de primera instancia con competencia electoral, como Servini para la CABA y Ramos Padilla en Provincia, y son esos magistrados quienes deben definir el procedimiento a ejecutar en cada provincia en unas elecciones inéditas porque estarán atravesadas por una circunstancia extraordinaria, la pandemia.
Ante una consulta puntual de Télam sobre qué pasaría si una persona contagiada de coronavirus o que se encuentra aislada por presentar síntomas o ser contacto estrecho reclama que se cumpla su derecho a votar a pesar de su estado, una fuente de la Justicia Electoral respondió: "Sería como que una persona con Covid quiera viajar en colectivo esgrimiendo que no puede ser coartada su libertada ambulatoria".
Otro integrante de la Justicia Electoral subrayó que los electores con Covid positivo, que presenten síntomas o estén en aislamiento "no votarán" en las elecciones y, en la misma línea, aconsejó a quienes se encuentren en esas condiciones que "no se acerquen a una escuela", porque no se les permitirá votar, "ni esperen que nadie los busque en su casa".