Ministerio bonaerense oficializó su nueva estructura
Hoy se ratificaron los cambios en la estructura organico- funcional de la cartera que comanda Cristina Álvarez Rodríguez a partir del 1ro de enero de este año.
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El Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires ratificó la modificación de su conformación. Hoy a través del Boletín Oficial, la cartera que conduce Cristina Álvarez Rodríguez anunció los cambios en la estructura organico- funcional del área.
El decreto 207 del año corriente, con las firmas del gobernador Axel Kicillof, el jefe de Gabinete, Martín Insaurralde, el ministro de Hacienda Pablo López, y la propia Álvarez Rodríguez fue publicado hoy, pero las modificaciones comenzaron a correr desde el 1ro de enero de 2022.
El artículo 7 del expediente deroga el decreto 32/20, con el que se había aprobado la estructura del Ministerio en el marco de la asunción de María Teresa García.
Álvarez Rodríguez llegó al Ministerio de Gobierno a fines de 2021, en reemplazo de Teresa García, que pasó a ser jefa del bloque de senadores bonaerense del Frente de Todos.
De esta manera, el decreto 207 señala que el Gobernador establece los siguientes artículos:
ARTÍCULO 1°. Aprobar, a partir del día 1 de enero de 2022, la estructura orgánico- funcional del Ministerio de Gobierno, de acuerdo al organigrama y acciones que, como Anexos I, Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, y Ig (IF-2022-04827795-GDEBASSTAYLMGGP) y II, IIa, IIb, IIc, IId, IIe, IIf, IIg y II.h (IF-2022-04828209-GDEBA-SSTAYLMGGP) forman parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2°. Determinar para la estructura orgánico funcional aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN/A (1) Subsecretario/a de Asuntos Políticos, UN/A (1) Subsecretario/a de Asuntos Electorales y Parlamentarios, UN/A (1) Subsecretario/a de Asuntos Municipales, UN/A (1) Subsecretario/a de Gestión Operativa, UN/A (1) Subsecretario/a de Políticas Poblacionales, UN/A (1) Subsecretario/a de Territorio y Desarrollo Sustentable, UN/A (1) Subsecretario/a Técnico/a, Administrativo/a y Legal, UN/A (1) Director/a Provincial de Fortalecimiento Institucional y Acceso a la Información Pública, UN/A (1) Director/a Provincial de Asuntos Políticos, UN/A (1) Director/a Provincial de Relaciones Parlamentarias, UN/A (1) Director/a Provincial de Asuntos Electorales, UN/A (1) Director/a Provincial de Región Conurbano, UN/A (1) Director/a Provincial de Región Interior, UN/A (1) Director/a Provincial de Políticas Públicas Metropolitanas, UN/A (1) Director/a Provincial de Casas de la Provincia, UN/A (1) Director/a Provincial del Registro de las Personas, UN/A (1) Director/a Provincial de Población, UN/A (1) Responsable de la Unidad de Planificación Estratégica Poblacional, con rango y remuneración equivalente a Director/a Provincial, UN/A (1) Director/a Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, UN/A (1) Director/a Provincial de Islas, UN/A (1) Responsable de la Unidad de Análisis y Diseño de Programas y Proyectos de Gobierno, con rango y remuneración equivalente a Director/a Provincial, UN (1) Director/a General de Administración, UN/A (1) Director/a Provincial de Gestión de Gobierno y Comunicación Institucional, UN/A (1) Director/a de Fortalecimiento Institucional, UN/A (1) Director/a de Acceso a la Información Pública, UN/A (1) Director/a de Reforma Política, UN/A (1) Director/a de Coordinación Institucional, UN/A (1) Director/a de Coordinación Parlamentaria, UN/A (1) Director/a de Evaluación de Proyectos Legislativos, UN/A (1) Director/a Electoral, UN/A (1) Director/a de Asesoramiento y Relaciones Municipales de Región Conurbano, UN/A (1) Director/a de Enlace con los Honorables Concejos Deliberantes de Región Conurbano, UN/A (1) Director/a de Asesoramiento y Relaciones Municipales de Región Interior, UN/A (1) Director/a de Enlace con los Honorables Concejos Deliberantes de Región Interior, UN/A (1) Director/a de Estudios Técnicos Metropolitanos, UN/A (1) Director/a de Coordinación de Políticas Metropolitanas, UN/A (1) Director/a de Planificación y Programación, UN/A (1) Director/a de Casas de la Provincia, UN/A (1) Director/a de Delegaciones del Registro de las Personas, UN/A (1) Director/a Técnico/a del Registro de las Personas, UN/A (1) Director/a de Enlace Administrativo, UN/A (1) Director/a de Formación y Relaciones con la Comunidad, UN/A (1) Director/a de Modernización y Auditoría Interna, UN/A (1) Director/a de Documentación del Registro de las Personas, UN/A (1) Director/a de Estudios de Población, UN/A (1) Director/a de Políticas de Población, UN/A (1) Director/a de Planificación Urbana y Territorial, UN/A (1) Director/a de Gestión Territorial, UN/A (1) Director/a Técnico/a-Legal, UN/A (1) Director/a de Gestión Integral de Islas del Delta e Isla Martín García, UN/A (1) Director/a de Consorcios de Gestión y Desarrollo Ley N° 13.580, UN/A (1) Responsable de la Unidad de Enlace con el Consejo Federal de Inversiones, con rango y remuneración equivalente a Director/a, UN/A (1) Director/a de Contabilidad, UN/A (1) Director/a de Compras y Contrataciones, UN/A (1) Director/a de Servicios TécnicoAdministrativos, UN/A (1) Director/a Delegado/a de la Dirección Provincial de Personal, UN/A (1) Director/a de Informática, UN/A (1) Director/a de Automotores, UN/A (1) Director/a de Distribución de la Información Clasificada, UN/A (1) Director/a de Escuela de Gobierno, UN/A (1) Responsable de la Unidad de Comunicación Institucional, con rango y remuneración equivalente a Director/a, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial; Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario Nº 4.161/96 (T.O. Decreto Nº 1.869/96). ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que las designaciones efectuadas en aquellas unidades orgánicas que no modificaron su denominación, hayan o no sufrido un cambio de dependencia jerárquica, como así también aquellas designaciones en unidades orgánicas que sólo modificaron su denominación y se encuentran detalladas en el Anexo III (IF-2022-04828466- GDEBA-SSTAYLMGGP) quedan ratificadas por el presente decreto.
ARTÍCULO 4°. Establecer que el/la titular del organismo deberá arbitrar los medios necesarios para efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, como así también, para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por el presente, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
ARTÍCULO 5°. Dejar establecido que, hasta tanto se efectúe la desagregación integral de la estructura orgánico-funcional, mantendrán su vigencia aquellas unidades orgánicas con nivel inferior a dirección oportunamente aprobadas.
ARTÍCULO 6°. Establecer que el Ministerio de Gobierno propondrá ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.