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Argentina
22 de marzo de 2022
POR RESOLUCIÓN

Nuevas reglas para las Agencias de Apuestas Hípicas en PBA: en qué consiste la medida

El Instituto Provincial de Lotería y Casinos dio el OK para un renovado reglamento. Los detalles de la resolución que impactará sobre el juego.

Nuevas reglas para las Agencias de Apuestas Hípicas en PBA: en qué consiste la medida
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El Gobierno de la provincia de Buenos Aires avanzó con la oficialización de un nuevo reglamento para las agencias de apuestas hípicas. Entre otros aspectos, fija en un plazo de gerenciamiento de diez años con una posible prórroga por igual período.

A través de la Resolución Nº 11, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Instituto Provincial de Lotería y Casinos resolvió "Aprobar el Reglamento de Agencias de Apuestas Hípicas de la Provincia de Buenos Aires".

El mismo entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su  publicación en el Boletín Oficial y quedarán derogadas todas las demás disposiciones y/o resoluciones que se opongan al nuevo reglamento.

Asimismo, se aclaró que "todos los trámites en curso de solicitud de otorgamientos de permisos de agencias, se deberán adecuar por los interesados" a las actuales condiciones impuestas. 

También, se señaló que "los Hipódromos correspondientes deberán notificar a los gerenciadores de las Agencias Hípicas que sus contratos se encuentren vigentes a la fecha, que en el plazo de veinte (20) días hábiles, deberán acompañar la documentación requerida por la presente reglamentación a fin de que se confeccionen los respectivos legajos, la cual
deberá ser presentada ante el Hipódromo que ostente su titularidad. Los Hipódromos, asimismo, deberán remitir dicha documentación de forma digitalizada a la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos".

Entre otros puntos salientes, el reglamento dijó que el "Instituto Provincial de Lotería y Casinos, como autoridad de aplicación, otorga a los Hipódromos Oficiales de La Plata y San Isidro, la titularidad de las agencias hípicas, y aprueba los contratos de gerenciamiento celebrados entre éstos y las personas físicas o jurídicas para la explotación y administración de las mismas".

A su vez, se ordenó que "los gerenciamientos aprobados comprenderán la captación de apuestas hípicas y otras modalidades de juegos relacionadas a la actividad hípica, las que deberán ser autorizadas por la autoridad de aplicación, sin perjuicio de la facultad de la misma de limitar y/o restringir los juegos cuando existan razones que así lo aconsejan. Asimismo, podrá el Instituto Provincial de Lotería y Casinos autorizar la captación o autorización de otros juegos que el mismo explote y/o tenga habilitado. Esta facultad se ejercerá aún con las agencias ya habilitadas".

En tanto, se afirmó que "la duración del gerenciamiento para explotación de las Agencias Hípicas se fija en un plazo de diez (10) años, el que podrá prorrogarse por igual período, salvo que los Hipódromos respectivos declaren, previa notificación fehaciente con sesenta (60) días de anticipación, rescindan la relación, debiendo en ese caso notificar previamente a la Autoridad de Aplicación".




Cómo es el Reglamento de las Agencias de Apuestas Hípicas



 

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