La invasión de las Casas de la Provincia continúa en pleno auge y ahora se confirmó que el municipio de Adolfo Gonzáles Chaves podrá construir una sede. La obra se confirmó a través de la Resolución Nº 49 publicada en el Boletín Oficial.
La normativa aprobó "la Licitación Pública N° 79/2021 realizada por la Dirección de contrataciones de Obra Pública, dependiente de la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para la adjudicación de la obra: 'Casa de Provincia - Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves', en el partido de Adolfo Gonzales Chaves, y declarar suficientes las publicaciones efectuadas".
A su vez, se resolvió "adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente a la empresa PRATES Y CÍA. S.A. por la suma de pesos ciento cincuenta y tres millones ($153.000.000) para obra, a la que agregándole la suma de pesos un millón quinientos treinta mil ($1.530.000) para dirección e inspección, la suma de pesos cuatro millones quinientos noventa mil ($4.590.000) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021, y la suma de pesos un millón quinientos treinta mil ($1.530.000) para embellecimiento (artículo 3º Ley Nº 6.174), hace un total de pesos ciento sesenta millones seiscientos cincuenta mil ($160.650.000), estableciéndose un plazo de ejecución de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos".
En tanto, se dejó establecido que "en el presente ejercicio se invertirá la suma de pesos cincuenta y siete millones ciento cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y siete con catorce centavos ($57.142.857,14) para obra, a la que agregándole la suma de pesos quinientos setenta y un mil cuatrocientos veintiocho con cincuenta y siete centavos ($571.428,57) para dirección e inspección, la suma de pesos un millón setecientos catorce mil doscientos ochenta y cinco con setenta y dos centavos ($1.714.285,72) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021, y la suma de pesos quinientos setenta y un mil cuatrocientos veintiocho con cincuenta y siete centavos ($571.428,57) para embellecimiento (artículo 3º Ley Nº 6.174), hace un total de pesos sesenta millones ($60.000.000)".
Además, se dio a conocer que se desestimó "por no ser convenientes al interés fiscal las ofertas presentadas por las empresas: INGECONS S.A., ROL INGENIERÍA S.A., FENBER INGENIERÍA S.A. y HERLEA CONSTRUCCIONES S.R.L". |