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2 de mayo de 2022
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La Provincia promulgó la ley que regula fondos para desarrollar infraestructura

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires puso el gancho para avanzar en la implementación de una herramienta clave para realizar obras. La misma fue sancionada en el Senado a fines de abril.

La Provincia promulgó la ley que regula fondos para desarrollar infraestructura
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El Gobierno bonaerense firmó el Decreto N° 380 en el cual promulgó una ley que se aprobó en el Senado semanas atrás y que regula los fondos para desarrollar infraestructura. Asimismo, incluye al programa "Desendeudadas", destinado a las mujeres.

De este modo, se dio luz ver para promulgar la Ley N° 15.323, sancionada por la Legislatura el 21 de abril de 2022. En tanto, la normativa modificada refiere al Fondo Fiduciario Programa de Mejora de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires (PROMEI), al Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial y al Fideicomiso del Programa 'Desendeudadas. Programa para el Desendeudamiento de Mujeres'.

En cuanto al PROMEI la la garantía para la colocación de los títulos públicos no podrá
superar el 80% del total de los ingresos anuales estimados para el fondo. Además, el Consejo de Administración integrado, por tres miembros designados por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, cada 180 días, deberá elevar a la Legislatura un informe de gestión y ejecución del Programa. Asimismo, los gastos de funcionamiento serán solventados únicamente con hasta el 1,50%)de los recursos que perciba el Fondo Fiduciario.

En otro de los aspectos, se detalló que "el Fiduciario será el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuya función será la de administrar los recursos del Fondo Fiduciario Programa de Mejora de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires (PROMEI), de acuerdo a las instrucciones que le imparta el Consejo de Administración”.

Sobre el Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano, se estableció que su "objeto es financiar, bajo cualquier modalidad, la ejecución de obras y emprendimientos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, así como promover la participación privada en la construcción, mantenimiento, operación y financiamiento de las obras públicas autorizadas por la misma".

Entonces, se explicó que "los recursos se afectarán al pago y/o garantía de las obligaciones que el Estado Provincial contraiga bajo el régimen de la presente Ley, como también a financiar, mediante préstamos a personas humanas, a ser desembolsados a través de entidades financieras y/o entidades con fines de lucro, la construcción, ampliación, terminación o refacción de viviendas".

A su vez, los gastos de funcionamiento del Consejo de Administración serán solventados únicamente con hasta el uno con cinco por ciento (1,5%) de recursos que perciba el Fondo Fiduciario. En tanto, "podrá contraer deuda en el País o en el exterior, e incluso asumir el carácter de contraparte en operaciones con organismos multilaterales de crédito, siempre que así lo requieran los fines de fideicomiso y cuente con el consentimiento previo del Consejo de Administración. A tales fines podrá afectar en garantía hasta el cincuenta por ciento (50 %) de los activos y flujos de recursos del Fondo que no estuvieren ya afectados en garantía, en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior".

De cara al programa Desendeudadas, se indicó: "Autorízase al Poder Ejecutivo a aprobar el contrato de Fideicomiso, disponer la integración de su patrimonio y a establecer, a través del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, los requisitos de ingreso, las condiciones de cancelación de los créditos de las personas beneficiarias con los acreedores originales y toda otra medida que resulte necesaria para la implementación del Programa referenciado en el artículo 85. El mencionado Fondo funcionará en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, el cual será Autoridad de Aplicación del régimen del fondo y cumplirá el rol de organizador del fideicomiso en forma conjunta con el Ministerio de Hacienda y Finanzas".

 

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