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Argentina
23 de junio de 2022
NOTA DE GRAFICA

Agrupaciones con los días contados

La Junta Electoral de la Provincia dio a conocer cuáles son los partidos que están contra las cuerdas por su escaso número de afiliados. Qué podrían perder y qué marca la normativa vigente.

Agrupaciones con los días contados
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El clima proselitista comienza a tomar temperatura de cara a los comicios del 2023 y los organismos electorales de la Provincia pusieron la lupa sobre las agrupaciones que tienen reconocimiento nacional e intimaron a aquellas que no cumplen las condiciones de mantener el número mínimo de afiliados requerido para el reconocimiento definitivo. ¿Cuáles son los principales partidos? ¿Qué secciones son las más comprometidas?

En tiempos de crisis de representación partidaria, como también de descreimiento a los principales referentes, las agrupaciones políticas siguen siendo el principal instrumento para el funcionamiento democrático. Sin embargo, a nivel provincial, más de una cuarentena de fuerzas no cumplen con los requisitos de mantener el número mínimo de afiliados para conservar su personería jurídico-política, y el mismo esquema se reproduce con 65 partidos municipales sin distinción de colores, como también de ideologías.

En su verificación anual y de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Constitución provincial, como así también de las normas vigentes, la Junta Electoral bonaerense hizo el zarandeo con las agrupaciones políticas nacionales reconocidas en tierras bonaerenses y filtró aquellas que se encuentran al límite con su número de afiliados.

A raíz de ello dispuso una intimación por un plazo improrrogable de noventa días corridos para que las fuerzas políticas que no alcanzasen el mínimo legal de afiliaciones cumplan con dicho recaudo legal, bajo apercibimiento de declarar la caducidad.

Cabe destacar que según establece la Ley 9.889/92 en su artículo 12, los partidos de distrito, a quienes las autoridades nacionales competentes les hubieren reconocido personería jurídico-política en la provincia de Buenos Aires, deberán contar con un número de afiliados con relación al último registro oficial de electores de la Provincia, no inferior al 4 por mil, de por lo menos dos secciones electorales, el que no podrá ser menor de ocho mil afiliados.

Si bien la mayoría de los partidos políticos intimados por la Junta Electoral cumple con la condición de los ocho mil afiliados a nivel provincial (ver cuadros), las agrupaciones partidarias tienen dificultades para completar las fichas asociadas en las secciones electorales, y es en esta segmentación donde se les complica reunir el número requerido para conservar la personería, más allá de la cuenta final en tierras bonaerenses.

Qué agrupaciones son las más complicadas y cuáles deberán redoblar sus esfuerzos para engrosar sus afiliaciones y participar sin problemas en la próxima contienda electoral.

Julio Burdman (Analista político)
“En los últimos años la Argentina tuvo un modelo de frentes estables”


En diálogo con La Tecla, el analista y consultor político Julio Burdman consideró que “los partidos políticos están teniendo un problema con las afiliaciones, con la organización burocrática interna; la única excepción es la UCR, que, si bien tiene una caída de afiliaciones notable, sus órganos funcionan”.

En esta línea sostuvo: “En los últimos años la Argentina tuvo un modelo de frentes electorales estables que transformó el sistema de partidos y no a los partidos en sí, y son más sólidos que en otros países de la región”. Respecto a las afiliaciones y el funcionamiento Territorial, Burdman señaló: “Todo eso sigue estando débil”.

En referencia a los modelos de representación aclaró que “la política está personalizada hace mucho tiempo y la gente vota a candidatos, pero esa idea es un poco simplista, porque el electorado tiene bastante regularidad. Hay gente que vota siempre a los candidatos peronistas o antiperonistas, pero está más claro en la política contemporánea que hay identidades políticas”.


La letra chica de la ley en Nación y, también, en la Provincia

Tras la restauración de la democracia en 1983, el Congreso reguló y actualizó la normativa respecto de la fundación, constitución, doctrina, organización, funcionamiento, patrimonio, caducidad y extinción de los partidos políticos.

Según los puntos establecidos en la Ley Nº 23.298, para que a una agrupación política se le pueda reconocer su personería jurídico-política debe cumplir con las constancias, que acrediten la adhesión de un número de electores no inferior al 4 por mil del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito correspondiente, hasta el máximo de un millón; y para conservar la personería, los partidos políticos deben mantener en forma permanente el número mínimo de afiliados.

En la provincia de Buenos Aires quedó establecido, por el derecto Ley 9.889/82, que los partidos de distrito a los que las autoridades nacionales competentes les hubieren reconocido personería jurídicopolítica deberán contar con un número de afiliados con relación al último registro oficial de electores de la Provincia no inferior al 4 por mil, de por lo menos dos secciones electorales, el que no podrá ser menor de 8.000 afiliados.

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