Argentina
Jueves, 28 marzo 2024
CRISIS ECONOMICA
13 de octubre de 2022

Más impuestos: el Gobierno oficializó el "dólar turista": de qué se trata y a quiénes alcanza

A partir de la Resolución General 5272/2022 dispuso un nuevo impuesto para los consumos en dólares en el exterior que superen los USD 300 e incluyó en la medida una serie de bienes que estarán alcanzados.

Más impuestos: el Gobierno oficializó el

El Gobierno Nacional publicó este jueves en el Boletín Oficial el reglamento del dólar turista y del dólar cultural, entrando en vigencia la implementación del nuevo tipo de cambio en el contexto de la Emergencia Pública.

El dólar turista se basa en el consumo de la moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos que superen los 300 dólares al mes. En ese caso, se deberá pagar un 25% más como impuesto a los Bienes Personales.

En este tipo de cambio, ingresan los bienes “de lujo” comprados en el exterior, como son los autos y motos de alta gama, barcos, bebidas alcohólicas premium, relojes, perlas, diamantes, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.

En su Resolución General 5272/2022, excluye a los proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en “el ámbito del Estado nacional, Estado provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino”.

En el dólar turista, tampoco “gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos”. Ni relacionados a la compra de materiales para luchar contra el fuego.

Respecto al dólar cultural o dólar Coldplay, también se oficializó su implementación mediante el Decreto 682/2022 publicado en el Boletín Oficial. Este impactará en las productoras de eventos culturales para que puedan girar sus divisas al exterior al momento de llevar a cabo conciertos internacionales.

El dólar cultural entra en vigencia con un 30% más pero con el objetivo de que las productoras tengan la divisa en tiempo y forma para pagarle a los artistas o empresas del extranjero.




En tanto, en el decreto publicado señala que “no modifica de manera alguna el tratamiento actual de los servicios digitales comprendidos en el numeral 7 del inciso m) del apartado 21 del inciso e) del artículo 3º de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, que incluye la descarga de series, películas y otros contenidos audiovisuales a dispositivos conectados a Internet y la difusión de música, películas o cualquier contenido digital a través de tecnología de transmisión de datos (streaming), entre otros”.

Por otra parte, las personas que realicen consumos en dólares con tarjetas para pagar consumos de aplicaciones y streaming (Youtube, Spotify, Netflix, etcétera), no sufrirán modificaciones.

A su vez, en la medida señalan que también hay un listado de bienes suntuarios o “de lujo” comprados en el exterior que serán alcanzados por este impuesto.

La lista informada en la Comunicación “A” 7532
- Automóviles y motos de alta gama.

- Jets privados-pequeños aviones.

- Embarcaciones de uso recreativo.

- Bebidas alcohólicas prémium (valor mayor a 50 dólares).

- Relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas.

- Máquinas tragamonedas.

- Máquinas para minar criptomonedas.

- Helicópteros.

- Drones.

- Jet ski.

- Cuatriciclos.

- Alimentos gourmet.

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