La Tecla
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Hay algunas curiosidades que se desprenden de la comparación de los números del Censo del año pasado y el resultado del CUD que se aplicaría a partir de esos datos. Por ejemplo, el municipio de La Costa registra uno de los saltos poblacionales más importantes entre 2010 y 2022 (sus habitantes crecieron 47,68% en 12 años) y sin embargo tendría un descenso en el Código de Distribución. Esto se explica porque dentro de la composición del CUD también figura el crecimiento de la población turística, y tanto La Costa, como Villa Gesell (21,70% de habitantes más) y Monte Hermoso (35,73%), pese al exponencial crecimiento de residentes, tienen una suba de turistas por debajo del promedio de incremento de población de la Provincia. Pinamar es un caso inverso, ya que el aumento turístico está por encima de ese promedio.
En otros casos, entre los que podríamos mencionar a Lomas de Zamora, Alberti, Trenque Lauquen, Carlos Tejedor, Pellegrini y Tornquist, el crecimiento de la población supera al promedio provincial y, de igual manera se ve una reducción del CUD su se compara con el vigente. Para explicarlo tomamos el caso de Lomas de Zamora.
La población lomense creció un 12.66% entre 2010 y 2022, pero el CUD recalculado con el Censo 2022 sería un 0.04% menor al vigente, y eso le significaría a las arcas municipales una pérdida de casi 9 millones de pesos. ¿Por qué sucede? Cuando se listan todos los resultados comparados con el año anterior se debe realizar el ajuste previsto en el Artículo 6 bis de la Ley 10559 (ver subtítulo posterior “Un coeficiente complejo”), que en este caso significa para Lomas un ajuste de 0.048088457 en el subtotal del CUD; resultando el total del CUD 2023 calculado con la población 2022 igual a 2.81430. Así, el CUD 2023 recalculado con el Censo 2022 es un 4,26 % mayor al CUD del año anterior (2.69931), pero un 0.04% menor al CUD 2023 vigente (2.81548). De la misma manea se verían perjudicados los otros distritos mencionados.
UN COEFICIENTE COMPLEJO
La Masa Coparticipable está definida en el Art.1 de La Ley 10.559 que establece: “Las Municipalidades de la Provincia recibirán en concepto de coparticipación el 16,14% del total de ingresos que percibe la Provincia en concepto de impuestos sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto a los Automotores, Impuesto de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios y Coparticipación Federal de Impuestos”.
Esa masa coparticipable se distribuye por el Coeficiente Único de Distribución (CUD), que se calcula en base a la integración de tres regímenes:
1) El Régimen General (58%)
2) El Régimen de Salud (37%)
3) El Régimen de Acción Social (5%)
“La población tiene una incidencia del 62% sobre el régimen general y del 36% sobre la conformación definitiva del CUD. El Censo 2022 (publicado el 31/01/2023) arrojó que la población de la Provincia creció un 12,44%, con respecto al Censo 2010. Algunos municipios crecieron por arriba y otros por debajo de este porcentaje; por ende, variaría el CUD 2023 y los potenciales fondos para cada Municipio si se hiciera el ejercicio de reemplazar la población del Censo 2010 con la del Censo 2022 en la conformación del CUD”, especifica el informe elaborado en las oficinas de uno de los senadores de la oposición.
Se especifica además que “el CUD siempre es elaborado con el último Censo vigente del INDEC y no con las proyecciones poblacionales que realiza este organismo de estadística. Por lo tanto, el CUD para el ejercicio 2023 se elaboró con el resultado del Censo Poblacional 2010”.
De acuerdo al Art.6 de La Ley 10.559 el coeficiente debe modificarse “a partir del Ejercicio siguiente” al que se publiquen los datos, por lo cual es correcto que la Provincia distribuya la coparticipación como lo estableció a través de la resolución 885/2022, que se publicó en el Boletín Oficial el 2 de enero. Es decir que el gobierno bonaerense recién aplicará los datos poblacionales del Censo 2022 para el Código de Distribución del próximo año.
A ello se le incorporó luego el Art 6 Bis, que dice que “en ningún caso la variación porcentual de los coeficientes únicos de distribución entre las Municipalidades puede implicar para un municipio una merma mayor al cinco por ciento (5%), comparando el último Coeficiente Único de Distribución (CUD) aprobado con el que surja de calcularlo de acuerdo a los nuevos datos informados por las reparticiones oficiales pertinentes”, y establece que “los ajustes que se requieran en los municipios cuyo coeficiente disminuya más del cinco por ciento serán cubiertos por todos los municipios que presenten incrementos en el CUD, de manera proporcional, teniendo en cuenta la participación relativa que representa el incremento individual en relación a la suma de todos los incrementos”.
Por este caso es que hay municipios que pese a un alto crecimiento poblacional no suman porcentualmente mucho en el CUD y hasta hay casos en que se reduce, como vimos anteriormente que sucedería, entre otros, con La Costa, Villa Gesell y Monte Hermoso.
PEDIDO DE CAMBIOS
A modo de conclusión, el informe que circula entre los legisladores de Juntos establece algunos cuestionamientos sobre la Ley 10.559, sancionada en 1987, donde se establece el régimen de reparto. Se desprende que desde Juntos también se piensa en un cambio de la normativa para darle más “justicia y dinamismo” a la elaboración del Código Único de Distribución.
Uno de esos cuestionamientos es que no se utilizan datos de población proyectada debiendo esperar 10 años para actualizarse esta información. Además, pone la lupa sobre el porcentaje que se desprende del Censo Económico y de su falta de actualización; y observa la falta de certificación del proceso de obtención de los datos de salud, sobre los que hay siempre suspicacias entre los intendentes.
En ese sentido, el informe considera “necesario incorporar nuevos parámetros que prevean una distribución más equitativa que se ajuste a la situación actual de los Municipios Bonaerenses”, y pide que para realizar esos ajustes se tomen en cuenta “las nuevas responsabilidades y necesidades que deben satisfacer los municipios”, además de considerar “el impacto ambiental de cada distrito pudiéndose tomar como índice de medida a la huella de carbono de la comunidad (es un indicador ambiental que pretende reflejar «la totalidad de gases de efecto invernadero emitidos por efecto directo o indirecto de un individuo, organización, evento o producto)”
Además, se establece como prioritario “rever la participación porcentual y conceptualización del componente de salud para poder también privilegiar las necesidades (la demanda) en lugar de únicamente la oferta como sucede en la actualidad”. Y se propone tomar en cuenta “otros indicadores que impacten tanto en los recursos como en los gastos que deba afrontar un municipio”.
“Claramente, en el sistema legal de conformación del CUD no hay una política de datos abiertos ni margen de discusión para que los municipios tengan mayor control y participación sobre esta herramienta fundamental para la gestión gubernamental. Por ello, los diferentes actores políticos deberían en breve buscar soluciones superadoras a este régimen que se ajusten a la dinámica social imperante”, propone el paper. Un claro adelanto que, en caso de ganar las próximas elecciones, la actual oposición buscaría cambiar el modo de distribuir la coparticipación a los distritos.