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Viernes, 22 noviembre 2024
Argentina
2 de agosto de 2023
RUMBO A LAS URNAS

Elecciones en las cárceles: cuántos presos podrán votar en la provincia de Buenos Aires

Los comicios también se llevarán a cabo en establecimientos penitenciarios de todo el país. Asimismo, podrán sufragar con boleta única.

Elecciones en las cárceles: cuántos presos podrán votar en la provincia de Buenos Aires
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Las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 13 de agosto comenzarán a definir el destino del país por los próximos cuatro años y la población deberá elegir a sus representantes. En ese marco, quienes se encuentran privados de la libertad en establecimientos penitenciarios también podrán sufragar. En la provincia de Buenos Aires, más del 36 mil presos están en condiciones de hacerlo.

Un total de 70.018 personas presas se encuentran habilitadas para votar en los próximos comicios en todo el país. Además, como detalle, utilizarán la boleta única como sistema de sufragio en las distintas cárceles de todo el país.

Asimismo, más de la mitad de esa población se encuentra en los 95 penales de la provincia de Buenos Aires y son 36.516 electores detenidos. En tanto, el lugar con mayor caudal de votos es la Unidad N 2 de Sierra Chica­, de máxima seguridad con 2.108 personas en condiciones de votar.

Córdoba y Santa Fe son los dos distritos que completan el podio con 8.218 y 5.299. El resto del padrón se compone de la siguiente manera: Ciudad de Buenos Aires tiene 867 electores privados de la libertad; Catamarca, 276; Corrientes, 1.277; Chaco, 973; Chubut, 373; Entre Ríos, 1.316; Formosa, 433; Jujuy, 734; La Pampa, 391; La Rioja, 438; Mendoza, 4.623; Misiones, 1.081; Neuquén, 303; Río Negro, 603; Salta, 2.227; San Juan, 1.207; San Luis, 656; Santa Cruz, 231; Santiago del Estero, 985; Tucumán, 861; y Tierra del Fuego, 130.

En total, son 305 centros de reclusión, desde complejos penitenciarios hasta alcaidías, pasando por centro de contención infanto-juvenil.

El Código Electoral Nacional reconoce el derecho a votar a las personas procesadas que se encuentren cumpliendo prisión preventiva. Si la persona procesada está detenida en un distrito electoral diferente al que le corresponde por su domicilio registrado, votará en el establecimiento donde se encuentra alojada y el voto se computará para el distrito donde está empadronada.

Para poder votar las personas procesadas que estén cumpliendo detención deben estar incluidas en el Registro de Electores Privados de Libertad, que es elaborado por la Cámara Nacional Electoral.

Los electores sólo pueden votar en la mesa receptora de votos donde figuran y las autoridades de las cárceles deben arbitrar los medios para que cada privado de la libertad reciba su documento cívico dentro de las 24 horas anteriores a la fecha de los comicios.



 

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