Leyes promulgadas: Parkinson e investigación en salud, entre los principales cambios
Según el Boletín Oficial, el Ejecutivo promulgó esta mañana un paquete de leyes que ya se encuentran autentificadas y listas para su ejecución. De esta manera, las nuevas normativas ya rigen en toda la provincia de Buenos Aires.
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De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial, través del director de Registro Oficial, Subsecretaría Legal y Técnica, Lic. Facundo E. Aravena, fueron promulgadas cuatro leyes que contemplan cambios en materia de salud y en el área judicial.
LEY N° 15.459
La primera de ellas corresponde a reconocer y garantizar el pleno ejercicio de los derechos de toda persona que padezca la enfermedad de Parkinson en toda la provincia de Buenos Aires.
A su vez, se declara de interés provincial la investigación, estudio, detección y tratamiento de la enfermedad. A fin de que quienes padezcan Parkinson puedan recibir un trato digno libre de discriminación, se le garantice el acceso libre al trabajo y a recibir asistencia medica integral en tiempo y forma.
Las obras sociales y entidades de medicina prepaga y toda otra figura jurídica que brinde cobertura médico asistencial, que presten servicio en la provincia de Buenos Aires, deberán brindar la cobertura en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud a todas aquellas personas que padecen la enfermedad de Parkinson.
Además, las instituciones de salud pública de la Provincia deberán dar provisión gratuita de medicamentos requeridos, estudios diagnósticos, así como el acceso al tratamiento integral que los mismos necesiten.
LEY N° 15.462
Esta ley tiene como objetivo a los subsectores público, privado, y de la seguridad social pertenecientes al sector de Salud de la Provincia de Buenos Aires y tiene por destino salvaguardar los derechos y la dignidad de las personas en investigación, como así también, regular la actividad de la investigación en salud.
Para eso, se entiende por “Investigación en Salud Humana” a cualquier actividad de las ciencias de la salud que involucre la recolección sistemática o el análisis de datos con la intención de generar nuevo conocimiento científico.
LEY N° 15.460
Se modifican los artículos 1° y 2° de la Ley 12.918, que declaran Fiesta Provincial de la Soberanía Patagónica. Dicha fiesta se realiza todos los años, el 7 de marzo, en la ciudad de Carmen de Patagones, en conmemoración de una gesta patriótica.
LEY N° 15.461
Se modifica el Artículo 85° de la Ley 15.394 para quedar redactado de la siguiente manera: “Incorpórase al nivel 21 de la Planilla Anexa a la Ley 10.374 las siguientes categorías de magistrados y funcionarios: Presidente de la Cámara de Apelación, Juez de Cámara de Apelación; Fiscal de Cámara de Apelación; Defensor General Departamental; Fiscal Adjunto del Tribunal de Casación Penal y Defensor Adjunto del Tribunal de Casación Penal, Secretario de la Suprema Corte de Justicia; Secretario de la Procuración General”.