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Viernes, 27 diciembre 2024
Argentina
5 de junio de 2024
PILAR

 La Suprema Corte de la Provincia rechazó el amparo presentado contra la Tasa vial

El máximo tribunal de la provincia desestimó el planteo presentado por Matías Yofe de la Coalición Cívica, confirmando la legalidad del paquete de tasas municipales, incluyendo la controvertida tasa sobre los combustibles.

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La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha rechazado el recurso de inconstitucionalidad presentado contra una serie de tasas municipales en Pilar, entre ellas la tasa vial que afecta el precio de los combustibles. Esta medida, que ha generado críticas desde el gobierno nacional, fue cuestionada judicialmente por Matías Yofe, dirigente de la Coalición Cívica, con el apoyo de Elisa Carrió tras el fallo adverso.

 

En enero, el Concejo Deliberante de Pilar aprobó una tasa vial que incrementa en un 2,5% el precio del litro de combustible en las estaciones de servicio del distrito gobernado por Federico de Achával (Unión por la Patria). Esta tasa se ha extendido a otros municipios del conurbano como Lomas de Zamora, Berazategui, Almirante Brown, Quilmes, San Vicente y Lanús, durante la primera mitad del año.

 

Hace poco más de un mes, el vocero presidencial, Manuel Adorni, expresó el descontento del gobierno de Javier Milei con la tasa sobre los combustibles. En una conferencia de prensa, Adorni comentó: “Hemos notado cierta proliferación de varios municipios que intentan cobrar nuevas tasas a través de, por ejemplo, los tickets de combustibles. Estamos evaluando todas las alternativas para que esto deje de ocurrir, ya que se trata de un abuso que afecta a los consumidores”.

 

Yofe, líder de la Coalición Cívica en Pilar, planteó en la Justicia la inconstitucionalidad de la tasa sobre los combustibles, así como de otras tasas locales como la Tasa de Protección Ambiental y la Contribución Obligatoria al Hospital de Emergencia y Alta Complejidad de Pilar. Argumentó que la tasa vial generaba un conflicto al gravar un hecho ya alcanzado por el impuesto nacional sobre los combustibles líquidos y violaba el Pacto Fiscal Federal de 1998, que prohíbe tributos locales sobre los combustibles.
 

 La Suprema Corte de la Provincia rechazó el amparo presentado contra la Tasa vialMatías Yofe, líder de la Coalición Cívica en Pilar.

La Municipalidad de Pilar, en respuesta al planteo de Yofe, defendió la legalidad de la tasa, alegando la "inadmisibilidad de la demanda, así como su improcedencia sustancial". La comuna sostuvo que el cobro de esta tasa es un ejercicio legítimo de las facultades municipales, necesarias para el mantenimiento de caminos que sufren deterioro por el uso y el tiempo, y cuyos costos no pueden cubrirse únicamente con fondos nacionales o provinciales.


 La Suprema Corte de la Provincia rechazó el amparo presentado contra la Tasa vial
El Honorable Concejo Deliberante de Pilar.

Finalmente, la Suprema Corte bonaerense resolvió "rechazar la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por inadmisible". El fallo, firmado por los jueces Sergio Torres, Hilda Kogan, Daniel Soria y Luis Genoud, argumentó que la presentación de Yofe carecía del mínimo de fundamentación necesaria para que el tribunal pudiera ejercer su competencia según el artículo 161 inciso 1º de la Constitución provincial. El tribunal concluyó que la demanda no ofrecía un análisis preciso de las disposiciones impugnadas frente a la Constitución provincial y nacional.

 

Tras el fallo adverso, Elisa Carrió recibió a Yofe para asesorarlo sobre los próximos pasos. Además, Yofe deberá hacerse cargo de las costas del proceso, por lo que presentará un pedido de "readecuación" y analiza la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema nacional. Este expediente comenzó como un recurso de amparo en un tribunal criminal de San Isidro, que se declaró incompetente y lo remitió a la Corte Suprema provincial.

 

Consultados por este diario, los voceros del municipio de Pilar prefirieron no hacer comentarios adicionales sobre el fallo que validó la tasa sobre los combustibles y otras medidas locales.

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