12 de septiembre de 2024
COMUNICADO
La Provincia se rebela ante la resolución que prohíbe cobrar tasas en los servicios
Desde el Organismo de Control de la Energía de la Provincia de Buenos Aires emitieron un comunicado donde aseguran que la norma estipulada por el gobierno nacional no resulta de aplicación directa por el marco regulatorio que rige en territorio bonaerense.
Tras la polémica desatada por la resolución Nº 267/2024 dictada por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, donde prohíbe el cobro de tasas por parte de los municipios en las facturas de servicios, desde la provincia pusieron el grito en el cielo y aseguraron que esa resolución “no resulta de aplicación directa” debido al marco regulatorio que existe en la provincia.
En ese sentido, desde el Organismo de Control de la Energía de la Provincia de Buenos Aires (OCEPBA), emitieron un comunicado indicando todas las normativas que contrarrestan la iniciativa que tuvo el ministro de Economía de la Nación, Luís Caputo.
La entidad dependiente del ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense aseguró: “Sobre las consultas recibidas por la inclusión de conceptos ajenos en la facturación del servicio público de distribución de energía eléctrica, con motivo de la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, de la Resolución Nº 267/2024 dictada por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, este Organismo informa que el marco regulatorio que rige en el ámbito de la provincia de Buenos Aires aprobado por la Ley 11.769, en su artículo 78 prevé la posibilidad de incluir conceptos ajenos en la facturación”.
“La provincia ha dictado diversas normas que la reglamentan y complementan a los fines de su implementación y es por ello que la citada norma nacional no resulta de aplicación directa, conforme lo estipula expresamente el tercer párrafo del artículo 25 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor”, añadieron en el comunicado.
Este reclamo que realiza la provincia se sumó al que hicieron algunos intendentes bonaerenses que cuestionaron esta medida por parte del gobierno nacional porque “ahoga a sus distritos”, entre los que se encuentran Mariano Cascallares (Almirante Brown); Mayra Mendoza (Quilmes) y Mario Secco (Ensenada).
En el comunicado también resaltan a la Ley provincial 11.769, que regula la “inclusión de conceptos ajenos en las facturas, estableciendo el cumplimiento de los recaudos correspondientes, sin que ello vulnere los principios de la Ley de Defensa del Consumidor”.
Por otra parte, destacaron que dada su vinculación con el servicio público de distribución de energía eléctrica, el consumo por alumbrado público puede ser incorporado en la factura como prestación del servicio de acuerdo a lo regulado por la Ley provincial 10.740.
“Sin dejar de considerar que la norma nacional pretende avasallar competencias provinciales propias de esta jurisdicción, corresponde indicar que el régimen provincial contempla expresamente la regulación en los conceptos ajenos, sin que ello vulnere los principios de la Ley de Defensa del Consumidor”, cerraron.