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Jueves, 19 diciembre 2024
Argentina
19 de diciembre de 2024
MEDIDA DE FUERZA

Se levantó el paro de colectivo en AMBA

Unidades de las empresas Metropol y La Ideal de San Justo, entre otros, no circularon durante la mañana por una medida de fuerza de los choferes. El ultimátum de la UTA por el aguinaldo.

Se levantó el paro de colectivo en AMBA
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Choferes de las empresas de colectivos Metropol y La Ideal de San Justo, entre otras, pararon de forma sorpresiva la mañana de este jueves 19 de diciembre ante la falta de pago del aguinaldo, a pesar de la conciliación obligatorio dictaminada el miércoles por el Ministerio de Capital Humano ante la advertencia de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) de interrumpir los servicios, más de 10 líneas no iniciaron sus recorridos. Sobre el mediodía la medida fue levantada y el servicio comenzó a normalizarse.

Cuáles son las líneas que no circulan 

Más de 15 líneas de colectivos que circulan en el AMBA no iniciaron sus recorridos este jueves 19 de diciembre en reclamo a la falta de acreditación del medio aguinaldo. Según se informó, la medida de fuerza afecta a las líneas: 4, 10, 22, 49, 86, 88, 96, 97, 148, 159, 176, 185, 193, 205, 300, 500, 448 y 621.

Por su parte, la empresa MOQSA informó en la noche del miércoles que las líneas 22, 148, 159 y 500 no circularán hasta que el dinero correspondiente al aguinaldo esté depositado en las cuentas de los trabajadores.

El ultimátum de la UTA 

En un comunicado, la UTA rechazó el pago del aguinaldo en cuotas. “Nos encontramos ante un acuerdo salarial que ha sido suscripto y homologado, por tanto, debe ser cumplido”, señaló Roberto Fernández.

“Toda vez que de la misma manera que en circunstancias de beneficios empresarios extraordinarios, los trabajadores son ajenos, en las circunstancias de dificultades de liquidez y/o los vaivenes y la dinámica empresarial en su relación con la autoridad de aplicación y situaciones no tan beneficiosas”, indicaron.

Y agregaron: “También ajeno resulta a la necesidad de los trabajadores a percibir sus salarios, y de hacer efectivo el derecho a la percepción del sueldo anual complementario, razón por la cual no permitiremos plazo, cuota, quita, espera ni modalidad alguna la percepción de nuestros haberes”.
 

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