29 de mayo de 2025
BOLETÍN OFICIAL
Para agendar: cuáles serán las fechas del cronograma electoral bonaerense
El Gobierno provincial oficializó por resolución de la Junta Electoral el calendario de cara a las próximos comicios. Todas las instancias

A través de su publicación en Boletín Oficial, el Gobierno provincial oficializó por resolución de la Junta Electoral el calendario de cara a las próximos comicios. Cabe recordar, que el pasado 7 de abril, el gobernador Axel Kicillof firmó el decreto que determina que las elecciones provinciales se llevarán a cabo el próximo 7 de septiembre.
En ese entonces, el mandatario expresó: “Tengo la facultad y la autoridad para fijar la fecha de las elecciones provinciales y la voy a ejercer como corresponde, con responsabilidad, con transparencia y con un objetivo claro: garantizar un calendario electoral serio”, y agregó: "Milei impulsó de manera inconsulta un sistema nuevo de votación, la boleta única de papel, que obliga a que cada persona vote en dos urnas, con boletas y sistemas diferentes: hemos realizado un trabajo serio de estudios, consultas, simulaciones y resulta inviable votar de esta manera".
En ese sentido, el Gobernador subrayó: "No puedo convalidar esa situación. La única manera de asegurar que todos puedan votar de manera simple es haciéndolo en dos días diferentes: firmé un decreto para que la elección provincial se realice el día 7 de septiembre, con el objetivo de garantizar un proceso electoral ordenado, transparente y centrado en el derecho de los bonaerenses a elegir en condiciones claras".
Fechas clave:
19/6
Último plazo para la entrega de fichas de afiliación y listados de afiliados emitidos por la Justicia Electoral Nacional.
Resolución Técnica N.º 146/2023
29/6
Vencimiento del plazo de reconocimiento de agrupaciones y partidos políticos.
Resolución Técnica N.º 146/2023
(70 días antes de la elección)
9/7
Vence el plazo para la presentación de alianzas.
Art. 16. Decreto Ley 9889/82
(60 días antes de la elección)
19/7
Fin del plazo de presentación de candidatos.
Ley 15523 – 50 días antes de la elección
Sanción de plataforma electoral, ratificación de la anterior.
Art. 20 del Dec. Ley 9889/82
8/8
Designación de locales donde funcionarán las mesas receptoras de sufragios.
Art. 56 Ley 5109 – 30 días antes de la elección
Designación de autoridades de mesa.
Art. 41 Ley 5109 – 30 días antes de la elección
Fin del plazo de presentación de boletas ante la Junta Electoral.
Ley 15523 – 30 días antes de la elección
Inicio de la campaña electoral.
Art. 16 Ley 14086
(30 días de anticipación)
23/8
Inicio de publicidad electoral audiovisual.
Art. 16 Ley 14086
(La propaganda en medios deberá limitarse a los 15 días previos a la elección)
Inicio de prohibición de actos de gobierno.
(Durante los 15 días previos a la elección no podrán realizarse actos de gobierno y/o publicidad oficial)
30/8
Inicio de publicación de resultados de encuestas o sondeos.
Art. 16 Ley 14086
(Se limita a 8 días antes de los comicios)
5/9
Fin del plazo de campaña electoral, emisión de propaganda, y difusión de encuestas o sondeos.
Art. 16 Ley 14086
(Debe finalizar 48 h antes del acto eleccionario)
7/9
ELECCIONES PROVINCIALES
Inicio de publicidad de proyecciones sobre resultados electorales.
Art. 16 Ley 14086
(Sólo pueden difundirse a partir de las 21:00 horas del día del comicio)
13/9
Inicio de tareas del Escrutinio Definitivo.
Arts. 20 inc. c) y 21 de la Ley 5109
6/11
Fin del plazo para la justificación de la no emisión del voto.
Art. 137 Ley 5109
(60 días desde la fecha del comicio)