30 de agosto de 2025
BOLETÍN OFICIAL
Provincia actualiza tarifas eléctricas: aval al recálculo y reducción gradual de subsidios
El Ministerio de Infraestructura bonaerense aprobó nuevos cuadros tarifarios para EDELAP, EDEA, EDEN y EDES desde el 1° de agosto de 2025, incorporando precios mayoristas nacionales. Los detalles

El Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires aprobó el recálculo de los cuadros tarifarios de EDELAP, EDEA, EDEN y EDES —y sus áreas de referencia— con vigencia desde el 1° de agosto de 2025. La medida refleja los precios de la energía, la potencia y el transporte definidos a nivel nacional y actualiza de manera transitoria el Valor Agregado de Distribución (VAD), el Sobrecosto de Generación Local (SGL), el Agregado Tarifario (AT) y el Cargo de Transición Tarifaria (CTT).
El ajuste provincial se apoya en la reprogramación trimestral de invierno del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) aprobada por la Secretaría de Energía nacional el 30 de julio de 2025 (POTREF, PEE y cargos de transporte) y en la normativa que dispuso, desde febrero, la reducción gradual de las bonificaciones al precio estacional para usuarios residenciales N2 (bajos ingresos) y N3 (ingresos medios). Ese recorte se traslada por “pass through” en once tramos mensuales.
La resolución también contempla el régimen de “Zona Fría” para usuarios sin acceso a gas por redes en subzonas bioambientales IRAM 11603 (IIIa a VI), elevando los consumos base a 700 kWh/mes para N2 y 500 kWh/mes para N3 durante agosto. Además, actualiza valores para Tarifa Social (Niveles 1, 2 y 3), entidades de bien público y “Clubes de Barrio y Pueblo”, con precisiones sobre categorías alcanzadas y compatibilidades.
Entre las definiciones operativas, se instruye al OCEBA a continuar con el recálculo y a informar mensualmente a la Subsecretaría de Energía los montos facturados por CTT a distribuidores provinciales y municipales. También se fijan precios para la energía inyectada por usuarios-generadores bajo el esquema de generación distribuida domiciliaria, tanto para las concesionarias como para las áreas de referencia.
La autoridad ratificó que las tarifas de distribución deben reflejar costos de energía, transporte y distribución según el Marco Regulatorio Eléctrico bonaerense. Con la publicación en el Boletín Oficial, los nuevos valores —incluidas variantes “con” y “sin” subsidio— rigen desde el día siguiente para todos los segmentos: residenciales (N1, N2, N3), no residenciales, alumbrado público, organismos públicos y grandes demandas.