13 de noviembre de 2025
ATENCION
Privatización de AySA: la empresa podrá cortar el suministro por falta de pago
La decisión afecta directamente a los usuarios de agua y cloacas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de numerosos partidos del Conurbano bonaerense.

El Gobierno nacional oficializó, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 493/2025, una profunda reforma del marco regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
La medida, firmada por el presidente Javier Milei y su gabinete, sustituye decenas de artículos del régimen anterior vigente, habilita la privatización de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA) y redefine las condiciones para la participación estatal y privada en la empresa.
El texto justifica la reforma en la “profunda crisis económica que limita severamente la capacidad del Estado para sostener y expandir la prestación del servicio público”, y señala el “creciente deterioro operativo y financiero de Agua y Saneamientos Argentinos S.A.”.
Según el decreto, entre 2006 y 2023 el Estado transfirió a la empresa unos 13.400 millones de dólares, sin lograr revertir la caída en la productividad y el aumento de los costos operativos.
Entre las principales novedades, se establece que la empresa podrá “cobrar las tarifas por el Servicio Público y las Actividades Complementarias Reguladas prestados bajo las modalidades que establezcan el presente Marco Regulatorio, el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) y el Contrato de Concesión”.
Además, se le otorgan facultades para “efectuar el corte del servicio en caso de mora” y para “constituir como garantías los fondos provenientes de la explotación del Contrato de Concesión para garantizar el repago del financiamiento destinado a la prestación del Servicio Público”.
El decreto incorpora un “Plan Director de Mejora Estratégica”, que deberá ser elaborado por la Agencia de Planificación (APLA) y revisado cada cinco años. Este programa servirá como directriz para la ampliación y extensión del servicio, aunque no tendrá carácter vinculante.
Para cerrar, el DNU prevé mecanismos de resolución de controversias entre el Estado y la concesionaria, incluyendo la posibilidad de recurrir a arbitrajes, y faculta a la empresa a celebrar convenios con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.