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Miércoles, 28 enero 2026
Argentina
24 de diciembre de 2025
NUEVA MEDIDA

La Provincia reglamentó el Servicio de Guardaparques y fijó condiciones laborales

El Gobierno bonaerense avanzó con la implementación de la Ley N° 15.432 en el marco del Ministerio de Ambiente. Asimismo, habrá una reestructuración para poner en funcionamiento el nuevo esquema.

La Provincia reglamentó el Servicio de Guardaparques y fijó condiciones laborales
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El gobierno de la provincia de Buenos Aires aprobó la reglamentación de la Ley N° 15.432, que crea el Servicio de Guardaparques del Sistema Provincial de Áreas Protegidas. Además, avanzó en una reestructuración del Ministerio de Ambiente para poner en funcionamiento el nuevo esquema. La medida quedó oficializada mediante el Decreto N° 2955/2025.

La norma establece un marco legal específico para regular las misiones, funciones, derechos y obligaciones del personal que se desempeña en las áreas protegidas bajo jurisdicción provincial, al tiempo que jerarquiza el rol de los guardaparques como actores centrales en la conservación ambiental.

Entre los principales puntos, el decreto fija una jornada laboral de 48 horas semanales, que se distribuirán de acuerdo con las necesidades operativas del sistema, y dispone el pago de un adicional por destino equivalente al 30% del sueldo básico para todo el personal que preste servicios en territorio dentro de las áreas protegidas.

Asimismo, se aprobaron el reglamento de la ley y el Reglamento de Uniformes, Indumentaria de Trabajo y de Seguridad Personal, y se definió una nueva estructura orgánico-funcional de la Dirección de Áreas Protegidas, dependiente del Ministerio de Ambiente. En ese marco, se suprimen y reorganizan áreas, se transfieren cargos y recursos, y se adecuan las funciones a los criterios establecidos por la normativa vigente.

El decreto también faculta al Ministerio de Ambiente, como autoridad de aplicación, a reorganizar la supervisión de las áreas protegidas y modificar las vinculaciones jerárquicas cuando razones territoriales, ecosistémicas u operativas así lo requieran, mediante actos administrativos debidamente fundados.

En los considerandos, el Ejecutivo provincial remarcó que los guardaparques cumplen un rol clave en la custodia, vigilancia y control de las áreas protegidas, así como en tareas de educación ambiental, trabajo con comunidades locales, apoyo a investigaciones científicas, control de especies invasoras y prevención y combate de incendios.

Finalmente, la norma deroga una serie de decretos anteriores vinculados al régimen de los guardaparques y establece que los nuevos cargos deberán incorporarse al nomenclador de la Ley N° 10.430, con intervención del Ministerio de Ambiente y de Economía.

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