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Lunes, 19 enero 2026
Argentina
19 de enero de 2026
BOLETIN OFICIAL

Emergencia agropecuaria prorrogada por inundaciones en el sudoeste bonaerense

La Provincia extendió hasta fines de febrero de 2026 la emergencia y el desastre agropecuario en zonas rurales de Coronel Suárez y Guaminí, afectadas por inundaciones persistentes. La medida habilita alivio impositivo y beneficios crediticios para productores alcanzados.

Emergencia agropecuaria prorrogada por inundaciones en el sudoeste bonaerense
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La provincia de Buenos Aires prorrogó el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por inundaciones en distintas circunscripciones de los partidos de Coronel Suárez y Guaminí, una decisión que confirma la gravedad y persistencia del impacto climático sobre el sudoeste bonaerense. La medida quedó formalizada a través del Decreto N° 1/2026, firmado por el gobernador Axel Kicillof y publicado en el Boletín Oficial.

La prórroga rige para el período comprendido entre el 1° de septiembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026, y alcanza a las mismas zonas que ya habían sido declaradas en emergencia por el Decreto N° 1180/25. En el caso de Coronel Suárez, incluye las circunscripciones III, IV, V, X, XI, XII y XIV, mientras que en Guaminí abarca las circunscripciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX.

Según los considerandos del decreto, la decisión se fundamenta en la continuidad de una situación crítica provocada por un fenómeno natural adverso de carácter extraordinario, que sigue afectando de manera directa la producción y la capacidad productiva de las explotaciones rurales. Informes técnicos, relevamientos en campo e imágenes satelitales confirmaron que los perjuicios persisten y justifican la extensión de la emergencia.

El análisis fue realizado por el Ministerio de Desarrollo Agrario y avalado por las Comisiones Locales de Emergencia Agropecuaria, además de la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la Provincia, que en su reunión de noviembre de 2025 recomendó formalmente la prórroga. El organismo evaluó antecedentes agroclimáticos y el alcance de las afectaciones, y consideró necesaria su intervención directa.

La medida está dirigida exclusivamente a productores y productoras cuya actividad principal sea la explotación agropecuaria en las zonas alcanzadas. Para acceder a los beneficios, deberán presentar o ratificar sus declaraciones juradas en un plazo máximo de diez días desde la publicación del decreto, un requisito clave para quedar incluidos en el régimen de asistencia.

Entre los beneficios previstos se destaca la exención total o parcial del impuesto Inmobiliario Rural, según se trate de situaciones de desastre o emergencia agropecuaria, en proporción al nivel de afectación de cada explotación. Además, se habilitan beneficios crediticios contemplados en la Ley N° 10.390, con intervención del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

La Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) tendrá a su cargo la instrumentación de los alivios tributarios, mientras que el Banco Provincia deberá implementar las líneas de crédito y facilidades financieras correspondientes. El decreto también contó con el aval de los organismos de control y asesoramiento del Estado provincial, como la Fiscalía de Estado y la Contaduría General.

 

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