Penas mayores para delitos sobre seguridad vial
El pleno de la Cámara alta nacional aprobó este miércoles, de manera unánime, un proyecto de ley que modifica artículos del Código Penal en cuanto a delitos sobre seguridad vial.
Reclusión, prisión, multas, inhabilitación y prestación de servicios comunitarios son las penas que marcan los nuevos cambios, que fueron avalados por Senadores de manera unánime.
La legisladora del Peronismo Federal y titular de la Comisión de Justicia de la Cámara alta, Sonia Escudero, señaló que con la iniciativa aprobada se busca “reafirmar la plena vigencia de normas que protegen los bienes jurídicos”, y manifestó que en el texto hay “innovaciones legislativas y endurecimiento punitivo”. Además resaltó una nueva pena que se agregará, que será la del servicio comunitario.
El proyecto –hubo varias iniciativas que finalmente fueron consensuadas- expresa que se emplea “el término ‘automotor’ para designar indistintamente al ‘automóvil, camión, camioneta, ciclomotor, carretón, maquinaria especial, motocicleta, ómnibus y vehículo automotor’, con las definiciones dadas por la ley de tránsito, y a toda otra máquina que tenga motor y tracción propia, y a sus acoplados, semiacoplados y remolques”.
Por ejemplo, se aplicarán multas al que conduzca un automotor a velocidad superior a 60 kilómetros por hora a la permitida reglamentariamente en zona urbana; a 80 kilómetros por hora en zona rural, semiautopista y autopista; y a 50 kilómetros por hora en las encrucijadas urbanas sin semáforo o en proximidad de establecimientos escolares, deportivos, y de gran afluencia de personas durante su funcionamiento.
La iniciativa consiguió 47 adhesiones a favor, y ninguna en contra, al momento de ser votada