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Argentina
16 de abril de 2014
SEGURIDAD

Riesgos por las compras en la emergencia

La oposición quiere que el decreto por la emergencia en seguridad sea ley. Aduce que así no se pueden hacer compras directas y que la resolución del Ejecutivo se ampara en una norma para catástrofes naturales

Riesgos por las compras en la emergencia
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¿Puede la aplicación de la emergencia en seguridad decretada por el Ejecutivo bonaerense traer indeseables consecuencias judiciales a los funcionarios que hagan compras directas amparándose en esa decisión del Gobernador? Desde la oposición afirman que sí, y por eso insisten en pedirle al Ejecutivo una ley para que la Legislatura sea la que determine la emergencia.

El meollo de la cuestión está en el artículo 6 del decreto 220 del Ejecutivo. En él se autoriza “a los ministerios de Seguri-dad y de Justicia, en el marco de la emergencia declarada, a ejecutar obras y contratar la provisión de servicios y suministros necesarios en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 3 de la ley Nº 11.340”. De acuerdo al texto de esa normativa, y la interpretación que hacen desde la oposición, la ley 11.340 en su artículo 1 no habilitaría la emergencia por cuestiones de seguridad, y por lo tanto dejaría sin efecto la posibilidad de las compras directas.

Por ese motivo, desde el Frente Amplio Progresista y el Frente Renovador piden declarar la emergencia por ley, al menos para la cuestión específica de las compras y contrataciones sin licitación que realicen las carteras de Seguridad y Justicia. Ambos partidos aseguran comprometerse a votarla sin demasiadas objeciones. El resto de las medidas no recibe objeciones para ser aplicadas mediante un decreto del Gobernador, como, por ejemplo, la convocatoria de policías retirados.

En el radicalismo, por su parte, no sólo cuestionan el decreto, sino que tampoco piden la ley. Así lo hizo saber, en la reunión donde el Ejecutivo informó a diputados y senadores, el presidente de la bancada de la UCR en el Senado, Carlos Fer-nández. “Nosotros nunca votamos una emergencia, y no lo vamos a hacer ahora; éste es un tema que viene de muchos años, y el partido que viene gobernando la Provincia es el que debe hacerse responsable”, anticipó en el cónclave cuando la diputada Sandra París se sumaba a los demás bloques de la oposición en la solicitud de una ley.

Tanto el Ejecutivo como los legisladores sciolistas mantienen la postura de que el decreto es correcto, y no han dado indicios de modificar la estrategia, aun cuando desde el propio bloque del Frente para la Victoria hay voces disidentes que ha-blan de la necesidad de “emprolijar la declaración de emergencia” en el controvertido tema de las contrataciones.
El propio ministro de Justicia, Ricardo Casal, reconoció puertas adentro que la declaración de emergencia en estos términos tiene objeciones bien fundadas.

No opinó lo mismo el funcionario cuando se cuestionó el artículo 11 del decreto, en el cual se faculta “al Ministerio de Economía a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten menester para cumplir con los objetivos establecidos en el marco de la emergencia”. La reasignación libre de partidas tampoco está permitida, pero, según Casal, mucho se puede buscar sobre el tema a ambos extremos de la biblioteca. Y con ello cerró la discusión.

Retomemos entonces el principal asunto de las contrataciones determinadas en el punto 6 del decreto 220. En concreto, si el sciolismo no revé el texto, los funcionarios que firmen las contrataciones directas dentro del marco de la emergencia podrían ser denunciados. Si bien desde la oposición se asegura que esa zancadilla no se hará en estos tiempos, “a seguro se lo llevaron preso”, como reza el dicho popular, y allí podría acompañarlo un desprevenido en caso de que un juez declarara inconstitucional el decreto sirviéndose de alguna denuncia, maliciosa o no.

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