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Argentina
18 de marzo de 2018
PROYECTO

A intendente oficialista se le pasó la adhesión a la ley antinepotismo y el massismo se lo recuerda

El intendente de Rivadavia, Javier Reynoso, no adhirió por motu propio al decreto presidencial que prohíbe que familiares de funcionarios ocupen cargos en el gobierno y el bloque de concejales del FR busca que la gestión local de el visto bueno.

A intendente oficialista se le pasó la adhesión a la ley antinepotismo y el massismo se lo recuerda
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Hace tiempo que Mauricio Macri emitió el decreto 93/2018 que regula el ingreso de toda persona que ostente ciertos vínculos de parentesco con determinados funcionarios públicos a rabajar en la estructura del goierno nacional y, en el distrito de Rivadavia, donde también gobierna Cambiemos no adhirieron a dicha iniciativa 

Por tal motivo, el bloque del massismo local, que también conforma la única oposición legislativa en ese municipio, elevará un proyecto al HCD local donde buscan que la getión que encabeza el intendente Javier Reynoso se sume a la propuesta del Presidente.

Entre sus considerandos, 
los ediles del Frente Renovador expusieron que “es fundamental trasladar esos valores a la administración pública del municipio de Rivadavia ya que el Estado municipal debe promover las buenas prácticas en la gestión pública buscando la mejora continua de la institucionalidad, la integridad y la transparencia”.

 

En ese sentido una de sus concejales, Ana Paula Sallaber, apuntó que “resulta extraño que desde la gestión local no hayan dado el visto bueno a esta iniciativa debido a que constantemente se suman a iniciativas enviadas por el Ejecutivo como la adhesión al Pacto Fiscal”.

Además, detalló que “desde el Frente Renovador buscamos ser una oposición responsable y como criticamos aquellas cosas que están mal también apoyamos aquellas que consideramos que aportan y esta es una de ellas porque hacen a las buenas prácticas gubernamentales”.

Cabe destacar que la iniciativa busca establecer que “no podrá efectuarse la designación de personal, en el sector público municipal, bajo cualquier modalidad, de quien tenga vínculo de parentesco tanto en línea recta como colateral hasta el segundo grado con el Intendente municipal, Secretarios, Subsecretarios, Directores, Jefes de compras, Contador municipal y Tesorero municipal. Quedan incluidos el conyugue, la unión convivencial y parientes de éstos”.

En ese sentido, se aclara que “se entiende como sector publico Municipal el integrado por la Municipalidad de Rivadavia, el Honorable Concejo Deliberante, el Consejo Escolar y el Hospital Municipal”.

Asimismo, "quedan exceptuado de lo establecido en el art. 1º las personas designadas y/o a designar mediante procesos de selección competitivos y meritocráticos por Concursos Públicos de antecedentes o que cuenten con estabilidad en el cargo".

Por último, “las personas cuyas designaciones a la fecha del presente se encuentren comprendidas por el art 1º, cesaran en sus cargos a los 60 días de la aprobación de la presente ordenanza”.

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