La Tecla
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El fallo, al que accedió
Sucede que
Pero antes de remitir la causa, Casanello apartó dos expedientes (N°11227/18 y N°13154/18) que se habían incorporado al caso, para seguir investigándolos y dispuso que “se obtengan testimonios de interés para su incorporación a dichas investigaciones”.
Esa decisión fue apelada por el fiscal porteño Carlos Stornelli, quien entendió que “lo decidido debe ser revocado, toda vez que, a su criterio, los objetos procesales sobre los que giran dichas investigaciones se encuentran tan íntimamente vinculados con el presente que su indagación debe realizarse de manera conjunta e integral”.
El juez Iruzun declaró hoy la “nulidad del decreto obrante en fotocopias a fs. 1 de este incidente y todo lo actuado en consecuencia, debiendo el Sr. Juez de grado proceder conforme lo indicado”.
Esa situación obligará a Casanello a remitir los expedientes que desglosó y la causa que se inició y caminó los tribunales porteños ahora desembarcará en el juzgado electoral de Ziulú, quien mantiene otra contienda por la competencia con su par Ernesto Kreplak.
La causa
Denominado en la jerga política “aportes truchos”, el expediente se inició con una denuncia periodística y tres investigaciones en diferentes fueros y jurisdicciones. Una en el juzgado porteño de Sebastián Casanello, otra en el de Ernesto Kreplak y otra en el de Adolfo Gabino Ziulu.
En medio de ese cruce, Ziulu le pidió que Casanello y Kreplak que se inhiban de actuar y que remitan los expedientes a su juzgado, entendiendo que el tribunal electoral fue el primero en abrir una investigación y que, por el código de procedimiento, correspondía centralizar todo en su despacho.
Casanello giró parte de su causa, pero Kreplak rechazó el pedio de inhibitoria y antes de elevar el conflicto de competencia a
La mujer presentó una apelación a la decisión de Kreplak y este último la aceptó, pero la elevó a la alzada y dispuso suspender “por el momento la remisión del presente incidente” al juzgado de Ziulu.
Eso frenó el conflicto de competencia y semanas después
“Esa suspensión impide que se trabe una contienda entre tribunales pues resta que el juez con competencia electoral sea anoticiado a fin de que decida si sostiene o no su competencia. Esta suspensión frustra la finalización del trámite y debe dejarse sin efecto”, indicó
Por ello,
Ese inciso señala que si se niega la inhibición “el auto será comunicado al tribunal que la hubiere propuesto, en la forma prevista en el inciso 4, y se le pedirá que conteste si reconoce la competencia o, en caso contrario, que remita los antecedentes a
Por lo que Kreplak tuvo que comunicar a Ziulu su decisión, para que este último se expida sobre si mantenía su interés sobre la competencia o no, decisión que comunicó la hace varias semanas, cuando ratificó su voluntad de seguir actuando.
Pero Ziulu elevó a