La Provincia hizo oficial la creación del Consorcio de Gestión del Puerto de Dock Sud
La norma, considerada por los trabajadores y la oposición como una "privatización", fue publicada hoy en el Boletín Oficial. Dispone la conformación del Directorio y se compromete a respetar convenios colectivos y derechos laborales del personal.
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Luego del anuncio realizado días atrás, el gobierno de María Eugenia Vidal hizo oficial, a través de la publicación en el Boletín Oficial, la creación del Consorcio de Gestión del Puerto de Dock Sud, ubicado en el distrito bonaerense de Avellaneda.
La terminal, ubicada en el partido de Avellaneda, se mantenía como de propiedad estatal, junto con las de San Nicolás y Coronel Rosales, hasta que el Gobierno dio otro paso hacia la privatización de la terminal a través del decreto N°13 de 2019, con fecha viernes 11 de enero, creando el consorcio del "Doque".
La norma cita la Ley N°11.535, que "dispuso transferir a la Provincia de Buenos Aires la administración, explotación y dominio del citado Puerto", especificando que la Provincia determinará su sistema de administración, como manera de justificar el recurso del decreto y el no envío de una ley específica a la Legislatura.
En su articulado, establece que "los permisos de uso y las concesiones en vigor en Jurisdicción Portuaria continuarán bajo el régimen vigente", transfiriéndose luego "el personal que opera en la Delegación Portuaria Dock Sud, y el personal de la Dirección Provincial de Actividades Portuarias que se individualizará en el Acta de Transferencia a suscribirse con el ente, dejándose establecido que se respetará la categoría, antigüedad, remuneración, leyes y convenios colectivos de trabajo aplicables y demás derechos laborales vigentes a la totalidad del personal transferido al Consorcio".
El Ejecutivo determinó en el decreto que el Consorcio de Gestión del Puerto de Dock Sud será "dirigido y administrado por un Directorio integrado por nueve (9) miembros, que durarán tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser nuevamente designados al vencimiento de sus mandatos, sin límite de períodos. Asimismo, los representantes del sector privado y sindical podrán ser removidos de sus cargos antes del vencimiento de su mandato, a pedido fundado de las entidades que los propusieron, por las causales que determine el Reglamento Interno de Funcionamiento del Directorio, en cuyo caso la respectiva entidad deberá designar, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles administrativos de efectivizada la remoción, un reemplazante que completará el período de mandato del representante removido.
En su artículo 7, especifica que el Directorio se integrará de la siguiente forma:
a) Un (1) miembro que ejercerá la presidencia, en representación del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, designado por el Poder Ejecutivo Provincial. b) Un (1) miembro en representación de la Municipalidad de Avellaneda, designado por su respectivo Departamento Ejecutivo, cuya función exclusiva será la de propender al equilibrio urbano y medioambiental de la relación ciudad-puerto, promoviendo la participación en el comercio exterior de sus parques industriales. c) Un (1) miembro en representación de las Municipalidades de la región, designado por el Poder Ejecutivo Provincial a propuesta en terna por las Municipalidades. d) Un (1) miembro en representación de las asociaciones u organismos privados que nuclean a los concesionarios y/o permisionarios de las terminales e instalaciones de parques de contenedores que operan en el ámbito de actuación del CONSORCIO. e) Un (1) miembro en representación de las asociaciones u organismos privados que nuclean a los concesionarios y/o permisionarios de las terminales e instalaciones comercializadoras de hidrocarburos o refinerías dentro del ejido portuario comprendidas en el ámbito de actuación del CONSORCIO. f) Un (1) miembro en representación de las asociaciones u organismos privados que nuclean a los concesionarios y/o permisionarios de las terminales e instalaciones de logística de carga general, cargas de proyecto o bultos dentro del ejido portuario comprendidos en el ámbito de actuación del CONSORCIO. g) Dos (2) miembros en representación de las asociaciones sindicales con personería gremial, signatarias de convenio y representativas de los trabajadores del quehacer portuario y/o vinculado a la actividad. Uno de ellos representará al personal jerárquico administrativo, y el otro miembro representará al personal escalafonado u operativo de muelle, en el ámbito de actuación del CONSORCIO. h) Un (1) miembro que alternará, por períodos iguales y consecutivos de dieciocho (18) meses, entre el representante de las asociaciones u organismos privados que nuclean a los concesionarios y/o permisionarios de las terminales e instalaciones de arenas y áridos, y su similar de las terminales e instalaciones de almacenaje de líquidos a granel, que operan en el ámbito de actuación del CONSORCIO.
Reacción gremial
El titular del gremio portuario SUTAP, Adolfo Barja, vinculó la publicación hoy de la creación del Consorcio con una reunión que mantuvo ayer el presidente Mauricio Macri con autoridades de la multinacional Shell. "En política no existen las casualidades", aseguró el dirigente.
Al respecto, dijo que "hoy Vidal publica en el boletín oficial la privatización del puerto de Dock Sud, donde está radicada la refinería de la corona holandesa. La Shell debe miles de millones a la provincia", añadiendo que "el puerto de Dock Sud recauda más de mil millones de pesos por año para el Fondo Provincial de Puertos, creado por ley 11206".
"Esto se le va a restar al erario público de la Provincia y se lo van a dar a 4 vivos", expresó Barja, quien señaló que "estos personajes que pusieron en cargos públicos vinieron a saquear al pueblo de la Provincia con evidentes negociados. Como diría Discepolin, somos un tábano así de chiquito frente a semejante poder", finalizó.