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Argentina
22 de octubre de 2020
ACARA Y JUSTICIA

Continúa el silencio sobre la caja de multas y radicación de vehículos

Ni la entidad de las concesionarias de automóviles ni la cartera judicial brindaron a este medio respuestas respecto al informe especial sobre el manejo de fondos a través de convenios con los municipios de la provincia de Buenos Aires.

Continúa el silencio sobre la caja de multas y radicación de vehículos
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El mes pasado, La Tecla publicó un informe sobre el manejo de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República (ACARA)  sobre los fondos de infracciones de tránsito y trámites de radicación de vehículos en la provincia de Buenos Aires, bajo el amparo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Hasta el día de hoy, no hubo respuesta sobre el tema.

ACARA se enmarca en la figura de “ente colaborador”, establecida en las leyes nacionales 23.283 y 23.412 de 1985 y 1986, con los cuales financia parte de varios contratos del personal de planta de los ministerios de Justicia y Seguridad.

Pero, además, la entidad de las concesionarias aparece en el medio de varios “convenios de complementación de servicios” firmados entre municipios y la Dirección Nacional de los Registros Oficiales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Nación.

En ese contexto, ACARA –una entidad compuesta mayoritariamente por empresas privadas, como las concesionarias de autos- colecta y maneja fondos públicos.

Este medio volvió a consultar a ACARA sobre el vínculo con el Ministerio de Justicia, los convenios con municipios y los contratos financiados por la modalidad de “ente colaborador”, y la respuesta volvió a ser que era la cartera nacional la que debía responder sobre ese tema.

Desde el Ministerio de Justicia de la Nación todavía no dieron respuesta concreta sobre la requisitoria de este medio – reiterada desde el mes de septiembre- respecto a los acuerdos celebrados con municipios, la renovación de estos y el convenio marco Nº 1797/12, de la cartera judicial con ACARA, donde se establecen los valores de las “solicitudes tipo” para el pago de multas y de “formularios” para la radicación de vehículos.

Inicialmente, el área de Prensa del Ministerio y la Dirección de Asuntos Registrales tomaron la solicitud de información. Esta última aseguró haberla elevado a sus niveles superiores, a la espera de una respuesta. Esta semana, luego de insistir con el pedido tras la publicación de la nota, explicaron que el pedido se debía realizar a través de las vías formales de Información Pública de la cartera de Justicia.


Convenios y manejos de fondos

En la provincia de Buenos Aires, ACARA firmó convenios con los municipios de Marcos Paz, San Nicolás, Bolívar, Hipólito Yrigoyen, Arrecifes y Berazategui en 2018; General Pueyrredón en 2014 y Tigre en 2005. Sin embargo, también existen acuerdos similares con otras comunas de otras jurisdicciones. Toda esta información se pudo recabar porque fue publicada por los digestos de los Concejos Deliberantes.

Los convenios establecen que la entidad nacional designa a los Registros de la Propiedad Automotor de los distritos como “agentes de percepción”, autorizados “a percibir las multas por infracciones de tránsito cometidas” y del “Impuesto y/o Tasa de Radicación de los Automotores (patentes) y de motovehículos” en su respectiva jurisdicción.

En su carácter de “ente colaborador”, ACARA tiene a su cargo la confección de una “Solicitud Tipo” y de un “formulario” con los que los usuarios deberán cancelar, con la primera, “la deuda por multas derivadas de infracciones de tránsito” y con el segundo, “peticionar y cancelar la liquidación” por la tasa de radicación de vehículos.

Los convenios firmados establecen en primer término la conformación de un “Fondo de Cooperación Técnica y Financiera”, amparándose en las leyes nacionales 23.283 y 23.412, y es administrado por ACARA, en base al convenio marco Nº 1797/12 firmado entre el Ministerio y el Ente Cooperador.

De la venta de las “solicitudes tipo” para la cancelación de infracciones de tránsito, el 70 por ciento restante va a la DNRPA, de los cuales un 40 está destinado al “cumplimiento y operatividad” del convenio, previo acuerdo con la Municipalidad.

Por otra parte, surge un Fondo Especial Integrado administrado también por la entidad de las concesionarias y que incluye un aporte de la Municipalidad por el “15 por ciento” de las “multas por infracciones de tránsito perciban los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor”. ACARA está autorizada a “retener” esta suma.

A la entidad se le retribuye “con una suma equivalente al 30 por ciento de los ingresos del Fondo Especial Complementario”, mientras que el 70 restante va para la Dirección, de los cuales también destina un cuarenta a la marcha del convenio.

En el caso de las tasas de radicación, las sumas del Fondo de Cooperación Técnica “serán depositadas en una cuenta especial”. Una vez deducidos los” costos de suministro y honorarios” por la administración realizada de este dinero por parte de ACARA, el resto va a la DNRPA, que debe destinar un 50 por ciento a la “operatividad” del convenio.

Finalmente, ACARA administrará un “Fondo especial” destinado a la DNRPA, integrado por un “aporte que la Municipalidad realizará mensualmente” de un “uno por ciento de la recaudación bruta -monto de los impuestos efectivamente cobrados- que se perciba a través de los Encargados de los Registros Seccionales”.

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