La Corte rechazó una medida cautelar contra el Pase Sanitario
El máximo tribunal provincial no hizo lugar al amparo presentado por un grupo de vecinos. En el fallo, sostiene que “claramente se trata de una regulación tendiente a la protección de la salud pública como bien jurídico primordial”.
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La Suprema Corte de la Provincia rechazó esta noche una medida cautelar que impugnaba el "pase sanitario" exigido desde el 21 de diciembre pasado para poder participar de actividades culturales, deportivas, religiosas en espacios cerrados y para la realización de trámites ante organismos públicos provinciales y municipales.
La acción de amparo había sido presentada por un grupo de personas contra la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la resolución conjunta 460/21 dictada por Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Salud que establece el denominado “Pase libre Covid” como requisito necesario para asistir a aquellas actividades realizadas en el territorio provincial que representan mayor riesgo epidemiológico.
En la medida, solicitaban "que se ordene a la demandada que se abstenga de aplicarles o exigirles el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la norma impugnada, hasta tanto recaiga sentencia definitiva".
El máximo tribunal rechazó la solicitud al considerar que "claramente se trata de una regulación tendiente a la protección de la salud pública como bien jurídico primordial, a la prevención de la propagación de nuevas variantes del virus SARS-CoV-2 y, también, al fomento de la vacunación como medio comprobadamente eficaz para eliminar o mitigar ese flagelo".
La Corte añadió que en la ponderación para resolver no puede perderse de vista la finalidad de la norma atacada, dictada en el marco de una emergencia sanitaria sin precedentes que lejos está de haber concluido.