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Martes, 25 noviembre 2025
Argentina
25 de noviembre de 2025
NOTA DE TAPA

Radiografía de la Ley Impositiva 2026

Cómo es la estructura tributaria de la Provincia para el año que viene. Por qué el Gobierno asegura que hay una baja real de los impuestos. Las quejas del campo. Por dónde el Ejecutivo recauda más

Radiografía de la Ley Impositiva 2026
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Como todos los años, la Ley Impositiva abre discusiones entre el Poder Ejecutivo, los espacios de la oposición y los sectores productivos, que reclaman menos carga tributaria, sobre todo el campo. En esta oportunidad, la Ley Impositiva 2026 tiene, a juicio del Gobierno y hasta de sectores políticos antagónicos, reducción de los impuestos en términos reales y, en algunos casos, hasta nominales. Aunque siempre puede haber sorpresas, sobre todo cuando se trata de la recaudación de una provincia necesitada de recursos, por eso cada uno la estudia con lupa.

En estas páginas se desglosan las estructuras de cada uno de los impuestos provinciales y el impacto que tendrán el año próximo en base a la normativa recaudatoria que fijó el gobierno de Axel Kicillof. A priori, no se modifican alícuotas en la mayoría de los tributos, hay progresividad en la carga impositiva y un gran porcentaje de contribuyentes se verían beneficiados respecto a la presión tributaria actual, que rige por la prórroga de la Impositiva 2024. 

Pero la Agencias de Recaudación de Buenos Aires (ARBA), a cargo de Cristian Girard, y el ministerio de Economía, que comanda Pablo López estarán autorizados a aumentar los impuestos por inflación. En este sentido, el sector agropecuario puso el grito en el cielo.

En el Gobierno aseguran que en el caso de los impuestos patrimoniales (Inmobiliario y Automotor) “se implementa una tributación sobre los bienes más justa. Se sostiene la carga tributaria, en el caso del Urbano y el Rural, y se disminuye y mejora la equidad en el caso del Impuesto Automotor”, remarcándose además que la Provincia pasará a ser una de las que más barato cobre la patente, cuando hasta ahora estaba del otro lado de la escala.

En muchas partidas del Automotor habrá, incluso, una merma nominal (se pagará menos cantidad que en el año corriente) pero en el caso del Inmobiliario la actualización por inflación (tomada desde febrero de 2024 hasta noviembre de 2025) significará un impacto para las ajustadísimas billeteras de los contribuyentes, pese a que habría, en la mayoría de las partidas, disminución en términos reales. 

En el Gobierno aseguran que en el Inmobiliario Urbano el 80% de las partidas abonará una cuota máxima de 12.000 pesos, con un tope anual aproximado de 60.000 pesos; mientras que en el Impuesto Automotor 3 de cada 4 propietarios tendrán una reducción nominal de un tributo que hasta ahora se pagaba en cinco cuotas y desde 2026 se abonará en diez.

Las entidades agrarias se quejan de la posibilidad delegada al Poder Ejecutivo de incrementar el Inmobiliario hasta un 105%. Pretenden pagar lo mismo que en la actualidad en un contexto complejo para vastas zonas de la Provincia afectadas por las inundaciones, y en el marco de crecientes reclamos por la falta de infraestructura para mover la producción. 

Pablo Ginestet, secretario de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP) estimó que “un millón y medio de hectáreas” están bajo agua o inutilizadas, y cuestionó el enfoque presupuestario de la Provincia y de la Nación, al remarcar que no existen partidas extraordinarias para obras hídricas, a pesar de la emergencia declarada. 

Ginestet reclamó nuevamente por los trabajos en el río Salado. “La provincia apenas destina entre 4 y 5 millones de dólares para obras, cuando existe un aumento previsto del impuesto inmobiliario rural que supera los 70 millones de dólares”, se quejó.

También hay una solicitud, por parte de la actividad agropecuaria, sobre el tributo extra para carga y descarga en los puertos bonaerenses, que la oposición propuso sacar en su despacho de minoría presentado en la Comisión de Presupuesto de Diputados. 

En la línea de las peticiones para modificar la estructura tributaria, las billeteras virtuales piden salir del régimen de Ingresos Brutos, mientras que la industria hizo algunos planteos a los legisladores para que se reduzca de 4 a 3 por ciento la tasa de algunas actividades, pero ni siquiera llegó a hacer pedidos formales ni se plasmó en ningún texto. 

Pese a estos reclamos, en el oficialismo insisten en que la Ley Impositiva busca “reconocer el esfuerzo de los sectores productivos y no incrementar la carga tributaria, y eliminar las distorsiones y los desajustes provocados por la no aprobación de la Ley Impositiva 2024, en un marco de alta inflación”. A la vez que sostienen que se reduce la carga sobre los patrimonios medios.

En Ingresos Brutos no se incrementan alícuotas en ninguna actividad, mientras que “se mantiene el esquema de alícuotas reducidas y alícuotas incrementadas, con actualización de tramos del 40%, beneficiando a 46.000 PYMES. El 85% de los contribuyentes de régimen general tributarán con alícuota disminuida”

Dicen en el Gobierno que no hay más carga tributaria que en la ley anterior y que, incluso, es menor. Algunos hasta se aventuran a señalar que si no tuviera la Ley Fiscal 2026 y siguiera con  la prórroga de la Ley Impositiva de 2024, el gobernador Axel Kicillof se vería beneficiado, recaudaría más y los contribuyentes sufrirían un fuerte aumento, sobre todo en el impuesto automotor. Claro que si esto sucediera, en el futuro reacomodar las escalas sería cada vez más complejo.

Impuesto automotor

El Impuesto Automotor es donde se verá efectivamente, en la mayoría de los casos (no en todos), una merma en la carga impositiva, no sólo en términos reales sino nominales. La mayoría de los automóviles debieran pagar menos que en el ejercicio actual. Esto sucede porque se modifican las escalas de base imponible, pasando de 15 a 5 tramos, y esto genera un cambio en la cuota fija y las alícuotas sobre el excedente, lo que conduce a una 
reducción del tributo.

La alícuota mínima pasó del 3,64% de la ley vigente al 1% para 2026, mientras que la alícuota máxima se achica medio punto porcentual, de 5% a 4,5%. Desde el Ejecutivo se destaca que el 75% tendrá una baja nominal. Aseveran que la Provincia queda entre las jurisdicciones con patente más baja. La participación de este impuesto en la recaudación total baja del 8% en 2019 al 5% en 2026.

La mayor caída se efectúa sobre la menor base imponible y a medida que aumenta la misma, la variación del impuesto se reduce.

Tanto en el oficialismo como en la oposición destacan la progresividad que tiene el tributo, con una mayor carga sobre los autos de más valor. “Guarda proporcionalidad, equidad y progresividad”, subrayaron desde una oficina legislativa donde la ley fue desglosada minuciosamente. Sobre la composición de este tributo prácticamente no hubo observaciones por parte de los demás espacios políticos.

El doble de cuotas, con menos carga

Un cambio importante que opera sobre el Impuesto Automotor a partir del año 2026 es que ya no serán 5 cuotas anuales, sino 10. Es decir que el valor del tributo se dividirá en el doble de tramos de cómo venía tradicionalmente.

Transporte público exento del pago 

La Ley Impositiva que regirá desde el primero de enero de 2026 exime, en el artículo 
183, de la contribución del Impuesto Automotor “a las empresas prestatarias del servicio regular de transporte público de pasajeros de carácter urbano y suburbano de jurisdicción provincial”. 

Nuevos agentes de retención

Una novedad en la Ley Impositiva 2026 es que se faculta a ARBA, mediante el punto 182, para designar a las industrias automotrices, a las concesionarias oficiales de automotores, agencias de venta de autos, asociaciones, cámaras y agrupaciones que los nucleen, a las compañías de seguros y a todos aquellos sujetos que intermedien en operaciones que tengan por objeto vehículos automotores, como agentes de recaudación de los Impuestos a los Automotores y de Sellos. 

Inmobiliario rural y urbano

No hay modificaciones en la estructura del tributo, ya que se mantiene la misma tabla y las alícuotas vigentes en la Ley Impositiva 2024, ni se ajusta el coeficiente de cálculo de la Base Imponible. Pero ARBA podrá aumentar el Impuesto Inmobiliario en base a la inflación acumulada. En el Gobierno aseguran que tendrá una merma en términos reales, pero en términos nominales será un impacto para los bolsillos de todos modos. 

Tanto en el artículo 6 para el caso del Inmobiliario Urbano, como en el 10 para el Rural, la Ley Impositiva 2026 dictamina que el aumento no podrá exceder la variación de precios entre el mes de febrero de 2024 y el mes de noviembre de 2025 según el Índice de Precios del Consumidor (IPC) del Gran Buenos Aires publicado por el INDEC. Es decir que el incremento podría llegar, como tope, al 105%. En el oficialismo aclaran que quienes llegaron al tope del aumento este año tendrán un impacto menor el que viene (absorben parte de ese aumento inflacionario).

No obstante, el artículo 167 de la ley faculta a ARBA a que pueda ajustar después por la inflación que se registre en 2026. Dice el apartado que el organismo puede aplicar incrementos “al momento de la emisión de cada cuota”, de acuerdo a la variación del IPC del GBA.

Aclara que esto será aplicable en las cuotas no vencidas impagas y en aquellos supuestos en los que, durante el ejercicio fiscal, se produjere una modificación en el inmueble o automotor. 

Se dicta, además, que se le descuenta el cien por ciento del Impuesto Inmobiliario Urbano a las construcciones cuya valuación fiscal no superen los 273.600 pesos. Jubilados y Pensionados: se prevé que si con anterioridad obtuvieron la exención y su inmueble supera la valuación mantendrán la exención si cumplen con el resto de requisitos requeridos por el código fiscal para mantenerla.

Está quitada en la Ley la cuota extra que se puso en la normativa 2024, aún vigente, y que genera rechazo en estos días por el aumento que el Gobierno le aplicará a las partidas de mayor valor fiscal. Era un reclamo que enarbolaron con fuerza las entidades agrarias.
El Inmobiliario Urbano Baldío no tiene tope de aumento. Sigue el Gobierno con su política de castigo a la tierra ociosa. 

Vuelven las bonificaciones

En el artículo 19 de la ley se autorizan “bonificaciones especiales en el Impuesto Inmobiliario para estimular el ingreso anticipado de cuotas no vencidas y/o por buen cumplimiento de las obligaciones en las emisiones de cuotas, en la forma y condiciones que determine el ministerio de Economía”. También dicta que las bonificaciones “no podrán exceder el 35% del total”.

Lo mismo dicta para el caso del Impuesto Automotor el artículo 37. Lo que se busca es tanto el pago anticipado como evitar la mora en las cuotas. Los beneficios, incluso, se aplicarán cuando el pago se haga mediante tarjeta de crédito.

Si bien los descuentos quedan a criterio del Ejecutivo, un pedido de la oposición es que sea obligatorio reducir la carga sobre los buenos contribuyentes al menos en un 10%.

El postergado revalúo inmobiliario

El Gobierno está autorizado a que, por decreto, puede hacer un revalúo de los valores fiscales de los inmuebles cada 10 años. Explícitamente, la Ley de Catastro (10.707), en su artículo 78 establece que “la asignación de valores básicos se efectuará por lo menos una vez cada diez años. Los nuevos valores resultantes tendrán vigencia a partir de la fecha que establezca el Poder Ejecutivo”.

El último revalúo fue en el 2012, durante el mandato de Daniel Scioli, con Silvina Batakis como ministra de Economía. Luego, para el ejercicio 2017, María Eugenia Vidal intentó llevar adelante otra actualización de los valores fiscales, pero la iniciativa no prosperó. El revalúo debió hacerse en 2022, pero ni en ese ni en los años posteriores se realizó. Tampoco está previsto para 2026.  

El artículo 133 del proyecto del Ejecutivo dice taxativamente: “Prorrógase hasta el 31 de diciembre del año 2026 inclusive, el plazo previsto en el artículo 78 de la Ley Nº 10.707 y modificatorias para efectuar la asignación e valores básicos allí mencionada”.

En el mismo apartado, se menciona que “sin perjuicio de los dispuesto en el párrafo anterior, el Poder Ejecutivo podrá realizar las tareas de revalúo y, por medio del organismo catastral, dentro del período de vigencia de la actual valuación general, establecer la mutación de los valores”. 

Aunque no vaya a aplicar el revalúo, a las entidades rurales les hace ruido esta última parte, sobre todo el término “mutación”, y han solicitado que se saque ese párrafo de la ley.  

Políticamente es difícil que el Gobierno provincial avance sobre un revalúo, ya que con ello beneficiaría más a las arcas nacionales que a las propias, debido a que cambiar el valor fiscal de los inmuebles le permitiría a la Nación recaudar más por intermedio de Bienes Personales. De hecho, en 2012 hubo una fuerte presión del Ejecutivo nacional, a cargo de Cristina Fernández, para que Scioli avanzara con el revalúo, que provocó una encendida protesta del campo.

Impuesto a los ingresos brutos

Las alícuotas generales no cambian, se mantienen las aplicadas según la ley 15.479 (año 2024) prorrogada al 2025 (donde tampoco hubo actualización de topes), aunque se reorganiza la tabla de alícuotas y tramos para acceder a alícuotas diferenciales. Se establecen tramos para los beneficios de reducción según la facturación del ejercicio anterior, pero los nuevos tramos para acceder a los beneficios son más progresivos.

Habría varios contribuyentes que pasarían a pagar menos en términos reales. Desde el Gobierno subrayan que 46.000 Pymes de la Provincia se verían beneficiadas. Oficialmente se estima que el 85% de los contribuyentes del régimen general tributarán con alícuota disminuida.

No obstante, el haber incrementado en un 40% el monto fijo que se abona en la alícuota, es decir por debajo de la inflación acumulada, supone que podría haber casos que cambiarán de categoría y con ello tributarían más.

“Algunos contribuyentes se van a encontrar con una alícuota diferencial más elevada atento a que los mínimos no imponibles se incrementaron tan sólo el 40% sobre una inflación más alta; por lo tanto, va a haber más contribuyentes que entrarán en una categoría con una alícuota mayor a la que tenían”, advirtieron desde una oficina del Senado, donde cotejaron algunos rubros en los que podría suceder este fenómeno, aunque destacaron que, “en general, en términos reales, el impuesto baja”.

Se mantiene la exención del pago a las Empresas CEAMSE, Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad del Estado (OSSE) y Buenos Aires Gas SA. Desde la oposición hubo pedidos para que se incorporen las empresa Obras y Servicios Balcarce SA. y Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad del Estado (OSSE), además de extender la exención para estas compañias al impuesto automotor.

Ingresos Brutos es el tributo por excelencia, ya que su recaudación representa el 76% del total de los ingresos propios de la Provincia. A contramano de lo que dice el propio Gobierno provincial sobre la caída de la actividad económica, se prevé -tanto en el Presupuesto nacional como en el bonaerense- un incremento de la actividad en 2026, lo que permitiría elevar la recaudación aún sin modificar las alícuotas.  

Incremento para las actividades portuarias mediantes cuotas extra

El artículo 163 de la Ley Impositiva 2026 dictamina un incremento en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en lo vinculado a la explotación de terminales portuarias a través de importes “que deberán abonarse en forma mensual, adicionales al monto que resulte de la aplicación de la alícuota prevista para dichas actividades”.

Los montos fijados son los siguientes:

- $ 700 por cada tonelada o fracción superior a 500 kilogramos -o su equivalente cuando se trate de otras unidades de medida- de mercadería cargada durante el mes.
n $ 2.100 por cada tonelada o fracción superior a 500 kilogramos -o su equivalente cuando se trate de otras unidades de medida- de mercadería descargada durante el mes.

-$ 340 por cada tonelada o fracción superior a 500 kilogramos -o su equivalente cuando se trate de otras unidades de medida- de mercadería removida durante el mes.
Quedan exceptuadas las mercaderías en tránsito, la arena, piedra, y otros productos áridos, y la mercadería vinculada con la actividad pesquera de los buques que operan desde los puertos bonaerenses, así como los productos de la pesca artesanal y acuicultura. La oposición reclama sacar esta sobrecuota (ver aparte).

Los reclamos de la oposición para modificar puntos de la norma

“Proponemos derogar las retenciones de ingresos brutos a los usuarios de billeteras virtuales en la PBA” posteó en sus redes sociales el presidente del bloque de diputados del PRO, Matías Ranzini. Además, hizo mención a que en el dictamen de minoría de ese partido en conjunto con la UCR y la Coalición Cívica -que se puso en consideración en la reunión de la Comisión de Presupuesto- se pide la baja de la alícuota a la elaboración de cervezas, bebidas malteadas y malta para la industria cervecera. 

También la oposición reclamó eliminar la sobrealícuota que grava sobre los puertos provinciales en su carga y descarga.

 “Pusimos un tope al incremento del inmobiliario para terrenos baldíos” posteó, por su parte, Diego Garciarena, titular del bloque UCR – Cambio Federal. En este sentido, la Ley no fija un máximo de aumento para los terrenos sin construcciones, como sí lo hace sobre el inmobiliario edificado. El proyecto en minoría pretende que para los baldíos el tope sea el mismo, es decir la variación de precios producida en el IPC del Gran Buenos Aires entre febrero de 2024 y noviembre de 2025.

Entre las sugerencias aparece que las bonificaciones a los buenos contribuyentes del Inmobiliario y el Automotor no representen menos del 10% del impuesto total, manteniendo el tope máximo del 35%.

Un viejo reclamo del radicalismo es que la municipalización de las patentes automotores no sean cada diez años sino cada ocho, para ampliar la capacidad recaudatoria de las comunas. Así, volvieron a solicitar que la Provincia cobre a los modelos entre 2026 y 2018 inclusive.
Se pidió, además, un desuento del 40% para el Inmobiliario Rural de los establecimientos  destinados exclusivamente a producción agropecuaria de la zona del sudoeste, comprendidos en la Ley 13.647. A la vez, la oposición solicitó la condonación del 25% del Rural a los establecimientos afectados por las inundaciones.

La recaudación propia durante el ejercicio 2025

De acuerdo a un informe elaborado por el senador Marcelo Daletto (UCR – Cambio Federal) y en base a datos del ministerio de Economía y el Indec, la provincia de Buenos Aires acumuló 10,09 billones de pesos al tercer trimestre de 2025 (septiembre) por medio de la recaudación tributaria, lo que representa una variación del 50,1% en términos nominales, respecto al mismo período de 2024. Ante la inflación promedio del periodo del 46,4%, estos recursos presentan un crecimiento del 2,6% en términos reales en los primeros 9 meses del año.

La trayectoria de la recaudación a lo largo de 2025 no fue lineal. El año comenzó con un desempeño negativo, especialmente en febrero (-10,6% real interanual) y marzo (-17,3% real i.a.), lo que llevó a la máxima caída del acumulado en el año. A partir de abril, la mejora en las variaciones mensuales, llevó a la recaudación a recuperarse y superar la inflación 
acumulada hacía el mes de julio.

Este crecimiento se explica por la dinámica de los principales impuestos, que en conjunto lograron superar la evolución del IPC. La estructura de la recaudación provincial sigue fuertemente concentrada en Ingresos Brutos y Sellos, que representan en conjunto más del 86% del total. 

Ingresos Brutos representó hasta ahora el 75,9% de la recaudación, con una variación interanual del 0,5%. Sellos, en tanto, creció un 38,9%, y tiene una incidencia del 10,5% en el ingreso de recursos propios.

El Inmobiliario representa un 5,4% de la recaudación y es el que mayor caída interanual registra (-26,9%), mientras que el Automotor tuvo una incidencia del 5,6% en la recaudación, con una suba interanual del 10,7%, que se verá drásticamente reducida el año entrante.

Otros impuestos (Transmisión gratuita de bienes, Contribución a la Energía, Planes de Regularización de Deuda y Foprovi), que significan el 2,5% de los ingresos propios, acumulan un incremento interanual del 32,1%.

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