14 de diciembre de 2012
SENADO
Muerte digna es ley
El Senado bonaerense sancionó la norma que permitirá a los enfermos terminales rechazar tratamientos que no sirvan para mejorar su estado de salud. El ministro de Salud, Alejandro Collia adelantó que ya se trabaja en un protocolo de atención
La Legislatura de la Provincia sancionó, por unanimidad, la ley provincial de muerte digna, que permitirá a los enfermos terminales rechazar tratamientos que no sirvan para mejorar su estado de salud. El proyecto, que adhiere a la norma nacional sancionada en mayo, tendrá al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación.
“Ya estamos trabajando en un protocolo de atención para implementar la nueva normativa en todos los hospitales de la Provincia”, dijo el ministro de Salud, Alejandro Collia, quien tras la media sanción en Diputados comenzó a trabajar con el autor del proyecto, Marcelo Feliú (FPV-PJ) y el representante del FAP, Marcelo Díaz, para sentar las bases de la futura reglamentación, que contará con la participación de todos los sectores políticos.
Collia celebró que “la Provincia cuente con una herramienta legal que protege la autonomía de voluntad del paciente y que resguarda al equipo de salud”. La norma permite que el paciente terminal rechace procedimientos que no ayuden a revertir ni a mejorar su salud, con la intención de respetar el derecho a morir dignamente, evitar el encarnizamiento médico y la prolongación de la agonía.
La ley establece que si el enfermo no estuviera en condiciones de tomar esa decisión podrá hacerlo su representante legal o bien sus familiares.
En relación a los profesionales de la salud, la ley contempla la objeción de conciencia, es decir, que el médico se niegue a ser partícipe de las prácticas médicas contempladas por esta ley. “Pero en ese caso, los establecimientos de salud de la Provincia deberán garantizar que otro profesional esté dispuesto a llevarlas a cabo”, explicó Cecilia Pozo, coordinadora del programa de asistencia médico legal.
Collia y Feliú coincidieron en que la aprobación de esta ley reconoce un derecho humano fundamental: la autonomía de las personas con relación a cómo vivir, cómo morir y cómo transitar el desarrollo de una enfermedad terminal.
Feliú resaltó que es fundamental dejar en claro que la norma “no obliga a nadie, sino que sólo permite una libre elección”, y destacó que “si alguien decide algo distinto a lo que la ley habilita, está en todo su derecho y se le garantiza esa elección”.