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Argentina
27 de marzo de 2017
INTERPELACION

Acá están, estas son: las 324 preguntas a Galli

El intendente de Olavarría, Ezequiel Galli deberá responder 324 preguntas del Concejo Deliberante sobre la organización y el acuerdo con los productores del recital que brindó el Indio Solari.

Acá están, estas son: las 324 preguntas a Galli
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La interpelación al intendente de Olavarría por Cambiemos, Ezequiel Galli, fue aprobada hace poco menos de una semana por el voto de todos los concejales del palacio legislativo local. Este lunes, deberá responder 324 preguntas sobre la organización y el rol de la comuna en el recital.

La nómina del cuestionario:

1- Bajo que figura se presenta usted Sr. Intendente ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 a cargo de la Dra. María Hilda Galdós en el expediente 12148 solicitando autorización y conformidad para suscribir contrato de locación sobre el inmueble cuya partida inmobiliaria es 078-12211 conocido como Predio Rural La Colmena.
2- ¿Cuál es el interés público que usted menciona en el escrito del 15/11/16 que consta a fojas 5800 del expediente judicial 12148 del Juzgado Civil y Comercial 2 de Olavarría?
3- ¿Cuál era la urgencia que usted planteó en el punto 3 del escrito de fojas 5800 del expediente judicial 12148 del Juzgado Civil y Comercial 2 de Olavarría?
4- ¿Existieron reuniones previas al 15/11/2016 con la Productora “En VIVO S.A.” y la Cdra. Gabriela Raquel Weisburd?
5- ¿Por qué el Municipio de Olavarría no contestó el planteo formulado a fojas 5810 del Expediente. 12148 formulado por Asoc. de Coop. Argentina Coop. Ltda. sobre la posibilidad de importantes daños a las personas y cosas?
6- ¿En qué fecha y quien firmó por el Municipio de Olavarría el Anexo que se hace mención en la cláusula Octava del Convenio de Cesión de Uso y Goce de Predio Destinado a Espectáculo?
7- ¿Por qué no se acompañó el Anexo que se habían comprometido a firmar con la Productora En Vivo S.A. en el expediente judicial 12148 ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Olavarría?
8-¿Qué dictámenes y/o informes se solicitaron a las dependencias Municipales sobre la viabilidad de realizar trabajos de acondicionamiento en el predio privado La Colmena?
9-¿Consultó al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, si el Municipio podía realizar acondicionamiento en un terreno privado?
10-¿Con qué base legal, asumió usted Sr. Intendente la responsabilidad de ser fiador de las obligaciones de la productora ante la cedente, eximiéndose además de fijar monto máximo de la garantía asumida?
11-¿Quién le informo o solicitó a usted que debía acompañar en el expediente 12148 que tramita ante el Juzgado Civil y Comercial Nro. 2 de Olavarría el escrito MANIFIESTA obrante a fojas 5848/5849 del mismo y que fuera ingresado el 30/12/2016 8.37 hs., 2 minutos después de que la Síndico acompañara Convenio de Cesión de Uso y Goce del predio La Colmena?
12-¿Quién concurrió a presentar el escrito mencionado anteriormente?
13-¿Cuáles son las razones de “interés público comunal” que usted manifiesta en el primer párrafo del escrito presentado el 30/12/2016 en el expediente judicial 12148 del Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Olavarría?
14-¿Qué entiende usted por “garantizar indemnidad a las partes en un contrato”?
15-¿Quién contrató la póliza de seguro que se encuentra acompañada en el expediente judicial 12148 a fojas 5903/5913?
16-¿Quién informó a la compañía de Seguros Federación Patronal de la cantidad de público por la que se debía hacer la póliza?
17-En foja 32 del expediente N° 3101/16 con fecha 31/01/17, desde la Comisaría Primera de Olavarría, el Subcomisario Sosa informa que se cubrirá servicio para evento con policía adicional. ¿Por qué no indica número de efectivos? ¿Por qué DEM no solicita por escrito número de efectivos necesarios para un evento de tal magnitud?
18-¿Cuántas horas POLAD se pagaron para este evento?
19-Ante el accidente sufrido por el Señor Daniel Robles con graves consecuencias para su salud, ¿por qué no se labró acta de infracción al micro interviniente?, ¿por qué permitieron el egreso del micro de la ciudad?
20-En nota presentada por el representante productora En Vivo SA Dr. Zurita y Defensa Civil Olavarría Sr Adrián Guevara solicitan dos (2) autobombas y la empresa Gestión en Medioambiente y Salud solicita en el Plan de Emergencia una (1) autobomba. Ante esto, ¿Cuánta gente suponían que iban a ingresar al predio?
21-¿Por qué desde el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Cuartel de Bomberos de Azul indica que 24 horas antes de la realización del evento se inspeccionaría nuevamente a fin de consignar en el asesoramiento y no consta esta inspección en el expediente?
22-¿Por qué se autorizó el evento sin la inspección final de Bomberos de Azul?
23-¿Qué funcionario/a fue el encargado de la Seguridad en los días anteriores al recital, durante el recital y días posteriores?
24-¿Por qué el funcionario encargado de la Seguridad no solicitó a la Policía de la Provincia de Buenos Aires el Plan de Seguridad y la cantidad de efectivos afectados durante, antes y después del evento, ya que la información que alcanzó el DEM a este Honorable cuerpo, es con fecha posterior al evento?
25-En el Informe presentado con fecha 17/03/2017 el Comisario Inspector Mario Busto indica que no participaron en ninguna clase de Cacheo, pero en el listado de efectivos que trabajaron en cada sector indica que trabajaron 30 agentes policiales para el Cacheo, ¿Cuál informe es el real?
26-Según informe del Comisario Inspector Mario Busto, fueron afectados 159 efectivos, ¿Usted cree que era suficiente ese número para la cantidad de gente que concurrió a la ciudad?
27-¿Ud. le dio la orden al Subsecretario de Seguridad Eduardo Simón para conducir un camión y trasladar en la caja a las personas obviando todas normas de seguridad vial? ¿Qué otros agentes condujeron los camiones? ¿Los mismos presentaban carnet habilitante?. Adjuntar copia.
28-¿Hasta dónde fueron trasladadas estas personas, en qué lugar fueron bajadas de los camiones?.
29-¿Qué funcionario era el responsable de los controles de tránsito el día 11/03/17?
30-¿Qué funcionario indicó la cantidad de personal, tanto de policía local municipal como de la policía de la Provincia de Buenos Aires, que deberían ser afectados a los controles de tránsito?
31-De acuerdo al informe presentado por el Subsecretario de Seguridad Eduardo Simón, posterior al evento, expresa sic: referente a la evacuación se dispuso personal policial, municipal, inspectores de tránsito a realizar tareas de colaboración en diferentes egresos de la ciudad Avda. Pringles, Pellegrini, Ituzaingó, Alberdi y Avellaneda, Circunvalación calle Rivadavia, Junín y Ruta 226. ¿En base a qué cantidad de personas se hizo ese operativo?
32-El informe presentado por el Subsecretario de Seguridad Eduardo Simón expresa sic: seguridad fuera del predio a cargo de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y sobre la ruta a cargo de policía de vialidad provincial tanto en el ingreso como en el egreso de dicho evento. Se colaboró con ellos ya que la estimación realizada por ellos fue insuficiente. ¿Considera Ud. que la estimación de efectivos para la seguridad fuera del predio, como en el ingreso y egreso del evento fue insuficiente como lo expresa el subsecretario de seguridad Simón en su informe?
33-¿Qué controles se dispusieron? ¿Qué resultados tuvieron, respecto al ingreso de drogas a Olavarría los días previos y durante el recital?
34-¿Quién estaba a cargo del Centro Municipal de Monitoreo y del Centro de Monitoreo del predio?
35-¿Por qué hubo personal municipal en el Centro de Monitoreo que la productora instaló en predio?
36-¿Por qué no realizaron previsiones con anterioridad al evento para el traslado de personas?
37-¿Cuál es el listado de los micros previstos con anterioridad al día 12 de marzo para el traslado de personas?
38-Según el informe de actuación de Defensa Civil, la Subsecretaría de Seguridad determinó las vías de evacuación y escape sistemas internos del evento. ¿Qué funcionario controló la correcta implementación del mismo?
39-¿Qué Funcionario hizo la verificación de los corredores de seguridad previstos para los sistemas de entrada y salida de ambulancias y bomberos?
40-¿Qué funcionario realizó los recorridos de seguridad en la zona del espectáculo en forma permanente tal lo expresa informe enviado al HCD?
41-¿Cuantos baños químicos contrato el Municipio para las afuera del predio y los espacios públicos municipales? ¿A qué empresa se contrató? mediante que procedimiento.
42-Además de los 122 puestos que se encontraban dentro de predio “LA COLMENA”, según contrato de cesión de uso entre usted y la productora, ¿se habilitó algún otro puesto para venta de bebidas y comidas en las inmediaciones del predio?
43-¿Qué autorización solicitó la Sociedad Rural para habilitar camping y venta de bebidas y comidas y que acto administrativo lo autorizó?
44-En el contrato de cesión de uso entre “VIVO S.A” y la Municipalidad de Olavarría del predio de “LA COLMENA” para venta de comidas y bebidas, ¿qué responsabilidad asumió el municipio por la habilitación.
45-¿Quién llevo adelante el control del cumplimiento de la Ley 23737?
46-¿Dio usted la orden a Control Urbano para la señalización de los accesos y egresos a la ciudad?
47-¿Cuáles fueron los aportes del Comisario Mario Bustos para la seguridad y el tránsito de la ciudad en el día del recital, entendiendo que con anterioridad usted y la productora informaron que el mismo había llevado adelante los operativos y controles en los recitales de la ciudad de Tandil?
48-Ante el supuesto, como usted lo dijo en varios medios, que la concurrencia al espectáculo iba a ser muy numerosa, ¿Solicitó por nota al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires refuerzo en Policías, ayuda Sanitaria, controles en las Rutas?
49-¿Por qué con fecha 14/03/2017 se notifica a la productora “EN VIVO S.A” de la realización de actas de oficio por “exceso de factor ocupacional” informe conforme dictamen de Bomberos de Azul cuando el mismo debió ser realizado el día 11/03/2017?
50-¿Solicitó usted opinión técnica de legales sobre el rol que llevada adelante el Municipio en persona de usted Sr. Intendente en el expediente judicial 12148?
51- ¿Solicitó dictamen a la Subsecretaria de Asuntos Legales sobre la legalidad de constituirse el Municipio de Olavarría como fiador de las obligaciones que la Productora “En Vivo S.A.” asumía ante la cedente del predio La Colmena?
52- ¿Realizó consulta ante la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de saber si era viable ser fiador de una empresa privada responsable de organizar un show musical?
53- ¿Qué trabajos de contralor desarrolló el Municipio durante el evento musical a raíz de conocer usted que se había constituido en garante de la productora “En Vivo S.A.” ante la cedente del predio?
54- Conociendo la estimación efectuada por el Jefe de Gabinete, Dr. Jorge Larreche, de 350.000 personas y repetidas por Ud. en medios periodísticos ¿Cuáles fueron las medidas tomadas para hacer cumplir la habilitación que preveía la Disposición 71/17?
55- La Empresa Gestión Medioambiente que presentó Plan de emergencia habla de 155520 metros cuadrados libres de ocupación cuando el plano que presenta la productora organizadora del evento EN VIVO SA en foja 30 del expediente 6101/16 habla de 130000 metros cuadrados. ¿Por qué el DEM aprueba un plan de emergencia sobre 155.500 metros cuadrados si en el plano que obra en Expte N°6101/16 constan 130.000 metros cuadrados?
56- ¿Qué funcionario controló del municipio el factor ocupacional del predio y en qué fechas?
57- Según Ley N° 13178 de la Provincia de Buenos Aires a través del Registro de bebidas alcohólicas (REBA) deberá aprobar la venta de las mismas. ¿Quién autorizó desde DEM la venta indiscriminada de alcohol en inmediaciones del predio como en toda la ciudad sin certificado previo a la autorización del REBA?
58- Según ley N° 11825 se establecen la prohibición a menores de edad y horarios para la venta de bebidas alcohólicas ¿Qué dependencia del DEM era la responsable de dar cumplimiento a ésta y que funcionario era responsable de realizar controles en los puestos que vendían alcohol a menores y que funcionario exigía el cumplimiento de franja horaria en puestos distribuidos por la ciudad los días 9, 10, 11 y 12 de marzo? ¿Cuál fue la razón para dejar la ciudad liberada al consumo de drogas legales e ilegales?
59- ¿Qué funcionario realizó las actas de control de venta de alcohol?
60- ¿Por qué los días 10 y 11/03 al notar la cantidad de gente que había e ingresaba, habiéndose cambiando los sectores de estacionamiento previstas en la ciudad no realizó el DEM previsiones, gestiones ante Provincia y Nación para brindar seguridad en diversos sectores de la ciudad para cuidado de los vecinos y visitantes?
61- ¿Quién dio la orden de que los micros que iban a estar estacionados en Pringles y Avellaneda estacionaron en ruta 226 a 7 Km del predio?
62- ¿La Subsecretaria Silvana Rosales le acompañó informes de un plan de asistencia a las personas en situación de vulnerabilidad que, tal como ocurrió en recitales similares como el de Tandil, iban a quedar varadas en las horas posteriores al recital?
63- ¿Quién autorizó por parte del DEM el traslado en caja de camiones volcadores municipales de asistentes al recital?
64- ¿Qué intervención tuvo el Juzgado de Faltas ante el traslado de personas de personas en caja de camiones volcadores, qué actas se labraron al afecto?
65- ¿Realizó Control Urbano controles de alcoholemia? envíe copia de actas de los días 9, 10, 11 y 12 de marzo.
66- ¿Qué base legal tiene el Decreto N° 381/17 qué rubrica el Señor Intendente y refrendan el Secretario General, cuando en realidad éste era Jefe de Gabinete de acuerdo con Ordenanza 4069/16 y por el Secretario de Economía y Administración General, Gastón, cuando esto no está establecido en la Ordenanza Fiscal e Impositiva?
67- Según el decreto N° 381/17 tiene fecha 8/03/2017, ¿Por qué ese decreto no estaba rubricado el día 13/03/2017 cuando Concejales fueron a tomar vista de los Decretos el día 13 de Marzo, o ese Decreto se hizo con posterioridad?
68- ¿Qué instrumento administrativo utilizó el Municipio para habilitar el “Acampe Oficial”?
69- ¿Qué funcionario verificó la disposición 71/17?
70- ¿Qué funcionario controló el cargo resolutorio de la disposición 71/17?
71- ¿Qué funcionario del DEM era el responsable de dar cumplimiento a controles bromatológicos sanitarios a los puestos de venta de comida los días 9, 10, 11 y 12 de marzo? ¿Por qué motivo no se hicieron controles sanitarios a los puestos de venta de comidas?
72- ¿Qué funcionario realizó los controles bromatológicos? ¿Quiénes fueron los funcionarios y agentes municipales afectados? Exprese nómina.
73- ¿Solicitaron para habilitar los puestos la correspondiente Libreta Sanitaria?
74- ¿Qué eventos anteriores (según informe del DR. Maroni) tuvieron características similares al de Olavarría, para determinar número de médicos, enfermeros y demás personal para cubrir el sistema de Salud?
75- ¿Cuánto gastó el Municipio en Guardias activas, horas extras e insumos para cubrir el sistema de Salud durante y posterior al evento?
76- ¿Cuántas personas fueron atendidas en el sistema de Salud el día del Recital, indicar nombre apellido y diagnóstico?
77- ¿Cuánto le costó al Municipio el incremento de pacientes atendidos tanto en la Guardia, en Sala y en Unidad de Terapia Intensiva?
78- ¿Quién era el responsable del operativo sanitario en todos los sectores de la ciudad afectados por el evento?
79- ¿El municipio contrató servicios de emergencias médicas adicionales? ¿Coordinó acciones con efectores de salud privado? ¿Qué costo significó para el Municipio?
80- ¿Quién fue el encargado de proyectar y decidir que trabajos se debían realizar para acondicionar el predio La Colmena para el futuro recital?
81- ¿Existió dictamen de la Secretaria de Hacienda y Administración General sobre si correspondía abonar los gastos del acondicionamiento de un predio privado para un espectáculo musical?
82- ¿Qué funcionario Municipal participó del acto de entrega del predio a la Sindico Cdra. Weisburd? Solicitamos acompañe copia del acta notarial labrada al afecto.
83- Recibió reclamo de particulares el Municipio de Olavarría a raíz de daños materiales derivados del evento musical desarrollado en Olavarría, predio La Colmena el 11/03/2017. ¿Si hubo reclamos, que costos asumió el Municipio y con qué base legal asume esos costos?
84- ¿Por qué en el plano a foja 30 del Expediente N° 6101/16 que presenta la Productora En Vivo SA expresan una superficie total de 130.000 metros cuadrados?
85- ¿Quién le facilitó el plano del predio “La Colmena” a la productora?
86- ¿Para cuántas personas estaba habilitado el predio “La Colmena”?
87- ¿Por qué si en foja 34 el apoderado de En VIVO SA solicita autobombas y personal para 150.000 personas, el municipio dispone la habilitación para 200.000 en la Disposición 71/17 en foja 113?
88- ¿Quién era el Ingeniero, Licenciado, o Técnico en Seguridad e Higiene designado por municipio para la supervisión de la sala de espectáculo?
89- ¿Solicitó el DEM el informe antisiniestral, electromecánico y /u otros necesarios para evento de tamaña magnitud, al Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires?
90- ¿Por qué el acta de verificación complementaria del Expediente 6101/16 fue verificada el 3/03/17, cuando en realidad la verificación complementaria debía realizarse cuando estaba el predio totalmente preparado para la realización del evento? Según fuentes periodísticas el día 3/03/2017 recién comenzaba el armado de la sala.
91- Según informe de la Subsecretaria de Desarrollo Social Silvana Rosales, el Municipio asistió con alojamiento, comida, teléfonos, abrigo, ropa, pañales, agua mineral, carga de celulares, viandas especiales, ¿cuánto gastó el Municipio en todo lo enunciado en este punto?
92- Ante los reiterados cortes de energía que sufrió la ciudad previo recital, ¿Cuántos grupos electrógenos contrataron para alrededores del predio, en qué sectores fueron ubicados, qué empresa fue contratada y qué costo significó para el municipio?
93- ¿Qué costo tuvo el traslado de las 6000 personas, según informe del Secretario de Desarrollo Humano y Calidad de Vida?
94- ¿Qué costo tuvo el acondicionamiento del predio: maquinarias utilizadas, agentes que trabajaron, cantidad de horas extras, combustible, viandas, individualizar cada una de ellas. Qué funcionario era el responsable del mencionado acondicionamiento?
95- ¿Qué costo tuvo la limpieza de la ciudad, empresa, personal municipal, horas extras, combustible, insumos?
96- Desde el operativo ¿Por qué no se pusieron baños químicos? Si se pusieron,¿ cuántos y qué costo le significaron al Municipio?
97- ¿Quién autorizó en espacios públicos municipales como La Isla, Base Bonino y la Máxima entre otros, la implementación de camping para los visitantes?
98- ¿Esos camping estuvieron gestionados por el municipio, si fue así, mediante qué normativa ¿Hubo empleados municipales afectados? ¿Cómo se realizó el cobro de estos servicios? Nómina de agentes municipales afectados.
99- ¿Cuántos pasajes pagó la Municipalidad para traslado de personas y cuantos había comprado con anterioridad?
100- ¿Qué trabajos realizó el área de Parques y Paseos?
101- Visto informe realizado por la Dirección de Parques y paseos ¿la misma informó al área de Control Urbano la ocupación del espacio público viendo que Ud., había manifestado la prohibición del uso de los mismos?
102- ¿Qué acto administrativo se realizó desde el Municipio para que la Empresa Malvinas realizara los trabajos para la limpieza posterior del evento?
103- ¿Qué capacidad técnica tenía la Subsecretaría de Obras y Servicios públicos según informe de actuación de Defensa Civil, para realizar tarea de seguridad fuera del predio? ¿Qué funcionario de la Sub Secretaría de obras y Servicios Públicos estaba a cargo de esa tarea?
104- ¿Por qué el expediente de los puestos de venta se hizo con fecha 14/03 posterior al espectáculo?
105- ¿Cuándo habilitaron los puestos establecidos en Avda. Pringles e Independencia y qué funcionario efectuó los controles a los mismos?
106- Según manifestación de contribuyentes que alquilaron puestos en algunos casos el cobro de los mismos se desarrolló en el lugar, según la LOM los habilitados a cobrar en nombre del Municipio tienen las obligaciones del tesorero, pero para ello deben ser nombrados por Decreto, ¿A través de qué instrumento y a quiénes se le confirió tal potestad?
107- ¿Qué funcionario realizó la evaluación de los lugares de acampe y estacionamiento de vehículos y qué funcionario verificó el estado de concurrencia de los mismos tal lo expresa el informe enviado al HCD sobre acciones realizadas durante el evento?
108- Según informe presentado por usted al HCD se caratuló un expediente para la habilitación de puestos para venta de bebida y comida posterior al recital, con fecha 14/03/2017, ¿qué funcionario indicó realizar ese acto administrativo?
109- ¿Qué funcionario autorizó la firma del convenio y al pago de los puestos, antes del decreto que fue refrendado por Secretario de Jefatura de Gabinete el Sr Jorge Larreche y el Secretario de Hacienda y Administración General Gastón Acosta?
110- ¿Cómo se liquidó el pago de la Tasa de Seguridad e Higiene a la productora por la venta de tickets, comida y bebidas dentro de la sala. Qué declaración jurada al respecto presentaron?
111- ¿En qué partida presupuestaria ingresó el dinero por el pago de los puestos?
112- ¿Cómo ingresó el dinero que el Gobierno Municipal cobró en los puestos ya instalados?
113- ¿Con qué criterio se realizó la devolución del pago a determinados puestos, qué acto administrativo realizaron para el egreso de dinero del Municipio? ¿Qué funcionario autorizó la devolución?
114- La disposición 71/17 con fecha 03/03/17 indica en los considerandos que el apoderado de la Productora Gustavo Zurita presenta una Declaración Jurada que estima una concurrencia de 200.000 personas y el valor del tiquet a $800. ¿Por qué la mencionada Declaración Jurada no obra en el expediente N° 6101/16?
115- Según Disposición 71/17 dice que en foja 67 se agrega el cálculo de Derecho espectáculos públicos y lugares de entretenimiento según Artículo 15 inciso 2 de Ordenanza Impositiva y sus modificatorias, cuando en foja 67 figura el Seguro de la Responsabilidad Civil de Federación Patronal página 12. ¿Por qué en el expediente N°6101/16 no figura el cálculo de Derecho a Espectáculo?
116- ¿Cuánto y cuándo pagó la productora el derecho de Espectáculos al Municipio?
117- En los considerandos de la Disposición 71/17 expresa que en foja 86 y 87 se adjunta el pago del Derecho de espectáculos y en las fojas 86 y 87 figura la Póliza de Seguro de Federación Patronal. ¿Dónde consta que la productora realizó el pago de Derecho de espectáculos siendo que no obra en expediente y hasta la fecha según RAFAM la productora no ha abonado u solo peso.
118- ¿Cuál fue la base de espectadores utilizadas para determinar el derecho?¿Cuánto debe ingresar al Municipio por ese derecho?.
119- En declaraciones a los medios locales, Sr. Intendente Ud. menciona que estuvo presente en el recital con su esposa y que ante una sensación de intranquilidad decidió llevarse a su esposa e irse, para no ponerla en riesgo. ¿En qué parte de la sala se encontraba Ud?,
120- ¿Qué operativo de seguridad se desarrolló para los vecinos comprendidos dentro del Barrio Los Robles, antes, durante y después del recital?
121- ¿Qué operativo de seguridad se desarrolló para los vecinos comprendidos dentro del Barrio San Vicente, antes, durante y después del recital?
122- ¿Qué operativo de seguridad se desarrolló para los vecinos comprendidos dentro del Barrio Municipales, antes, durante y después del recital?
123- ¿Dónde se encontraban las salidas de emergencia?
124- ¿Para qué cantidad de asistentes en la sala estaba previsto el plan de salida?
125- ¿Cuantas salidas (no de emergencias, sino de estado normal, previstas tenía la sala?
126- ¿Cuál era la ubicación de las salidas?
127- ¿Cuál era la orientación y la razón de las mismas, de las salidas?
128- ¿Cuantas salidas de emergencias se encontraba indicadas?
129- ¿Cuál era la indicación lumínica para acceder a las salidas de emergencias?
130- ¿Qué evaluación del experto en seguridad realizó sobre la visibilidad de las indicaciones de emergencias?
131- ¿Cómo se indicaban las guías (visuales, sonoras) para salir de la sala?
132- ¿Cómo se indicaba las guías (visuales, sonoras) para guiar a los asistentes dentro del ejido urbano?
133- ¿Qué cantidad de personal municipal fue ocupado para el momento de la desconcentración?
134- ¿Cuál fue el acto administrativo que determinó tal ocupación con la determinación presupuestaria de tal acción?
135- ¿Dónde se proyectó estar presente el personal municipal para el momento de la desconcentración? Ubicación del mismo, con referencia geográfica.
136- ¿Qué erogaciones de horas extras, extraordinarias, tareas especiales y todo aquello que cubra los pagos de todo el recurso humano municipal se llevó adelante, individualizando por Área de Gobierno, indicando nombre y apellido, y cantidad de horas; dentro del período de las 0 horas del día viernes hasta el día lunes a las 7.00hs?
137- ¿Cuál era la ubicación de la disposición del material que fuera extraído en el cacheo de control de ingreso al predio del recital?
138- ¿Cuánto material se retuvo del cacheo, individualizando todo el material?
139- ¿Qué procedimiento se estableció para la devolución del material?
140- En función del Art. 1, 2, 5 y 10 de la Ley 11.825 y del Art. 1 de la Ley 11.748. ¿Puede Ud. detallar qué acciones se previeron en pos de su cumplimiento?
141- ¿Tuvo conocimiento del contrato entre la producción y el síndico?
142- ¿Cuáles fueron los motivos por los cuales, se gastó tiempo, recursos (dinero público) y personal municipal asignado al acondicionamiento del predio (tomando cómo fuente el contrato entre productor y Sindico) y esto fue en desmedro de los trabajos sobre el operativo de seguridad?
143- En cuanto a la capacidad de ocupación del predio “La Colmena”. En el plan de emergencias que se presentó para habilitar el evento y de acuerdo a la legislación vigente, que se contempla a una persona por metro cuadrado (1xm2), se aprueban las instalaciones con una capacidad de 155.000 espectadores.
144- ¿Reconoce cómo suyas las “declaraciones del Intendente Municipal del día domingo 12 de marzo del corriente, el mismo menciona que la capacidad es de 170.000 a 200.000 personas?.
145- ¿Tiene Ud. conocimiento que el representante legal de EN VIVO S.A manifiesta, en modalidad de declaración jurada una concurrencia de 200.000 ocupantes de la sala?
146- ¿En qué elementos se basan para considerar una capacidad mayor a la que el técnico en seguridad e higiene de la firma GEHS había dispuesto?
147- ¿Porque razón se expide desde el área de habilitaciones, cuando a sola declaración jurada el representante legal de EN VIVO S.A, manifiesta una concurrencia de 200.000 personas?
148- ¿Porque no se previó un plan de emergencias para un mayor número de concurrentes?
149- ¿Se contempló un plan alternativo para mayor ocupación de la sala?
150- En cuanto a la tasa sobre “Derecho de Espectáculos Públicos y Lugares de Esparcimiento”, Ordenanza Impositiva Nº 2461/99, Art. 15 Inc) d.2., será del 2% del Factor de Ocupación Determinado, sobre el precio promedio unitario de las entradas vendidas. en este caso, recital del Indio Solari, había un único precio, cuyo valor fue: $800 (pesos ochocientos). Cuál de las dos opciones siguientes tomara para cobrar dicha tasa:
151- ¿La Habilitación otorgada por GEHS: 155.000 – pago derecho (canon): $2.480.000?
152- ¿La Habilitación otorgada por Municipio: 200.000 – pago derecho (canon): $3.200.000?
153- En cuanto al expediente municipal 2016-006101-117700, Ud. Presento notas ante Steward Cap? Ud. presentó notas ante Sullair Argentina? Ud. presento nota ante Bomberos Voluntarios de la ciudad de Azul? Ud. Presentó nota ante Delegación Bomberos Voluntarios de Olavarría? Ud. Envió nota a la Comisaría 1ra de Olavarría?,
154- En cuanto al operativo de desalojo y desconcentración una vez finalizado el Evento Musical ¿Dónde se encontraban ubicados el personal de turismo y municipal que brindaría información sobre orientación en la salida del predio y hacia los puntos de desembarco de los micros y combis que llegaron a la ciudad el día sábado 11 de marzo?
155- ¿Reconoce la firma de la cláusula de Fianza rubricada en el Expte del Concurso preventivo “COOP. AGRARIA LTDA. OLAV S/ CONCURSO PREVENTIVO”, que tramitan ante el Juzgado Civil y Comercial Nº2 de Olavarría?
156- ¿Por qué cedió la PRODUCTORA EN VIVO S.A el uso y goce de una parte del predio “La Colmena” a título gratuito a la Municipalidad de Olavarría, para la instalación de puestos que fueron a título oneroso?
157- ¿Cuántos puestos se habilitaron?
158- ¿Cuáles fueron las habilitaciones y qué alcance tienen las mismas, en cuanto a ventas y horarios?
159- En cuanto a los actos administrativos ¿Cuándo se firmaron los contratos con los puesteros que venderían comida y bebidas?
160- ¿Qué mecanismo de control se estableció para aquellos puestos ilegales o fuera del radio permitido?
161- ¿No se pensó en dar de manera gratuita los puestos de comida y bebida, con las habilitaciones a entidades de bien público para que tuvieran ingresos y afrontar el año difícil por delante?
162- En función de la cantidad de puestos (128 estimados), en base a las cuentas del municipio ¿a qué imputación contable se adjudicaron los ingresos en concepto de canon y/o alquiler?
163- ¿Reconoce que recorrió los canales de T.V y radios de medios de alcance nacionales y dando notas en las radios, siendo que la promoción del espectáculo corre por cuenta de la Productora?
164- ¿Cuántos reclamos y Juicios hay contra la municipalidad?
165- ¿Cuál es la previsión presupuestaria para afrontar los reclamos y juicios hay contra la municipalidad?
166- Durante los días previos al recital, Ud. Estuvo realizando conferencias de prensa y gabinetes itinerantes con los funcionarios municipales para evacuar dudas y consultas sobre el operativo de tránsito y seguridad ¿qué se anunció y comunicó al vecino de Olavarría?
167- Detalle por favor donde fueron colocados los baños químicos para los espectadores en las calles de los barrios cercanos al predio y teniendo en cuenta el plan graficado de estacionamiento.
168- En su conferencia de prensa del domingo 12 de marzo, Ud dijo: “se nos fue de las manos”. ¿cuál es el alcance del significado se nos fue de las manos?
169- En cuanto a los colectivos, los que ingresaron a la ciudad se calcularon en unos 600, de los cuales un 20% de ellos no cuentan con la habilitación correspondiente para transitar en las rutas y para ingresar a la ciudad.
170- Que controles en rutas se llevaron adelante?
171- Dentro del operativo en la ciudad, cual fue el control y que recursos fueron puestos en funciones para que el Plan Graficado de estacionamientos se cumpliera?
172- En cuanto al mapa con las arterias de ingresos a la ciudad y las avenidas permitidas para Estacionamiento. Av Circunvalación – Av. Pringles – Av. Ituzaingó.
173- ¿Fue realizada la convocatoria de la Policía Local?
174- La Policía Local fue convocada el sábado a la tarde y sin intervención ¿Qué personal destinó la policía local a la desconcentración del público asistente, desde las puertas de ingreso/egreso del predio hasta las rutas nacionales y provinciales?
175- ¿Cuál fue el plan de contingencia que se aplicó al decidirse la evacuación de la ciudad de personas varadas y en el que se infringió la Ley Nacional de Transito al trasladar personas físicas en camiones municipales no habilitados para tales efectos?
176- ¿Qué intervenciones realizo la Municipalidad de Olavarría con el Club Atlético Estudiantes de Olavarría para que este cediera parte de sus predios (club de equitación y cancha de Softbol y por qué?
177- ¿Celebró con el Club Atlético Estudiantes de Olavarría algún convenio para el uso y goce del predio de equitación?
178- ¿Por qué el primer escrito presentado dentro del expediente judicial del concurso, referido al evento musical, es suyo y no de la Productora EN VIVO S.A.? Siendo que era un contrato entre privados el que se debía firmar.
179- ¿Por qué ofició de gestionador del evento como consta a fojas 5800 del expediente judicial del Concurso? (escrito donde solicita la autorización)
180- Explique las razones por las cuales Ud. manifiesta en el escrito de fojas 5800 del expediente judicial que hay razones de interés público municipal en que la jueza autorice la suscripción del contrato de locación sobre el Predio La Colmena, siendo que a la fecha de la presentación de su escrito 15/11/16 aún no había declaración en tal sentido ni del HCD ni del DEM.
181- ¿Por qué en el escrito presentado por Ud. en el expediente judicial a fojas 5800 Ud. manifestó urgencia para la autorización de la locación del predio? Explique detalladamente las razones de dicha urgencia.
182- Explique cuáles eran las razones personales que Ud asumía teniendo en cuenta que llevó adelante las negociaciones y el impulso de las gestiones necesarias para que se produjera el evento.
183- ¿Por qué en el Acta de Audiencia de fecha 21 de Noviembre de 2016 que consta a fojas 5803 del expediente judicial del concurso referida a las tratativas para la locación del Predio la Colmena, figura como presente y parte en dicha audiencia el Dr. Luciano Blanco en representación del Municipio, siendo que era un contrato entre privados el que se debía firmar?
184- Informe cuales fueron las negociaciones que se realizaron en las reuniones producidas en el Juzgado Civil y Comercial Nro.2.
185- Informe porqué la Municipalidad se presentaba en cada acto como un tercero interesado en la realización de un evento privado, sin mencionar lo referido al control de policía que si debía ejercer el Municipio en este tipo de show.
186- Explique las razones por las cuales no ha acompañado al expediente judicial del concurso, el Convenio Anexo firmado entre el Municipio y la productora, como así se han obligado dentro del Convenio de Cesión de Uso y Goce del Predio la Colmena en la cláusula OCTAVA.
187- Detalle las cláusulas del convenio anexo.
188- Informe si ese convenio anexo se encuentra agregado a la causa penal.
189- ¿Por qué no solicitó la autorización del Honorable Concejo Deliberante para constituir a la Municipalidad de Olavarría como ejecutante de las obras de acondicionamiento del predio?
190- ¿Por qué Ud. ofreció la figura de fiador en el escrito presentado y firmado de su puño y letra que consta en el expediente judicial del concurso sin haber solicitado la autorización del Honorable Concejo Deliberante?
191- Explique la redacción del último párrafo del escrito presentado a fojas 5848 vuelta, a saber: “Es dable destacar que el municipio al que represento colaborará de manera que todas las partes involucradas en el convenio celebrado, resulten indemnes a las consecuencias que pudieren derivar del evento musical a llevarse a cabo”.-
192- ¿Cómo pudo Ud. manifestar públicamente ” “no” puedo hacerme cargo de lo que pasó dentro de un predio privado” cuando en todo momento desde el comienzo de la organización se mostró en sus actos como coorganizador del evento?
193- Ud…Intendente Municipal, desde que se anunció el recital asumió la posición de responsable y organizador del evento y contó en una entrevista que fue personalmente en busca de los productores cuando estos trajeron a la banda “No te va a Gustar” a la ciudad. Por otro lado fue quien dio impulso en el expediente judicial al comenzar las tratativas de la locación del predio necesario para el show. El recital se llevó a cabo en el predio “La Colmena”, inmueble judicializado de una ex Cooperativa Agraria en concurso. La jueza María Hilda Galdóz titular del juzgado en lo Civil y Comercial Nº2 fue quien autorizó a la productora “En Vivo” el alquiler del Predio, firmando Ud mismo en carácter de intendente Municipal como responsable de lo que allí sucediera.
¿Qué quiso Ud decir al momento de suscribir el contrato al manifestar “es dable destacar que el municipio al que represento colaborará de manera que todas las partes involucradas en el convenio celebrado resulten indemnes a las consecuencias que puedan derivar del evento musical a llevarse a cabo”?
194- ¿Cuál fue el número exacto por el que el municipio otorgó la habilitación?
195- ¿Por qué en la disposición de la habilitación no surge un número exacto?
196- ¿En qué documento se pactó el número de asistentes al evento?
197- ¿Por qué en todas las declaraciones públicas manifestó esperar más de 200 mil personas y sin embargo no se consignó en la autorización de habilitación del funcionario a cargo del área ese número?
198- ¿Por qué al momento en que constató que el movimiento de gente superaría las 200.000 personas no dio aviso al Ministerio de Seguridad de la provincia para que enviara refuerzos?
199- ¿Por qué no se procedió como se ha procedido en otras oportunidades a clausurar el lugar teniendo en cuenta que había exceso en el factor ocupacional? Ejemplo: (El Juzgado de Faltas dispuso la clausura por cinco días y una multa superior a los 100 mil pesos del salón ubicado en el barrio Pueblo Nuevo, en Maipú 2848, tras “constarse en diferentes oportunidades exceso en el factor ocupacional” 23/11/2016).
200- ¿Por qué ante la advertencia de irregularidades no accionó el Juzgado de Faltas? Esto teniendo en cuenta además que acciona luego de realizado el espectáculo, más específicamente a los dos días.
201- ¿Por qué el personal de Dirección de Acción y Control Urbano no procedió como lo hace habitualmente a constatar los días previos la venta de alcohol fuera del horario permitido y la constancia o no de la habilitación al Registro de Expendio de Bebidas Alcohólicas (REBA)?
202- ¿Por qué no se procedió a la clausura preventiva de los puestos que estaban en incumplimiento a las leyes provinciales Nº 11825 y 14050 que hacen referencia al expendio de bebidas alcohólicas?
Cabe destacar que este tipo de controles se realizan habitualmente con personal municipal en horario nocturno y en distintos puntos de la ciudad y localidades a los efectos de dar cumplimiento a las normas establecidas en la legislación vigente.
La ley 11825 artículo 5 establece la prohibición de venta de bebidas alcohólicas a 200 metros de espectáculos públicos una hora antes y unas horas después del evento
203- ¿Por qué no se respetaron los lugares establecidos para estacionar los micros?
204- ¿Por qué al momento de constatar que se estaba estacionando en lugares incorrectos no se procedió a indicar y reorganizar el transito? Dejando de esta forma que se desencadenara luego el desconcierto y la pérdida de varias personas que no supieron arribar al lugar por las distancias y falta de señalización.
205- ¿Por qué no se realizaron las requisas necesarias al momento de ingresar al predio?
206- ¿Por qué al advertirse que no se estaban cumpliendo con los controles en el ingreso, con la cantidad de gente que podía ingresar y la apertura de las puertas sin controles no se procedió a inspeccionar y ejercer el debido control de policía?
207- ¿Por qué no se enviaron los inspectores necesarios para constatar las irregularidades mencionadas?
208- ¿Por qué si Ud. estaba presente al momento en que el Señor Indio Solari debió suspender el evento y, pudo advertir lo que estaba ocurriendo no tomó las medidas de contralor necesarias?
209- ¿Por qué Ud Sr. Intendente se retiró del predio a mitad del recital?
210- ¿Se exhibió por parte de la productora la autorización de habilitación conjuntamente con la CERTIFICACION FINAL DE OBRAS SOBRE INSTALACIONES CONTRA INCENDIO extendido por el Cuartel de Bomberos de Azul el día del evento como así lo dispone la DISPOSICION 71/17?
211- Informe si los Bomberos de la ciudad de Azul, quienes supuestamente entregaron el Certificado Final se presentaron 24 horas antes a constatar que se estuviera cumpliendo con todas las medidas de seguridad que exigen ellos.
212- Explique las razones por las cuales el Municipio firmó un contrato de cesión de uso de espacio determinado para stands con un sujeto no autorizado a dicha cesión. Esto teniendo en cuenta que en el contrato principal la productora no está autorizada a realizar este tipo de operaciones.
213- ¿Por qué el Municipio obtuvo un redito económico de una operación que no estaba autorizado a realizarse en el contrato principal?
214- Informe la cantidad de dinero que ingresó en concepto de estas tasas por cobro de uso de espacio para stand.
215- Informe porque no se realizaron los controles que establece la ley provincial en cuanto a la venta de alcohol una hora antes de comenzar el show y después.
216- ¿Por qué la Subsecretaria suprime información y no menciona en su informe el traslado de las personas en camiones a las afueras de la ciudad con una total negligencia de parte del Municipio?
217- ¿Por qué no se agregaron al informe las fotos del traslado de las personas en camiones?
218- ¿Por qué no procedió el Juzgado de Faltas y/o Control Urbano a realizar la correspondiente acta de infracción al municipio cuando era de público conocimiento que se estaba realizando ese traslado ilegal y totalmente fuera de las normas de tránsito.
219- ¿Cuál fue la asistencia que se le solicito a la Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires María Eugenia Vidal y bajo qué instrumentos se efectivizo dicho pedido?
220- En materia de seguridad ¿qué prevenciones tomo el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires a cargo del Sr. Cristian Ritondo?
221- De la llegada del Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Sr. Cristian Ritondo ¿Cuáles fueron las instrucciones que le indico al Departamento Ejecutivo Municipal en materia de seguridad?
222- ¿Cuál fue el cálculo previsto por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires de asistencia total de público al recital? De existir un cálculo previo ¿En qué día y hora se tomó conocimiento que el mismo iba a ser ampliamente rebasado? ¿Qué medidas reforzaron y que acciones extras se tomaron a partir de dicho conocimiento?
223- ¿Cuál fue el número de efectivos que reforzaron el plantel policial destinado a la ciudad de Olavarría?
224- ¿Cuál fue el número de patrulleros extra jurisdiccionales que de destinaron en la ciudad? De la última entrega de 10 móviles y 20 motocicletas del día 09/03/2017 ¿Cuántos estaban operativos y fueron utilizados el día del recital?
225- ¿Qué instrucciones específicas se les dio al personal policial afectado, teniendo en cuenta la magnitud del evento y las características del público asistente?
226- ¿Qué estadísticas recabaron en base a las intervenciones y/o denuncias que hayan recibido (delitos, detenciones, etc.)? En el lapso comprendido entre jueves 09/03 al lunes 13/03/17 incluidas.
227- ¿A qué se debió la tardía respuesta en la asistencia a los llamados solicitando de intervención policial en los hechos ocurridos en el día domingo 12/03/17, en inmediaciones de la terminal de ómnibus?
228- ¿Quién ordenó reprimir a los manifestantes con la utilización de balas de goma?
229- ¿Cuántos efectivos con base en Olavarría, y jurisdicciones vecinas se utilizaron en operativos vinculados a la logística previa y a los hechos posteriores al recital del día 11/03/2017, detallando así mismo la cantidad de horas hombre que se debieron abonar? ¿Cuántos efectivos, de que reparticiones y cuantas horas hombre se afectaron al operativo rastrillaje? ¿Qué gasto total le significo al erario Provincial todo el operativo rastrillaje, incluyendo trasporte, combustible, helicóptero, ambulancia viáticos etc.?
230- ¿Qué intervención realizo la Superintendencia de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires y si específicamente le fue solicitada mediante nota?
231- La Superintendencia de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires ¿Cómo se interrelacionó con demás organismos con competencia en la materia? (Dirección Provincial de Vialidad, Vialidad Nacional, etc.)
232- ¿Qué medidas concretamente tomaron para mejorar y agilizar la llegada masiva de visitantes y el regreso a sus hogares?
233- Las medidas precautorias ¿Sobre qué rutas y en qué lugares específicos de las mismas se montaron?
234- Que estadísticas de siniestralidad y que flujo vehicular registraron los peajes de Hinojo, Parish, Cañuela, Tandil y el Dorado y como así también en base a los controles, si es que los mismos se realizaron, en las rutas que acceden a nuestra ciudad desde el norte del país a través de Bolívar, y desde el sur por Bahía Blanca. Es decir por las Rutas 226, 76, 51 y enlace Néstor C. Kirchner con Ruta 3.
235- El conjunto de medidas dispuestas por este ámbito provincial, ¿qué costo total le significo a la Provincia?

236- ¿Qué medidas y acciones preventivas se dispusieron desde esa Dirección Provincial de Defensa Civil al tomar conocimiento de la realización del recital del Indio de Olavarría 11/03/2017?
237- ¿Qué asistencia concreta le solicito el municipio a la DIRECCION PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL, previo al recital y/o posteriormente del mismo?
238- Al tomar conocimiento de la situación de colapso que provoco en la ciudad dicho recital, que medidas dispuso esta dirección provincial y como interrelación o coordino con mismas aéreas en el ámbito local
239- De haberse tomado medidas desde la Dirección Provincial de Defensa Civil ¿Que costo total le significo a la Provincia?
240- ¿Qué asistencia se solicitó al Ministerio de Salud y mediante qué instrumentos?
241- ¿La logística para abastecer a los hospitales móviles fue abonada por el Municipio o la Provincia y que costo tuvo? ¿Qué cantidad de personal Municipal se destinó a los mismos? Detallar horas y funciones.
242- ¿Qué cantidad de heridos y/o atendidos fueron reportados por Bomberos y Defensa Civil?
243- ¿La productora prestó servicios privados de asistencia médica? ¿De qué manera se articuló este servicio con el hospital Héctor Cura, Defensa Civil, Bomberos, etc.?
244- ¿Qué aportes hizo la región Sanitaria IX?
Según CLAUSULA OCTAVA, denominada “ACONDICIONAMIENTO”, del CONVENIO suscripto entre la productora EN VIVO SA y la Sindico Sra. Cdra. Gabriela Raquel Weisburd, designada en el expediente 12148 en trámite por ante el Juzgado N° 2 de Olavarría, a cargo de la Dra. María Hilda Galdós, se establece que el MUNICIPIO DE OLAVARRIA, proveerá trabajos relativos a la limpieza, desmalezamiento, nivelación de suelos y provisión de servicios propios del ejido urbano, todo ratificado por escrito firmado por el Sr. Intendente Dr. Ezequiel Galli, en expediente de referencia, manifestando que a tal fin se firmara un convenio como ANEXO, el cual se agregará dentro de los 30 días anteriores a la realización del evento:
Se agregó dicho convenio al expediente 12148.
245- Se suscribió dicho convenio.-
246- En que consiste el mencionado convenio
247- Porque no hay copia del mismo, en el expediente municipal.-
248- Con que objetivo y bajo que fundamento, el MUNICIPIO DEL PARTIDO DE OLAVARRIA, acondiciona un predio, para llevar adelante un show oneroso y privado.-
249- Cuantos recursos públicos se destinaron a tal fin.-
250- Teniendo presente que el poder de policía lo detenta el ejecutivo municipal, se controló el cumplimiento a lo que se comprometió la empresa STEWARD CAP, a fs. 27 del Expte. Municipal 2016-006101-117700, sobre la existencia de 1400 CONTROLADORES.
251- En base a que calculo, dicha empresa, dispone que habrá esa cantidad de controladores.
252- Visto que la apertura de las puertas de ingreso al predio La Colmena, estaba dispuesta para las 16 hs, ¿qué factor fue determinante para que las mismas se abrieran a las 14.30?, según Ud. manifestó en su twitter, según nota adunada a fs. 27, se detalla el servicio que prestara STEWAR CAP, estarían de 14:00 a 01: AM, el personal de Control de Admisión y Permanencia (CAP).
253- El Municipio del Partido de Olavarría, en su función de poder de policía, controló que se cumpliera dicho horario.

A fs. 42 del expediente Municipal 2016-006101-117700, se encuentra adunada la nota enviada por APEX, suscripta por Lic. German Braña, informando la conformación del operativo Sanitario, donde se detalla, que dispondrá de 10 ambulancias, 30 médicos, 19 enfermeros y 160 socorristas. ¿Se controló el cumplimiento de dicho dispositivo Sanitario.
254- En base a qué cálculo de personas, se dispone de dicho Operativo Sanitario?
En caso afirmativo:
255- Explique cómo la empresa APEX, puede determinar ese operativo sanitario, sin conocer aún el factor ocupación del predio, recordando que la nota de APEX, a fs. 42, y el informe del Factor Ocupacional del Predio se encuentra adunada posteriormente.-
El plan de Emergencias, firmado por el Lic. Doglio, dictamina que la capacidad determinada y aprobada, de las instalaciones, es de 155000 espectadores, tomando una persona por m2, de acuerdo a la legislación vigente
256- Porqué en la disposición 71/17 emitida por el Municipio del Partido de Olavarría, suscripta por Nelson Gustavo Pistelli, en los considerando, acepta sin reparo alguno, que el apoderado de la razón social EN VIVO SA., por medio de su apoderado, informa bajo declaración jurada que se estima la concurrencia de 200.000 personas, sabiendo que este número no está en concordancia, con la habilitación del predio, y con los dictámenes de profesionales correspondientes;
257- Se controló efectivamente, el número de espectadores al show del Indio.
258- Cuál fue el número total de espectadores.
259- Poseen dictamen alguno de profesional idóneo, sobre la posibilidad de recepcionar en el predio, más espectadores que lo que determina el profesional Doglio.
260- Conocen los riesgos que corren las personas y los bienes, cuando no se respeta la cantidad de personas por m2.
261- Se adecuó el plan de Emergencias, plan de contingencias y de evacuación, acorde al nuevo número de supuestos espectadores, denunciados en la Disposición 71/17.
262- Tiene conocimiento de que se hayan abierto las puertas de emergencias.
263- Qué cantidad de personas pensaban que llegarían a la ciudad.-
264- De acuerdo a eso, se previó la infraestructura, para recibir ese caudal de personas.
265- Se tomaron medidas preventivas, al evaluar la posibilidad de que el número de personas, que llegarían a nuestra ciudad, supere lo previsto.
En el expediente administrativo, se habla del cálculo del Derecho de espectáculos, el cual no fue adunado.
266- Porque no fue adunado.
267- Cuál es el cálculo que se hizo
268- En base a qué cantidad de entradas vendidas.
269- Al día de la fecha, ¿fué abonado el derecho de Espectáculo?.
270- Cuánto asciende ese monto.
271- Cuál es el monto total de recursos invertidos por el municipio de Olavarría en:

Salud
Transporte
Seguridad
Acondicionamiento del predio.
Limpieza de la Ciudad.
272- De acuerdo al informe de actuación presentado por la Dirección de Defensa Civil, ¿dónde se detallan, las acciones, antes, durante y después del evento?
273- Con cuanto personal el área de Defensa Civil Local, afrontó las acciones antes mencionadas.-
274- Quién firma el informe presentado ante el H.C.D. de fs. 134 y 135, la cual detalla controles de tránsito, listado de personal policial y seguridad.-
275- ¿Quién dio la orden de trasladar a las personas varadas en la Terminal de Ómnibus de Olavarría, en camiones?
276- ¿Tenían conocimiento, de que el traslado de personas en camiones es contrario a las leyes?
277- ¿Quiénes conducían esos camiones?
278- ¿Hasta dónde llevaron a esas personas?
279- ¿El monto estipulado para la utilización del predio “La Colmena” fue de pesos trescientos mil ($300.000)? ¿Quién lo determino?
280- ¿Se concedió la correspondiente habilitación municipal para la celebración del recital en cuestión?
281- Alegando razones de interés público comunal, ¿solicito en el expediente judicial autorización para suscribir contrato de locación sobre los inmuebles de titularidad de la concursada?
282- ¿Existieron puntos de venta de comidas y bebidas habilitados por la Municipalidad? ¿Cuantos y dónde estaban ubicados?
283- ¿Quién era el Director a cargo de la inspección y/o habilitación de tales puestos?
284- ¿Cuál era el monto que debía abonarse para la habilitación de los puestos de venta de comidas y bebidas? ¿Cuál fue el sistema de cobro del mismo?
285- ¿Cuánto dinero se recaudó en virtud de las habilitaciones concedidas?
286- ¿Cuántos médicos se encontraban de guardia la noche del recital?
287- ¿Se designó persona dependiente del municipio a cargo del operativo de seguridad?
288- ¿Con que cantidad de agentes de seguridad conto y como se encontraban distribuidos?
289- ¿Mantuvo comunicación con algún funcionario de la Pcia. De Buenos Aires para trabajar en conjunto y colaborando en la organización de semejante evento? ¿Con quiénes?
290- ¿El gobierno Provincial brindo personal de seguridad y exigió a la Productora algún tipo de requisito a cumplir en materia de seguridad?
291- ¿Se organizó la salida del recital? ¿Cuántos era los puntos de salida y por qué lugares?
292- ¿Se colocó cartelería y señalización para indicar ingreso y egreso al predio?
293- ¿Tiene conocimiento de la instalación de punto de venta que fuere instalado por funcionario y/o concejal en ejercicio?
294- ¿Solicito la realización de operativos para la detección de Drogas ilícitas? En caso afirmativo ¿A cargo de quien estuvo y cuantos operativos se concretaron?
295- ¿Tiene conocimiento si se realizaron operativos para evitar el ingreso de drogas ilícitas a nuestra ciudad? ¿Dónde se realizaron? ¿Se le dio intervención a la Policía de la Provincia y la Federal?
296- ¿Tomo contacto Ud. con el Honorable Concejo Deliberante en cuanto a la responsabilidad que estaba asumiendo? Si, No, Por qué.
297- Usted sabía que la ley prohíbe la venta de alcohol a menos de 200 metros de un evento importante? Si su respuesta es positiva:
Porqué autorizó puestos de venta a menos de 200 metros.
298- Usted sabía que en los puestos callejeros se vendían hamburguesas, choripanes y otros alimentos. Si la respuesta es positiva y teniendo en cuenta que con el cuerpo de inspectores municipales de Olavarría no podía realizar un mínimo control:
No pidió auxilio a otros Municipios para reforzar el control con inspectores de otros lugares?
299- Medios nacionales difunden un video donde usted participa de una reunión junto a los productores del evento y vecinos en la ubicación de los puestos de venta y donde se ve que usted hace apagar el celular que estaba filmando la reunión. Podría decirnos como siguió esa reunión y cuál fue la resolución?
300- Participaron funcionarios municipales de la venta de alcohol y alimentos no controlados en algún puesto de venta?
301- Cree que Bromatología de la Municipalidad de Olavarría bajo su Jefatura está con autoridad de salir a inspeccionar otros negocios?
302- Cuantos puestos de comidas y bebidas se habilitaron? Podría detallar la ubicación, calle, altura y comprobante de pago
303- Luego de las imágenes vistas por todos, en la que se cargaron personas en camiones municipales para ser trasladadas desde la terminal de ómnibus:Quien dio la orden de esa operación?
304- Cuantos camiones salieron cargados de personas y que funcionarios hicieron de choferes?
305- Donde culminó el recorrido de cada camión?
306- Cree que los inspectores de la Municipalidad de Olavarría bajo su Jefatura está con autoridad de salir a inspeccionar otros vehículos?
307- El Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires en entrevistas con periodistas afirmó que a Olavarría ingresaron 80 mil autos y 3600 micros.
Considera que esa cantidad de vehículos superó lo que usted tenía en consideración?
308- Usted fue notificado de esos datos?
309- Que acciones preventivas para el ingreso y egreso tomó a parte de utilizar camiones para sacar personas fuera de la terminal?
310- En el Convenio de Cesión de Uso y Goce de Predio destinado a espectáculo firmado el 7 de diciembre de 2016 en la Cláusula novena se constituye a la Municipalidad de Olavarría en fiador de las obligaciones que la productora asume frente al cedente.
Considera usted que se excedió en el uso de sus facultades?
311- Está usted dispuesto a responder con su patrimonio personal ante eventuales juicios a la Municipalidad de Olavarría?
312- A fojas 5848 el Intendente Municipal manifiesta que “Es dable destacar que el Municipio al que representó colaborará de manera que todas las partes involucradas en el convenio celebrado, resulten indemnes a las consecuencias que pudieron derivar del evento musical a llevarse a cabo”
Considera el señor intendente que se excedió en sus funciones y responsabilidades?
313- Cuantos baños químicos dispuso y en que ubicación.
314- Cual fue la señalización dispuesta por el Municipio
315- Quien reparará el alambrado (hasta el día de la fecha inexistente) sobre la Avda Avellaneda entre las calles Moreno y Avda Pringles
316- Fue intimado el Club Atlético Estudiantes a limpiar el predio del Club Hípico?
317- Cuanto recibió la Municipalidad de Olavarría en concepto de Derecho de Espectáculos Públicos?
318- Tiene un detalle de los ingresos y egresos del evento, y saldo. Podría informarlo?
319- Está en conocimiento que miembros de la Policía Bonaerenses avisaron a la Fiscalía y a la Defensoría que la cantidad de muertos ascendía a 7 personas?
320- Cuánto dinero ingresó al Municipio de Olavarría producto del Fondo de Infraestructura y Seguridad para el Recital del Indio Solari y de ser así como se distribuyó?
321- Está en conocimiento de la presencia de miembros de la hinchada de Boca Juniors en Olavarría el día del Recital del Indio Solari?
322- Cuantas personas contrató la Municipalidad de Olavarría para seguridad y de ser así bajo que modalidad?
323- Cuantos policías municipales y provinciales fueron afectados al operativo fuera del predio del recital y como se financió?
324- El día 20 de marzo de 2017 en un reportaje concedido a LU32 Radio Olavarría, usted admite que se cometieron muchos errores: podría enumerarlos?

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