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11 de septiembre de 2018
CHASCOMúS

Ex Director del Hospital y ex candidato de Cambiemos, condenado por mala praxis

En una causa iniciada hace una década, con un fallo de primera instancia de fines del 2015, y una confirmación de la sentencia de diciembre del 2017, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata condenó por daños y perjuicios por mala práctica médica al doctor Santiago Dos Santos, ex director del hospital municipal de Chascomús durante la gestión de Liliana Denot y pre-candidato a concejal por Cambiemos en las PASO 2017. 

Ex Director del Hospital y ex candidato de Cambiemos, condenado por mala praxisEx Director del Hospital y ex candidato de Cambiemos, condenado por mala praxis
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Como propietaria y administradora del nosocomio donde acaecieron los eventos, la sentencia hace extensiva la condena a la co-demandada Municipalidad de Chascomús.

A Dos Santos se lo encontró culpable de dejar una gasa en la vagina de una paciente luego de someterla a una intervención quirúrgica. La causa “C.M.R C/MUNICIPALIDAD DE CHASCOMÚS Y OTRO/A” tiene su origen en mayo del 2004, cuando una vecina de la ciudad Chascomús con un diagnóstico de miomatosis uterina fue sometida a una histerectomía total en el hospital “San Vicente de Paul”. 

La intervención estuvo a cargo del cirujano. Como la evolución del cuadro no fue la esperada, y la paciente debió ser intervenida nuevamente para realizarle un drenaje.

Ex Director del Hospital y ex candidato de Cambiemos, condenado por mala praxis

A fines de mayo fue dada de alta quirúrgica, y continuó los controles en los consultorios externos. A pesar de un persistente flujo sanguinolento vaginal maloliente, mareos y disnea, la respuesta de los profesionales fue que se trataba de un cuadro propio del post-operatorio “y que el remedio era tomar Gatorade y comer papas fritas”.

A comienzos de junio, la vecina decidió por cuenta propia trasladarse en un remis hasta el hospital Cosme Argerich de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para hacer una interconsulta. Según consta en la historia clínica del Argerich, el foco infeccioso estabadeterminado por un oblito. Este término, derivado del latín “oblitum-oblivus” (olvidado-olvido), se utiliza para definir a todo cuerpo extraño olvidado dentro del cuerpo de un paciente durante el curso de una intervención quirúrgica o procedimiento invasivo.

La defensa de Dos Santos negó su responsabilidad, argumentó que lo que la señora tenía era una neumonía, y que además se encontraba en tratamiento psicológico y psiquiátrico. Pero según consta en los fundamentos del fallo, “el olvido del cirujano es irregular no acorde a las reglas del arte de curar ni dentro de la buena práctica quirúrgica”. Los expertos citados aseguran que la impericia o imprudencia en oblitos debe ser descartada de plano, y que es un acto constitutivo de negligencia. 

Cabe recordar que no es la primera denuncia de este tipo que involucra a Dos Santos. Hace un año, y a raíz de haberse negado a realizar una intervención quirúrgica en el hospital municipal “San Vicente de Paul”, se le inició un sumario administrativo. 
Según consta en el expediente, un joven debía ser sometido de inmediato a una operación de urgencia, pero el cirujano le informó a la madre que no haría el procedimiento argumentando que no contaba con los instrumentos adecuados, que el equipo de laparoscopía del hospital no servía, y que debía derivarlo a la clínica privada Chascomús S.A. donde supuestamente sí podría hacerlo (percibiendo un honorario adicional por practicar la cirugía con su equipo).

Las autoridades sanitarias municipales determinaron iniciar actuaciones por haber puesto innecesariamente en riesgo la salud de un paciente, y porque al contar con todos los insumos y equipos necesarios para realizar la operación, "la negativa del profesional daña al sistema de salud pública, genera un claro conflicto de intereses y causan un perjuicio económico a los bienes municipales".
 

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