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27 de diciembre de 2018
MáS CONTROLES

Tras la muerte de un menor, recordaron la reglamentación sobre cuatriciclos en la playa

Nación, Provincia y municipios controlarán el cumplimiento de nuevas normativas para el uso de vehículos 4x4 en los balnearios. Habrá zonas seguras, pistas según la potencia y sanciones más duras para quienes incumplan las leyes.

Tras la muerte de un menor, recordaron la reglamentación sobre cuatriciclos en la playa
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La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), junto a la Dirección Provincial de Políticas de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires y los municipios adheridos, acordaron trabajar en conjunto para garantizar mayor seguridad vial, a través de
acciones de educación, concientización y fiscalización a los usuarios de cuatriciclos.

Tras la muerte de un menor en Necochea, atropellado por una 4x4, el Ministerio de Transporte de la Nación aplicará una nueva normativa, con mayor dureza para controlar el uso de vehículos de cuatro ruedas en las playas, entre ellos los cuatriciclos.

Dichos vehículos sólo podrán utilizarse en los corredores seguros que diseñe cada municipio hasta llegar a la zona delimitada para su uso recreativo, debiendo trasladarlos los propietarios en un tráiler hasta las zonas seguras en caso de que no los haya.

Los mismos deben contar con la señalética correspondiente que establezca la circulación, protecciones en las curvas, un único sentido de circulación, entradas y salidas demarcadas y limitaciones de velocidad, con dos categorías de pistas según su
potencia.

La primera, identificada con el color amarillo, para cuatriciclos de hasta 300 cc, con un límite de velocidad de 45 Km/h, mientras que la segunda, "Pista Naranja", reservada para para cuatriciclos de más de 300 cc, con un límite de velocidad máxima de 65 km/h.

En cuanto a la seguridad, tendrán que contar con una antena de dos metros de largo con un banderín rojo y, para los cuatriciclos no cabinados, se recomienda utilizar pechera de protección y calzado de seguridad para poseer mayor adherencia al vehículo.

Con la nuevas disposiciones, el cuatriciclo es considerado un vehículo automotor, por lo que se le aplican las mismas infracciones que para cualquier vehículo de estas características.

En este sentido se retendrá la licencia habilitante en caso de que estuviese vencida, no se ajuste a los límites de edad (a partir de 17 años), que ésta haya sido adulterada, que el titular se encuentre inhabilitado o suspendido para conducir o que se conduzca en contramano o alcoholizado.

Además, se detallan los motivos por los cuales el vehículo podrá ser retenido por la autoridad. Será cuando:

- Sean conducidos por personas no habilitadas para el tipo de vehículos que conducen, inhabilitadas, con habilitación suspendida
o que no cumplan con las edades reglamentarias para cada tipo de vehículo. 

- No cumpla con las exigencias de seguridad reglamentaria del vehículo.

- El número de ocupantes no se adecue a la capacidad para la cual fue construido.

- Se encuentre mal estacionado y/o obstruya la circulación o la visibilidad; los que ocupen lugares destinados a vehículos de
emergencias o de servicio público de pasajeros; los abandonados en la vía pública y los que por haber sufrido deterioros no
pueden circular y no fueren reparados o retirados de inmediato, serán remitidos a depósitos que indique la autoridad de
comprobación.

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