La Tecla
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El próximo miércoles 13 se conocerá el fallo de la Cámara de Casación a CFK por la causa vialidad donde está imputada la ex presidenta y afuera de los tribunales de Comodoro Py el líder del MTE, Juan Grabois, el ministro de Justicia Juan Martín Mena, la periodista brasileña, Manuela Davila y la decana de la Facultad de Derecho de Universidad de Avellaneda, Anabella Lucardi bridaran la clase “CFK, el poder real y la mafia judicial: un caso de estudio de lawfare”.
La clase pública tiene como objetivo repasar las distintas herramientas que se utilizan para la persecución judicial a los referentes de la política como pasó con Lula Da Silva y Dilma Rousseff en el caso Lava Jato una causa que sirvió para desprestigiar al gobierno de Dilma y encarcelar al ahora presidente de Brasil. Condena que fue anulada por defectos procesales.
El caso de CFK, según sus defensores también implica una maniobra similar y en este caso la causa vialidad puede representar una pena histórica para un político argentino ya que la fiscalía solicitó una pena de 12 años de prisión para la ex presidenta por defraudación a la administración pública. Cabe recordar que la exmandataria fue condenada a seis años de prisión e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos el 6 de diciembre de 2022, tras un juicio oral y público de casi cuatro años.
Por la misma causa Lázaro Báez fue condenado a seis años y obtuvo la prisión domiciliaria este año.
En caso de que la Cámara de Casación ordene una sentencia que declare culpable a la expresidenta, CFK puede recurrir a la Corte Suprema para insistir con su absolución total. Una segunda posibilidad es que los jueces absuelvan a Fernández de Kirchner.
¿Qué pasa si CFK es condenada a Prisión?
Teniendo en cuenta que la ex mandataria ya supera la edad de los 70 años, en caso de ser declarada culpable por la causa vialidad tendrá que cumplir con prisión domiciliaria ya que no cuenta con fueros. Por el contrario, en caso de que la condena no quede firme para el año 2025, CFK podría esquivar la condena con fueros legislativos. Las inmunidades legislativas —o fueros o privilegios parlamentarios— son “inmunidades” de los miembros del Congreso, es decir, situaciones normativas en las cuales los senadores o diputados no están “sujetos” a determinadas potestades del Poder Judicial o del Poder Ejecutivo.